Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 12446
11/18 Departamento Tributario. Aprobación definitiva del expediente de modificación de la ordenanza reguladora del precio público por prestación de servicios, actividades deportivas y uso de la infraestructura deportiva de titularidad pública municipal. Concepto 341,03

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Habiendo aprobado inicialmente el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de día 27 de septiembre de 2018, el expediente de modificación de la ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios, actividades deportivas y el uso de la infraestructura deportiva municipal, concepto 341,03, el Exmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión de día 29 de noviembre de 2018, ha resuelto las reclamaciones y aprobado definitivamente el expediente de modificación de la mencionada ordenanza a través de acuerdo, publica el texto íntegro:

 ACUERDO

Primero.- Estimar totalmente las alegaciones formuladas por el Gerente del IME, señor José María González Navarro, contra el acuerdo del Pleno de 27 de septiembre de 2018, de modificación de la Ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios, actividades deportivas y el uso de la infraestructura deportiva municipal por los motivos que se expresan en el informe que precede a este acuerdo y parcialmente las alegaciones formuladas por la Asociación de Clubes Deportivos de Palma de Mallorca y el Club Deportivo Asociación de Vecinos de Son Rapiña, solamente respecto al apartado h) del artículo 8.2, que se le da una nueva redacción.

Tercero.- Aprobar definitivamente la modificación de la Ordenanza reguladora del precio público per la prestación de servicios, actividades deportivas y el uso de la infraestructura deportiva municipal, concepto 341,03, la última modificación de la cual fue aprobada por acuerdo plenario de 30 de noviembre de 2017; todo ello en base a la legislación vigente en la materia, constituida singularmente por los artículos 41 a 47 del Texto refundido de la Ley de bases de régimen local aprobada por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo y 49 de la Ley 7/1985, de bases de régimen local; y proceder a las siguientes correcciones y modificaciones:

Donde dice:

Capítulo II

Abonados y otras tarifas

Ha de decir:

Capítulo II

Abonados y otros servicios

Donde dice:

Artículo 8

Normas

h) Una reserva se ha de anular por escrito con una antelación mínima de 72 horas; en caso contrario se ha de abonar el importe completo de la reserva, excepto las anulaciones debidas a condiciones climatológicas adversas por causas imputables al IME. Las actividades promovidas y organizadas por el IME tienen preferencia en el uso de las instalaciones. Si estas actividades afectan a reservas confirmadas, el IME avisará a las entidades afectadas.

Ha de decir:

Artículo 8

Normas

h) Una reserva se ha de anular por escrito con una antelación mínima de 72 horas; en caso contrario se ha de abonar el importe completo de la reserva, excepto las anulaciones debidas a condiciones climatológicas adversas por causas imputables al IME. Por causas imputables a Federaciones Territoriales por variaciones no comunicadas previamente a las 72 horas preceptivas, se deberá presentar un certificado firmado por el secretario/a de la Federación con el visto bueno del presidente/a. En el caso de baja médica, se deberá entregar un certificado médico que impida el entrenamiento o la disputa del partido. Las actividades promovidas u organizadas por el IME tienen preferencia en el uso de las instalaciones. Si estas actividades afectan a reservas confirmadas, el IME avisará a las entidades afectadas.

 Donde dice:

Artículo 14

Familias monoparentales empadronadas en Palma

A partir de los ingresos del año anterior del progenitor y a partir del SMI vigente (Salario mínimo interprofesional) se aplican los intervalos siguientes:

Ha de decir:

Artículo 14

Familias monoparentales empadronadas en Palma

A partir de los ingresos del progenitor acreditados con el último ejercicio de IRPF, se aplican los intervalos siguientes:

Donde dice:

Artículo 20

Descuentos y exenciones de precio público de alquiler de espacios deportivos

Quedan excluidas de este artículo todas las actividades referidas a deportes de empresa, ligas privadas y otros casos similares.

Los descuentos no son acumulables.

En los descuentos el resultado se redondea a 50 céntimos de euro.

