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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 12581
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se aprueba y autoriza la prórroga con novación del contrato de arrendamiento del inmueble situado en la calle de San Juan de la Salle, 4B, puertas 5 y 6, de Palma (DGTPFP 174/2018 PATRIM) (PRO02 4780/2018)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. El día 1 de diciembre de 2008, se firmó el contrato de arrendamiento de los locales ubicados en la planta baja de la calle de Sant Joan de la Salle, 4B, puertas 5 y 6, de Palma, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y los Sres. Manuel García Esteban y Guillermo Pol Ferrer, en nombre y representación de la entidad JUVECA, S. A., titular de los locales mencionados, por un plazo de cuatro años. El contrato se ha prorrogado hasta el 30 de noviembre de 2016.

2. El activo fijo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es el 100000007229.

3. El 7 de agosto de 2018, tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas un oficio de la secretaria general de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación con la documentación relativa a la prórroga tácita del arrendamiento del inmueble mencionado, para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2018 y el 30 de noviembre de 2020, que es, entre otros, la siguiente:

  • La memoria justificativa sobre la necesidad, la conveniencia de prorrogar el arrendamiento y de propuesta de inicio, de 6 de agosto de 2018, de la secretaria general de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación.
  • La propuesta de resolución de la secretaria general de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación, de 11 de mayo de 2017, de autorización y disposición del gasto. El gasto total previsto es de 289.259,28 €, y tiene que ir a cargo de la partida presupuestaria G/17101 .313K01.20200.00.
  • Certificado favorable de tasación de la empresa TASALIA.
  • Informe favorable del certificado de tasación  emitido por la empresa TASALIA, para el arquitecto del Consorcio de Recursos Socio-sanitarios y Asistenciales de las Illes Balears.

4. Informe de fiscalización previa desfavorable de Intervención delegada de 26 de septiembre de 2018.

5. Informe de discrepancia de la secretaría de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación de 12 de noviembre de 2018.

6. Resolución de discrepancia de Intervención General, fiscalizando de conformidad el expediente, de 30 de noviembre de 2018.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 65 y los siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 49, de 24 de abril), el Reglamento que la despliega (BOIB nº 192, de 24 de diciembre de 2005) y el resto de disposiciones aplicables.

2. Artículos 1.566 y 1.581 del Código Civil.

3. Informe jurídico sobre varias dudas relativos a la competencia del órgano competente por elaborar el informe de adecuación de la renta al precio de mercado que se pretende contratar y de las características técnicas del inmueble que prevé el article134.1 b del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el reglamento de despliegue de la Ley 6/2001, de 11 de abril de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de 13 de septiembre de 2018.

4. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 97, de 2 de julio).

5. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB n97, de 2 de julio).

6. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).

7. El Decreto 49/2016, de 22 de julio, de cese y nombramiento de altos cargos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, en el cual se nombra el director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 93, de 23 de julio).

Por todo eso, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 88 de la Ley 6/2001, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar y autorizar la prórroga tácita con novación del contrato de arrendamiento del inmueble situado en la calle de Sant Joan de la Salle, 4B, puertas 5 y 6, de Palma, con la entidad JUVECA, S. A., desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 30 de noviembre de 2020 por un importe de 12.052,47 € mensuales, IVA incluido, siempre que haya crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma.

2. Notificar esta Resolución a la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación, sin perjuicio que se tenga que tramitar el procedimiento económico-financiero correspondiente.

3. Ordenar que se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

4. Anotar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 30 de noviembre de 2018

El director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

José Luis Gil Martín   

Conforme con la propuesta. Dicto resolución

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas

Catalina Cladera i Crespí