Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 12497
Consejo Ejecutivo.
Concesión de las ayudas para la realización de actividades juveniles, para la promoción del voluntariado y para el mantenimiento y el funcionamiento de las entidades juveniles de Menorca para el año 2018 (Exp.: 5211-2018-000001)
Se hace público que el Consejo Ejecutivo de este Consell Insular de Menorca, en sesión ordinaria de día 5 de noviembre de 2018, de conformidad con las bases aprobadas en fecha 26.2.2018 y publicadas en el BOIB núm. 35 de 20.3.2018, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.- Conceder las ayudas para la realización de actividades juveniles, para la promoción del voluntariado y para el mantenimiento y el funcionamiento de las entidades juveniles de Menorca para el año 2018 que seguidamente se detallan:
Nº ordren entrada |
ENTIDAD |
CIF |
PUNTOS |
IMPORTE AYUDA |
E 02/18 |
ASSOCIACIÓ DE FAMILIARS DE PERSONES AMB TEA DE MENORCA |
G57637563 |
30,50 |
3.000,00 € |
E 03/18 |
AGRUPAMENT ESCOLTA SANT ANTONI MARIA CLARET |
R0700670C |
32,74 |
2.535,64 € |
E 04/18 |
AGRUPAMENT ESCOLTA SANTA EULÀLIA |
R0700670C |
34,00 |
3.000,00 € |
E 05/18 |
AGRUPAMENT ESCOLTA TRAMUNTANA |
R0700670C |
35,50 |
3.000,00 € |
E 06/18 |
ASSOCIACIÓ DIOCESANA D'ESCOLTISME - ESCOLTES DE MENORCA |
R0700670C |
51,81 |
3.000,00 € |
E 07/18 |
GENT JOVE |
G07780174 |
25,50 |
3.000,00 € |
E 08/18 |
CÀRITAS DIOCESANA DE MENORCA |
R0700070F |
25,00 |
3.000,00 € |
E 09/18 |
GOB MENORCA |
G07089600 |
44,51 |
1.975,00 € |
E 10/18 |
ASSORME |
G57587321 |
28,00 |
3.000,00 € |
E 11/18 |
ACIRKAOS |
G57967846 |
40,83 |
3.000,00 € |
TOTAL |
348,40 |
28.510,64 € |
En total se distribuyen 28.510,64 €.
Segundo.- Abonar el importe total de las ayudas al préstamo, una vez se haya aprobado su distribución entre los beneficiarios en atención a la convocatoria anual, según establece la base decimocuarta de la convocatoria.
Tercero.- Establecer que el importe no se abonará hasta que la entidad acepte expresamente o tácitamente la subvención concedida, de conformidad con el apartado 2 de la cláusula decimocuarta.
Cuarto.- Aplicar el importe de estas ayudas a la partida presupuestaria y con los importes máximos que a continuación se indican, según el acuerdo adoptado por el Consejo Ejecutivo en la sesión de 26 de febrero de 2018.
Partida |
2018 |
Importe máximo |
5 33450 4890054* |
28.510,64 € |
30.000,00 € |
*El gasto se podrá aplicar a cualquier otra partida adecuada y vinculada.
Quinto.- Comunicar este acuerdo a los beneficiarios y publicar el edicto correspondiente en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra este acuerdo que no agota la via administrativa se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dia siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma
Maó, 23 de noviemre de 2018
El secretario del Consejo Executivo
Octavi Pons Castejón