1. En el Polideportivo Toni Pizá, Polideportivo Toni Servera (S’Arenal), Polideportivo Son Cotoner, Polideportivo Secar de la Real, Polideportivo Francesc de Borja Moll, Polideportivo Joan Seguí, Polideportivo Son Oliva, Polideportivo Hispania-Vivero y Polideportivo Josep Amengual (Es Molinar), Pabellón Son Ferragut, y en las pistas de Establiments y Can Baró, si se utiliza dentro del horario lectivo del centro los días laborables de lunes a viernes, para dar clases de enseñanza reglada correspondiente a la materia, el área o la asignatura de educación física, el centro docente se hará cargo de la apertura y el cierre del pabellón o pista polideportiva (siempre sujeto a disponibilidad).

Se les aplicará el siguiente descuento:

- Centros educativos públicos de Palma...................... 100%

- Centros educativos concertados de Palma.................. 50%

- Centros educativos privados de Palma....................... 25%

2. Descuento del 80% a las federaciones deportivas de las Islas Baleares, los clubs federados y las asociaciones deportivas federadas de Palma, en todas las reservas puntuales no incluidas en la solicitud de la temporada, siempre que sea para realizar la actividad propia de la especialidad deportiva (entreno/competición). Quedan excluidas reservas con actividad de cursos o jornadas (stages).

3. Tendrán un descuento del 50% las AMPAS i AMIPAS, inscritas en el REMEC, en el alquiler de instalaciones deportivas en horario extraescolar de lunes a viernes.

4. Descuento del 25% a las empresas, las entidades u otras personas jurídicas que alquilen espacios deportivos para la realización de campus, siempre que incluyan en su proyecto la promoción de los valores deportivos mediante charlas, jornadas, conferencias…

5. En el alquiler de espacios deportivos, excepto los regulados por el artículo 20.6, por  temporada para los entrenamientos y los partidos oficiales de sus equipos, los clubes deportivos federados y las asociaciones deportivas federadas con domicilio en Palma pueden elegir una de las siguientes opciones:

Opción 1: descuento del 90%

Opción 2: descuento del 95% más la inclusión del logotipo o logotipos que establezca el IME en un lugar visible al equipamiento deportivo con el que juegan los partidos oficiales. El logotipo o logotipos deben estar presentes durante toda la temporada.

El diseño del logotipo lo proporciona el IME.

Se elimina el logotipo del equipamiento se pasa facturar el descuento de la opción 1) a partir del mes que se elimina.

6. Se aplica un  descuento del 95% en las reservas de espacios por temporada de los clubs deportivos federados y a las asociaciones deportivas federadas con domicilio en Palma que realicen su actividad y los partidos oficiales en las dependencias interiores de grandes instalaciones (PM Son Moix, PM Germans Escalas, PM Rudy Fernández, PM de Son Hugo, PM S’Estel). Todos los deportistas y los técnicos de estos clubs que tengan que entrenar o trabajar en uno de estos espacios han de ser titulares o beneficiarios de un abono y tener la licencia federativa en vigor, estar en posesión de un abono para deportistas y técnicos federados o estar inscritos en los Juegos Deportivos Escolares del Consell de Mallorca con la justificación de inscripción.

7. Se aplica el descuento del 25% al alquiler de pistas de tenis a todos los abonados.

Ha de decir:

Artículo 20

Descuentos y exenciones de precio público de alquiler de espacios deportivos

Quedan excluidas de este artículo todas las actividades referidas a deportes de empresa, ligas privadas y otros casos similares.

Los descuentos no son acumulables.

En los descuentos el resultado se redondea a 50 céntimos de euro.

1. En el Polideportivo Toni Pizá, Polideportivo Toni Servera (S’Arenal), Polideportivo Son Cotoner, Polideportivo Secar de la Real, Polideportivo Francesc de Borja Moll, Polideportivo Joan Seguí, Polideportivo Son Oliva, Polideportivo Hispania-Vivero y Polideportivo Josep Amengual (Es Molinar), Pabellón Son Ferragut, y en las pistas de Establiments y Can Baró, si se utiliza dentro del horario lectivo del centro los días laborables de lunes a viernes, para dar clases de enseñanza reglada correspondiente a la materia, el área o la asignatura de educación física, el centro docente se hará cargo de la apertura y el cierre del pabellón o pista polideportiva (siempre sujeto a disponibilidad).

