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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 12576
Modificación composición del tribunal calificador de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de MAYOR, por el sistema de acceso de turno libre y por el sistema de selección de concurso–oposición

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Texto

Día 30.11.2018 se ha resuelto por parte de la Regidora del Área Delegada de Seguridad Ciudadana mediante Decreto AJT 201824440 el siguiente:

Decreto 

. Nombrar  como vocal calificador para la cobertura de 2 plazas de MAYOR por el sistema de turno libre y por el sistema de selección de concurso-oposición, designada por sorteo de fecha 28/11/2018, a la señora Francisca Cirer Oliver, en sustitución del señor Miquel Antich Llompart, suplente 2, visto que ya no se encuentra en situación activa en el Ayuntamiento de Palma. Quedando finalmente la composición del tribunal del concurso oposición de la siguiente manera: 

PRESIDENTE – Designado por la Corporación: 

Titular: Juan Tomás Brull Mayol

Suplente: Justino Trenas Luque 

VOCALES – Designados por la Dirección General de Emergencias e Interior: 

Titular: Frederic Febrer Colomina

Suplente: Francisco Bosch Sastre 

VOCALES – Designados por la Escuela Balear de Administración Pública: 

Titular: Llorenç Togores Beltrán

Suplente: Marta Sureda Mora 

VOCALES – Designados por sorteo efectuado en la MGN DE FUNCIONARIOS de 26 de abril de 2018 y por sorteo efectuado el 28 de noviembre de 2018: 

Titular 1: Margalida Munar Munar

Suplente 1: Faustino García Marín

Titular 2: Cristina Muñoz Muñoz

Suplente 2: Francisca Cirer Oliver 

De conformidad con el artículo 150.4 del Reglamento Policías Locales de las Illes Balears, Decreto 28/2015, de 30 de abril, actuará como Secretario cualquiera de los miembros del Tribunal designados por el Ayuntamiento. 

2º. Publicar este Decreto en el BOIB y en la web municipal  www.palma.cat 

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de la publicación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso expedita la vía contencioso administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa , ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

    

Palma, 30 de noviembre de 2018

La regidora del Área Delegada de Seguridad Ciudadana

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 13051 de 05/07/2017

(BOIB núm. 83 de 08/07/2017). 

Angélica Pastor Montero

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 10931,de 15/06/2015

(BOIB núm. 92, de 23/06/2015)