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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 12492
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares del 20 de noviembre de 2018 por la cual se deniegan ayudas para transporte y/o becas para personas con discapacidad y ayudas a la conciliación dirigidas prioritariamente a trabajadores desocupadas de la convocatoria de 14 de junio de 2017

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Texto

Hechos

1. Las personas que se indican en el anexo adjunto, como alumnos de una acción formativa dirigida prioritariamente a trabajadores desocupados, han presentado solicitudes de concesión de ayudas para transporte y/o de becas para personas con discapacidad y de ayudas a la conciliación, en el marco de la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio  e Industria y  presidente del SOIB de SOIB de 14 de junio   de 2017 (BOIB núm.74, de 17  de junio).

2. Una vez examinadas estas solicitudes se ha considerado que tienen que ser objeto de denegación por los motivos que se exponen en el anexo I de esta Resolución.

Fundamentos de derecho

1.El artículo 2.2 del Decreto 37/2015, de 22 de mayo, de aprobación de los Estatutos del Servicio de Empleo de las Islas Baleares ‎establece  que el SOIB, para cumplir sus fines, puede llevar a cabo, entre otras, las funciones necesarias para gestionar las políticas activas de empleo; gestionar el conjunto de programas y medidas de orientación, empleo, formación y formación con alternancia con el empleo, que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso a la colocación de las personas, desocupadas en el mercado de trabajo, por cuenta propia o de otros; la adaptación de la formación y recalificación para el empleo de los trabajadores, así como las otras acciones destinadas a fomentar el espíritu empresarial, la economía social y a mejorar las condiciones de los trabajadores.

2. De acuerdo con los apartados g e i del artículo 9.4 del Decreto 37/2015, de 22 de mayo, de aprovación de los estatutos  del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (BOIB nº. 77, de 23 de mayo),  es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18 de noviembre, y suplemento en catalán del BOE nº. 23, de 24 de noviembre), tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas.

4. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones cuya gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o a las entidades públicas que dependen.

5. La Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 7 de marzo de 2008 (Orden TAS/718/2008), por la cual se despliega el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el cual se regula el subsistema de formación profesional para la ocupación en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiarla (BOE nº. 67, de 18 de marzo de 2008).

6. El Real decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el cual se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos de la ocupación y de la formación profesional ocupacional (BOE nº. 83, de 7 de abril, y suplemento en catalán del BOE nº. 9, de 17 de abril).

7. Mediante la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio  e Industria y  presidente del SOIB de SOIB de 14 de junio   de 2017 (BOIB núm.74, de 17  de junio), se convocan subvenciones para cursos dirigidos prioritariamente a trabajadores desocupados y también se convocan los alumnos de estos cursos para que presenten solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, y/o solicitudes de becas cuando se trate de personas desocupadas con discapacidad y de ayudas a la conciliación. En el apartado 7 del anexo II se regulan los importes de las becas para personas con discapacidad desocupadas, de las ayudas para transporte y manutención y de las ayudas para manutención y alojamiento y de ayudas de conciliación. En el apartado 8 del mismo anexo se dispone que la resolución de concesión y denegación se tiene que publicar en el BOIB y en el tablero de edictos del SOIB.

8. De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requieren ninguna otra justificación que la acreditación de esta situación, previamente a la concesión, por cualquier medio admisible en derecho, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar la existencia.

9. La Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas  Baleares para el año 2015, en la disposición final séptima modifica el artículo 1 de la Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Ocupación de les Islas  Baleares, y lo  define como un organismo autónomo dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obra, adscrito a la consejería competente en materia de trabajo. De acuerdo  con  el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas  Baleares, las competencias en materia de trabajo están atribuidas  a la actual consejería deTrabajo, Comercio e Industria.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Denegar una subvención en concepto de ayuda para transporte y/o de becas para personas con discapacidad, y/o de ayudas a la conciliación para trabajadores desocupados en el marco de la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio  e Industria y  presidente del SOIB de SOIB de 14 de junio   de 2017 (BOIB núm.74, de 17  de junio), a las personas que figuran en el anexo I de esta Resolución y por los motivos que se exponen en el mismo.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del consejero  de Trabajo, Comercio e  Industria   y presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de 'haber-se publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber-se publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Conforme con  la propuesta, dicto Resolución