Se les aplicará el siguiente descuento:

- Centros educativos públicos de Palma...................... 100%

- Centros educativos concertados de Palma.................. 50%

- Centros educativos privados de Palma....................... 25%

2. En el resto de polideportivos y pistas, los centros docentes de Palma que realicen la actividad en horario lectivo, se les aplica el siguiente descuento:

- Centros educativos públicos/concertados.................. 50%

- Centros educativos privados...................................... 25%

- Centros de educación especial y entidades similares con capacidad jurídica de obrar sin ánimo de lucro que realicen actividades con colectivos de personas con discapacidad..................... 95%

3. Descuento del 80% a las federaciones deportivas de las Islas Baleares, los clubs federados y las asociaciones deportivas federadas de Palma, en todas las reservas puntuales no incluidas en la solicitud de la temporada, siempre que sea para realizar la actividad propia de la especialidad deportiva (entreno/competición). Quedan excluidas reservas con actividad de cursos o jornadas (stages).

4. Tendrán un descuento del 50% las AMPAS i AMIPAS, inscritas en el REMEC, en el alquiler de instalaciones deportivas en horario extraescolar de lunes a viernes.

5. Descuento del 25% a las empresas, las entidades u otras personas jurídicas que alquilen espacios deportivos para la realización de campus, clínics, stages… Para obtener este descuento se ha de presentar previamente un proyecto que detalle las características, precios, edades, etc. y que incluya la promoción de los valores deportivos.

6. En el alquiler de espacios deportivos, excepto los regulados por el artículo 20.3, por  temporada para los entrenamientos y los partidos oficiales de sus equipos, los clubes deportivos federados y las asociaciones deportivas federadas con domicilio en Palma pueden elegir una de las siguientes opciones:

Opción 1: descuento del 90%

Opción 2: descuento del 95% más la inclusión del logotipo o logotipos que establezca el IME en un lugar visible al equipamiento deportivo con el que juegan los partidos oficiales. El logotipo o logotipos deben estar presentes durante toda la temporada.

El diseño del logotipo lo proporciona el IME.

Se elimina el logotipo del equipamiento se pasa facturar el descuento de la opción 1) a partir del mes que se elimina.

7. Se aplica un  descuento del 95% en las reservas de espacios por temporada de los clubs deportivos federados y a las asociaciones deportivas federadas con domicilio en Palma que realicen su actividad y los partidos oficiales en las dependencias interiores de grandes instalaciones (PM Son Moix, PM Germans Escalas, PM Rudy Fernández, PM de Son Hugo, PM S’Estel). Todos los deportistas y los técnicos de estos clubs que tengan que entrenar o trabajar en uno de estos espacios han de ser titulares o beneficiarios de un abono, de un acceso ATEC o un sistema PAD y tener la licencia federativa en vigor, o estar inscritos en los Juegos Deportivos Escolares del Consell de Mallorca con la justificación de inscripción.

8. Se aplica el descuento del 25% al alquiler de pistas de tenis a todos los abonados.

Donde dice:

Artículo 24

Cursos, abonos, PAD y actividades con cuotas superiores a un mes

….

Ha de decir:

Artículo 24

Cursos, abonos, sistema PAD y actividades con cuotas superiores a un mes

Donde dice:

ANEXO

A.2 SISTEMA PAD (se cambia el nombre)

 

 

 Ha de decir:

ANEXO

A.2 SISTEMA PAD

 

 

Cuarto.- La expresada modificación entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOIB.”

 ANEXO

Ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios, las actividades deportivas y uso de la infraestructura deportiva municipal de titularidad pública municipal

Concepto 341,03

Capítulo I

Ámbito de aplicación

Artículo 1

Objeto

De acuerdo con el artículo 127 y en relación con el artículo 41, ambos del texto la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Instituto Municipal del Deporte, en adelante IME, establece el precio público por la prestación de servicios, actividades deportivas y uso de la infraestructura deportiva de titularidad municipal.

