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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 12497
Consejo Ejecutivo. Concesión de las ayudas para la realización de actividades juveniles, para la promoción del voluntariado y para el mantenimiento y el funcionamiento de las entidades juveniles de Menorca para el año 2018 (Exp.: 5211-2018-000001)

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Texto

Se hace público que el Consejo Ejecutivo de este Consell Insular de Menorca, en sesión ordinaria de día 5 de noviembre de 2018, de conformidad con las bases aprobadas en fecha 26.2.2018 y publicadas en el BOIB núm. 35 de 20.3.2018, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.- Conceder las ayudas para la realización de actividades juveniles, para la promoción del voluntariado y para el mantenimiento y el funcionamiento de las entidades juveniles de Menorca para el año 2018 que seguidamente se detallan:

Nº ordren entrada

ENTIDAD

CIF

PUNTOS

IMPORTE AYUDA

E 02/18

ASSOCIACIÓ DE FAMILIARS DE PERSONES AMB TEA DE MENORCA

G57637563

30,50

3.000,00 €

E 03/18

AGRUPAMENT ESCOLTA SANT ANTONI MARIA CLARET

R0700670C

32,74

2.535,64 €

E 04/18

AGRUPAMENT ESCOLTA SANTA EULÀLIA

R0700670C

34,00

3.000,00 €

E 05/18

AGRUPAMENT ESCOLTA TRAMUNTANA

R0700670C

35,50

3.000,00 €

E 06/18

ASSOCIACIÓ DIOCESANA D'ESCOLTISME - ESCOLTES DE MENORCA

R0700670C

51,81

3.000,00 €

E 07/18

GENT JOVE

G07780174

25,50

3.000,00 €

E 08/18

CÀRITAS DIOCESANA DE MENORCA

R0700070F

25,00

3.000,00 €

E 09/18

GOB MENORCA

G07089600

44,51

1.975,00 €

E 10/18

ASSORME

G57587321

28,00

3.000,00 €

E 11/18

ACIRKAOS

G57967846

40,83

3.000,00 €

TOTAL

348,40

28.510,64 €

En total se distribuyen 28.510,64 €.

Segundo.- Abonar el importe total de las ayudas al préstamo, una vez se haya aprobado su distribución entre los beneficiarios en atención a la convocatoria anual, según establece la base decimocuarta de la convocatoria.

Tercero.- Establecer que el importe no se abonará hasta que la entidad acepte expresamente o tácitamente la subvención concedida, de conformidad con el apartado 2 de la cláusula decimocuarta.

Cuarto.- Aplicar el importe de estas ayudas a la partida presupuestaria y con los importes máximos que a continuación se indican, según el acuerdo adoptado por el Consejo Ejecutivo en la sesión de 26 de febrero de 2018.

Partida

2018

Importe máximo

5 33450 4890054*

28.510,64 €

30.000,00 €

*El gasto se podrá aplicar a cualquier otra partida adecuada y vinculada.

Quinto.- Comunicar este acuerdo a los beneficiarios y publicar el edicto correspondiente en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra este acuerdo que no agota la via administrativa se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dia siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma

 

Maó, 23 de noviemre de 2018

El secretario del Consejo Executivo

Octavi Pons Castejón