Palma, 20 de noviembre del 2018

El director del SOIB

Pere Torrens Martín 

Palma, 20 de noviembre  del 2018

Conforme con  la propuesta, dicto  Resolución

El consejero de Trabajo, Comerio e Industria,  presidente del SOIB

Por delegación de competencies

(Resolución de 11/08/16, BOIB núm. 105 de 18 d’agost)

El director general de Ocupación y Economía

Llorenç Pou Garcias

                    

 

ANEXO I

BECAS DE TRANSPORTE DENEGADAS

DNI/NIE

CURSO

MOTIVO

47407085Z

141/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

X7066706W

192/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

78200347W

214/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

49927268H

214/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

47256501B

321/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

09022376M

321/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

12744272H

702/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

34633683N

702/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

43193437N

1027/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

41586837P

1040/17  1041/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

41658348N

1041/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

X7052485H

1043/17  1044/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

41574950N

1051/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

43467334W

1057/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

41538326G

1058/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

44330011H

1061/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

41572402V

1062/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

41571314X

1075/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

37339238A

1080/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

75132558E

1103/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

43076178F

1103/17

TARJETA DE DEMANDA EMPLEO DE BAJA

43235276Z

1105/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

43473247G

1105/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

26251673W

1106/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

43231815A

1108/17

BAJA DEL CURSO

43202219P

1108/17

BAJA DEL CURSO

43213974X

1137/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

Y4992064C

1144/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

49481648T

1146/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

43085409S

1146/17

BAJA DEL CURSO

74678518W

1156/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

43470339V

1160/17

BAJA DEL CURSO

43191925H

1172/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

43149560N

1183/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

18236827N

1192/17 1197/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

43147555S

1198/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

7822313P

1198/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

41493923Z

1210/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

43042316R

1237/17  1238/17 1239/17 1240/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

43167685C

1238/17 1239/17 1240/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

X3629250B

1238/17 1239/17 1240/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

43229115V

1244/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

41614139D

1265/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

45694835E

1291/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

47251671B

1323/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

43049776D

1335/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

Y1765179N

1357/17 1358/17 1359/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

71649813Y

1359/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

X8850198M

1359/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

47433921D

1359/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

08893039C

1399/17

BAJA DEL CURSO

76904167X

1399/17

ESTAR OCUPADO/A AL INCIO DEL CURSO

41519875E

1399/17

BAJA DEL CURSO

37336596Y

1399/17

BAJA DEL CURSO

41585264E

1399/17

BAJA DEL CURSO

BECAS DE CONCILIACION DENEGADAS

DNI/NIE

CURSO

MOTIVO

20159270T

1024/17 1025/17 1026/17 1028/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

54873306K

166/17

NO TENER NINGUN/A HIJO/A MENOR DE SEIS AÑOS

X9477814X

1025/17 1026/17 1027/17 1028/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

41574606J

1046/17 1047/17 1048/17 1049/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

Y0105811W

1047/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43145811L

1061/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

41521860Y

1061/17

NO TENER NINGUN/A HIJO/A MENOR DE SEIS AÑOS

Y2870042R

1103/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

49412491G

1105/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43189219A

1105/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

54624998K

1107/17

NO TENER NINGUN/A HIJO/A MENOR DE SEIS AÑOS

43093346V

1121/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43154516F

1128/17

NO TENER NINGUN/A HIJO/A MENOR DE SEIS AÑOS

43108503C

1192/17 1195/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

75886128C

1192/17 1195/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43160764E

1192/17 1195/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

18236827N

1192/17 1197/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

47215299W

1199/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

36522458E

1218/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

Y0077413D

1263/17 1265/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

44367368T

1323/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43158692C

1333/17 1334/17 1335/17 1336/17 1337/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

X8850198M

1355/17 1357/17 1358/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

37339715C

1399/17

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

37342809D

1399/17

NO TENER HIJO/A MENOR DE SEIS AÑOS

BECAS DE DISCAPACIDAD DENEGADAS

DNI/NIE

CURSO

MOTIVO

41570027B

1111/17

NO TENER  LA DISCAPACIDAD RECONOCIDA EN EL SISTEMA

78210192A

1121/17

NO TENER  LA DISCAPACIDAD RECONOCIDA EN EL SISTEMA

41523537G

1121/17

NO TENER LA DISCAPACIDAD EN VIGOR