 

 Artículo 2

Devengo y obligados al pago

Están obligadas a pagar el precio público las personas físicas y jurídicas que utilicen las instalaciones deportivas municipales o se beneficien de las actividades o los servicios prestados por el IME.

La obligación de pago del precio público nace en el momento de la inscripción en la actividad, la reserva de la instalación o la entrada al recinto, o en el momento en que se concede la autorización de uso.

Capítulo II

Abonados y otros servicios

Artículo 3 

Condición de abonado

Tiene la condición de abonado cualquier persona, residente o no en el municipio de Palma, que esté al corriente de pago del recibo en curso.

La tarjeta se entrega en el momento de la inscripción y es personal e intransferible, no caduca y se activa con el pago del recibo correspondiente.

La condición de abonado da derecho a utilizar los espacios de piscina y gimnasio.

Artículo 4

Tipos de abono

1. Abono familiar:

Se entiende como unidad familiar la formada por una pareja de hecho, un matrimonio o un adulto, incluidos hijos menores de 18 años en el momento de pagar el abono. Para beneficiarse del precio de empadronado, todos los miembros de la familia han de estar empadronados en Palma.

  • Documentación que se ha de presentar: libro de familia o certificado de pareja de hecho y DNI de los adultos.
  • Cualquier otra documentación que acredite la unidad familiar.

2. Abono individual:

Adulto mayor de edad (18 años o más en el momento del pago) y menores con la autorización previa del padre/madre o tutor legal.

3. Sistema PAD (programa de actividades dirigidas):

Da derecho a la utilización a determinadas actividades programadas en las instalaciones en las que esté disponible esta modalidad. También permite utilizar los espacios reservados a los abonados a todas las instalaciones. Sólo se puede optar al PAD a partir de los 15 años. Los menores de 18 años deben presentar autorización del padre/madre o el tutor/tutora y fotocopia del DNI de quien lo autoriza.

4. Acceso para técnicos y deportistas de clubs federados (ATEC)

Este acceso va vinculado a los deportistas y técnicos de los clubs que tienen reserva de espacio de temporada, de acuerdo con el artículo 20.7.

Artículo 5

Duración del abono y otros

1. Abono individual o familiar: anual, semestral (seis meses consecutivos), trimestral (tres meses consecutivos), mensual (mes natural).

2. Abono del PAD: es trimestral (tres meses consecutivos), bimestral (dos meses consecutivos) y mensual (mes natural).

3. Acceso ATEC: anual, semestral (seis meses consecutivos), trimestral (tres meses consecutivos), mensual (mes natural)

3.1 Para esta tramitación será obligatorio adjuntar una declaración responsable con un listado nominal, firmada por el presidente y por el secretario del club, confirmando que todos los deportistas cumplen los requisitos de tener licencia federativa o estar inscritos en el deporte escolar del Consell de Mallorca.

Se entiende, en todos los casos, dentro del año natural.  

Artículo 6

Bo 30, bo 10, bo 3, bo 1

Los bonos 30, 10, 3 ó 1 dan derecho a disfrutar de los mismos espacios que los abonados, durante 30, 10, 3 ó 1 día respectivamente, a elegir por el usuario dentro del año natural.

Un máximo de 2 bonos de 1 día se puede compensar con un abono cuyo periodo incluya la fecha del uso del bono.

Los centros deportivos disponibles para estos bonos son los que determina el IME.

Capítulo III

Cursillistas

Artículo 7

Tiene la condición de cursillista quien esta al corriente de pago del recibo en curso.

Junto con la primera mensualidad, si no es abonado, debe pagar la cuota de la matrícula de inscripción. Cuando se interrumpe la condición de cursillista por un periodo igual o superior a un año (12 meses) debe volver a abonar la matrícula.

Las cuotas de los cursos son mensuales. La renovación de los cursos se hace mediante el pago de la mensualidad, que se llevará a cabo hasta el 21 del mes anterior al vencimiento; sino, se pierde la plaza.

Los cursillos de verano están exentos del pago de la cuota de inscripción.

La no asistencia continuada y no justificada durante 2 meses a un curso o actividad programada es causa de baja automática si hay usuarios del cursillo en lista de espera.

Los cambios de grupos o bajas de los cursillos se han de solicitar de una de las siguientes maneras:

a. Por correo electrónico a la coordinación de la instalación.

b. Entregando el formulario de baja en las oficinas o recepción de las instalaciones (el formulario se encuentra tanto en la web del IME como en las instalaciones).

En caso de baja de cursillos domiciliados, la baja será efectiva el primer mes que no se haya pagado el recibo.

El IME se reserva el derecho de modificar el programa de actividades, el número de sesiones, su contenido y su horario.

Capítulo IV

Reservas periódicas de las instalaciones

Artículo 8

Procedimiento

La solicitud de espacios deportivos para reservas de temporada por parte de entidades y clubs deportivos se ha de hacer mediante el formulario que se encuentra en la web del IME, que se ha de presentar en el Registro del IME, en cualquier OAC del Ayuntamiento o en las dependencias a las que se refiere el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

1. Plazos

Del 10 al 30 de mayo es el plazo de presentación de la solicitud de renovación para entidades ya usuarias; si no se hace durante este plazo, el IME dispondrá libremente de la instalación y el horario de los cuales la entidad hacía uso.

En cualquier momento del año se admiten solicitudes de reservas de espacios, tanto puntuales como de carácter continuado.

2. Normas

a. Las reservas por temporada o de carácter continuado con descuento se formalizan una vez que se ha recibido el ingreso del 10% de la totalidad de la reserva, hasta un máximo de 250 €, como garantía, que se ha de abonar en un plazo no superior a 5 días a partir de la confirmación de la reserva por parte del IME. La falta de pago durante el plazo fijado puede suponer la pérdida de la reserva de espacio. Las reservas sin tarifa de descuento no han de depositar garantía.

b. Los meses de julio y agosto no se consideran temporada deportiva, exceptuando los deportes con el calendario vigente durante este período.

c. No se permite la cesión del uso a terceros ni de la subexplotación.

d. El pago del precio público da derecho al uso de la instalación del tiempo de la reserva y el IME no se responsabiliza del material depositado en las instalaciones por parte de sus usuarios.

e. El tiempo necesario para llevar a cabo los trabajos de montaje, desmontaje, o inactivo, se factura.

f. En los partidos oficiales la reserva debe hacerse 30 minutos antes de la hora de inicio del partido. Excepcionalmente se puede ampliar este tiempo, de acuerdo con la normativa oficial de juego de la federación correspondiente.

g. En los casos de grupos de centros educativos, clubs/entidades deportivas, etc., el acceso y la utilización de la instalación deportiva reservada están condicionados a la permanencia del profesor, monitor, entrenador o delegado responsable del grupo.

h. Una reserva se ha de anular por escrito con una antelación mínima de 72 horas; en caso contrario se abonará el importe completo de la reserva (100% del precio público), salvo las anulaciones debidas a condiciones climatológicas adversas o por causas imputables al IME.  Por causas imputables a Federaciones Territoriales por variaciones no comunicadas previamente  las 72 horas preceptivas, se deberá presentar un certificado firmado por el secretario/a de la Federación con el visto bueno del presidente/a. En el caso de baja médica, se deberá entregar un certificado médico que impida el entrenamiento  o la disputa del partido. Las actividades promovidas u organizadas por el IME tienen preferencia en el uso de las instalaciones. Si estas actividades afectan a reservas ya confirmadas, el IME avisará a las entidades afectadas.

i. El IME no tiene la obligación de recolocar a los clubes, los equipos, las entidades, las asociaciones, etc. en otros espacios alternativos en caso de imposibilidad de uso del espacio deportivo.

Capítulo V

Normas de pago

Artículo 9

Reservas periódicas

El IME presenta la factura del 1 al 15 del mes siguiente al uso y se abona mediante domiciliación bancaria. El impago reiterado de la factura o facturas implica la pérdida de la reserva y/o el acceso a las instalaciones.

La garantía se devuelve por transferencia bancaria una vez pagadas todas las facturas de la temporada.

El precio aplicable es en todo caso lo establecido en la Ordenanza en vigor en la fecha en que se desarrolla la actividad objeto de la reserva.

 Artículo 10

Abonados y cursillistas

Modalidades de pago:

a. Pago en línea. Bonificación:

-Importes entre 10 y 20 €, bonificación de 0,50

- Importes superiores a 20 €, bonificación de 1, 50 €

b. Domiciliación bancaria:

- Bonificación de 1,50 € a los pagos superiores a 20 €

c. En efectivo o con tarjeta bancaria en las oficinas que disponga el IME.

d. Carta de pago.

e. En efectivo en las oficinas que disponga el IME.

 

​​​​​​​Capítulo VI

Exenciones y descuentos de abonados y cursillistas

Artículo 11

Descuentos

Los descuentos aplicables no son acumulables, excepto en el caso del artículo 17.

Artículo 12

Personas de 65 años o más empadronadas en Palma

Descuento del 90% en abonos individuales.

Descuento del 90% en los cursillos en horario de 8 a 17 h, salvo los cursillos de instalaciones exteriores (conceptos B.2.2 y B.3.2). Esta tarifa sólo se aplica a un cursillo por mes.

Exención del precio público a los abonos individuales y PAD en horario de 8 a 15 h.

Exención del precio público en los cursillos de instalaciones exteriores (conceptos B.2.2). Esta tarifa sólo se aplica a un cursillo completo.

Artículo 13

Personas con diversidad funcional, pensionistas por incapacidad permanente total, permanente absoluta y gran invalidez, y pensionistas por orfandad empadronados en Palma

Descuento del 90% en los abonos individuales, en el sistema PAD o en los cursillos, excepto los cursillos de instalaciones  exteriores. Esta tarifa sólo se aplica a un cursillo por mes, después de presentar el certificado correspondiente.

Se entiende por persona con diversidad funcional la que tiene una minusvalía igual o superior al 33%.

Los pensionistas por orfandad a partir de los 21 años deben presentar cada año el certificado renovado.

Documentación que se ha de presentar: certificado o resolución emitida por un órgano competente.

Artículo 14. Familias monoparentales empadronadas en Palma

A partir de los ingresos del progenitor acreditado con el último ejercicio del IRPF, se aplican los intervalos siguientes:

- Ingresos anuales o inferiores al SMI x 1,5: se beneficiará de un descuento del 90%

- Ingresos superiores: descuento del 25%

Se tendrá en cuenta el SMI (Salarío Mínimo Interprofesional) que corresponda al ejercicio de IRPF presentado.

Se entiende por familia monoparental la constituida por un solo progenitor con el que conviven los hijos nacidos o adoptados, y de los cuales constituye el único sostén.

La documentación que se ha de presentar para acreditar que se forma parte de una familia monoparental es la siguiente:

- Libro de familia con un solo progenitor o certificado de defunción de uno de los dos progenitores.

Descuento en los abonos individuales, en el sistema PAD o en los cursillos, excepto los cursillos de instalaciones exteriores.

Para tener el descuento se han de acreditar los ingresos del progenitor con la declaración de renta. Solamente en aquellos caos en los que el progenitor no este dado de alta en la Seguridad Social se tendrá que presentar un certificado de Hacienda.

Esta tarifa sólo se aplica a un cursillo por mes y persona. Sólo se aplica la tarifa reducida al progenitor y los hijos menores de 18 años en el momento de pagar el cursillo.

 

​​​​​​​Artículo 15

Familias numerosas empadronadas en Palma

A partir de los ingresos del año anterior y del SMI vigente (salario mínimo interprofesional) se aplican los intervalos siguientes:

- Ingresos anuales o inferiores al SMI x 3: descuento del 90%

- Ingresos superiores: descuento del 25%

Descuento en el precio de los cursillos o en el sistema PAD, excepto de los de instalaciones exteriores. Esta tarifa sólo se aplicará en un curso por mes y persona.

Para obtener descuento se han de acreditar los ingresos de los dos progenitores con la declaración de la renta. Únicamente en aquellos casos que los progenitores no estén dados de alta en la Seguridad Social se tendrá que presentar un certificado de Hacienda.

Sólo se aplicará descuento a los progenitores y a los hijos menores de 18 años en el momento de pagar el cursillo.

Documentación que se ha de presentar: libro de familia numerosa.

Artículo 16

Jóvenes de hasta 25 años empadronados en Palma

Descuento del 50% en abonos individuales y sistema PAD.

Artículo 17

Abonados y sistema PAD

Tienen un descuento del 25% en cursillos.

Están exentos de la cuota de inscripción a los cursillos.

Artículo 18

Personas con graves dificultades económicas empadronadas en Palma

Se consideran personas con graves dificultades económicas las que forman parte de una unidad familiar en la que la suma de los ingresos, por cualquier concepto, de todos sus miembros es igual o inferior al salario mínimo interprofesional acreditados en el último ejercicio del IRPF.

Las personas con graves problemas económicos empadronadas en Palma pueden solicitar la exención del precio público en un abono o un curso por mes.

El impreso para solicitar la exención del precio público y la relación de la documentación acreditativa que se ha de presentar está disponible en las oficinas y en la web del IME.

El plazo de solicitud de exención del precio público será desde el 1 de diciembre al 15 de junio.

La solicitud se resolverá mediante resolución de la Gerencia del IME.

Los servicios sociales del Ayuntamiento de Palma, del Consejo de Mallorca o del Gobierno de las Illes Balears, así como entidades de Palma sin ánimo de lucro dedicadas a ayudar a personas con problemas económicos, pueden solicitar por escrito la exención del precio público para sus usuarios (para las personas empadronadas en Palma que tienen dificultades económicas o problemas de integración social). Esta exención debe ser autorizada por la Gerencia del IME.

No asistir de manera continuada y no justificada durante 1 mes al curso concedido será causa de baja automática si hay usuarios del curso en lista de espera.

En caso de no hacer uso del cursillo o el abono concedido no se podrá solicitar otra exención el año siguiente.

 

​​​​​​​Artículo 19

Promoción del deporte

Mediante resolución de la Gerencia del IME se puede aplicar la exención del precio público establecido en abonos y bonos que se ofrezcan como premios por actividades de carácter popular, benéfico, educativo, social o cultural (concursos, rifas, competiciones, etc.) de carácter promocional, popular, benéfico, deportivo, educativo, social o cultural.

El Consejo Rector del IME puede acordar un descuento de hasta el 50% en los precios de abonos, bonos y cursillos para realizar campañas de promoción de los servicios ofrecidos por el IME.​​​​​​​

Capítulo VII

Exenciones y descuentos en el alquiler de espacios deportivos

Artículo 20

Descuentos y exenciones del precio público en el alquiler de espacios deportivos

Quedan excluidas de este artículo todas las actividades referidas a deportes de empresa, ligas privadas y otros casos similares.

Los descuentos no son acumulables.

En los descuentos el resultado se redondea a 50 céntimos de euro.

1. En el Polideportivo Toni Pizá, Polideportivo Toni Servera (S’Arenal), Polideportivo Son Cotoner, Polideportivo Secar de la Real, Polideportivo Francesc de Borja Moll, Polideportivo Joan Seguí, Polideportivo Son Oliva, Polideportivo Hispania-Vivero, Polideportivo Josep Amengual (Es Molinar), Pabellón Son Ferragut, y en las pistas de Establiments y Can Baró, si se utiliza dentro del horario lectivo del centro los días laborables de lunes a viernes, para dar clases de enseñanza reglada correspondiente a la materia, el área o la asignatura de educación física, el centro docente se hará cargo de la apertura y el cierre del pabellón o pista polideportiva (siempre sujeto a disponibilidad).

Se les aplicará el siguiente descuento:

- Centros educativos públicos de Palma...................... 100%

- Centros educativos concertados de Palma.................. 50%

- Centros educativos privados de Palma....................... 25%

2. En el resto de polideportivos y pistas, los centros docentes de Palma que realicen la actividad en horario lectivo, se les aplica el siguiente descuento:

- Centros educativos públicos/concertados.................. 50%

- Centros educativos privados...................................... 25%

- Centros de educación especial y entidades similares con capacidad jurídica de obrar sin ánimo de lucro que realicen actividades con colectivos de personas con discapacidad............... 95%

3. Descuento del 80% a las federaciones deportivas de las Islas Baleares, los clubs federados y las asociaciones deportivas federadas de Palma, en todas las reservas puntuales no incluidas en la solicitud de la temporada, siempre que sea para realizar la actividad propia de la especialidad deportiva (entreno/competición). Quedan excluidas reservas con actividad de cursos o jornadas (stages).

4. Tendrán un descuento del 50% las AMPAS i AMIPAS, inscritas en el REMEC, en el alquiler de instalaciones deportivas en horario extraescolar de lunes a viernes.

5. Descuento del a las empresas, las entidades u otras personas jurídicas que alquilen espacios deportivos para la realización de campus, clínics, stages… Para obtener este descuento se ha de presentar previamente un proyecto que detalle las características, precios, edades, etc. y que incluya la promoción de los valores deportivos.

6. En el alquiler de espacios deportivos, excepto los regulados por el artículo 20.3, por  temporada para los entrenamientos y los partidos oficiales de sus equipos, los clubes deportivos federados y las asociaciones deportivas federadas con domicilio en Palma pueden elegir una de las siguientes opciones:

Opción 1: descuento del 90%

Opción 2: descuento del 95% más la inclusión del logotipo o logotipos que establezca el IME en un lugar visible al equipamiento deportivo con el que juegan los partidos oficiales. El logotipo o logotipos deben estar presentes durante toda la temporada.

El diseño del logotipo lo proporciona el IME.

Se elimina el logotipo del equipamiento se pasa facturar el descuento de la opción 1) a partir del mes que se elimina.

7. Se aplica un descuento del 95% en las reservas de espacios por temporada de los clubs deportivos federados y a las asociaciones deportivas federadas con domicilio en Palma que realicen su actividad y los partidos oficiales en las dependencias interiores de grandes instalaciones (PM Son Moix, PM Germans Escalas, PM Rudy Fernández, PM de Son Hugo, PM S’Estel). Todos los deportistas y los técnicos de estos clubs que tengan que entrenar o trabajar en uno de estos espacios han de ser titulares o beneficiarios de un abono, de un acceso ATEC o un sistema PAD y tener la licencia federativa en vigor, o estar inscritos en los Juegos Deportivos Escolares del Consell de Mallorca con la justificación de inscripción.

8. Se aplica el descuento del 25% en el alquiler de pistas de tenis a todos los abonados.

Artículo 21

Exención del precio público

1. En las actividades o competiciones deportivas organizadas por el Ayuntamiento de Palma, el Consell de Mallorca o el Gobierno de las Illes Balears.

2. A los equipos que llevan la referencia de Palma en su nombre y militan en una de las ligas nacionales siguientes:

a. Baloncesto: ACB, LEB Oro, LEB Plata, Liga Femenina y Liga Femenina 2

b. Fútbol sala: Primera y Segunda División nacionales

c. Voleibol: Primera división y superliga

Este descuento afecta única y exclusivamente al espacio deportivo y/o dependencia asignada según el documento de cesión de uso, y queda excluido cualquier otro tipo de actividad que no sea entreno  y/o partido oficial de las ligas de referencia.

3. En las competiciones deportivas oficiales insulares, autonómicas nacionales e internacionales organizadas de manera puntual por una federación deportiva. Quedan excluidos los partidos de liga y las competiciones periódicas durante la temporada, que quedan sujetas a lo que determina el artículo 20.6, 20.7 5 y 21.2.

4. Excepcionalmente, mediante resolución de la Gerencia del IME se puede aplicar una reducción del 100% del precio público establecido en las tarifas tanto del apartado C como del D y del anexo I, “Precios y tarifas”, cuando la actividad que se tenga que realizar, deportiva o no, tenga  carácter de promoción de la ciudad o del deporte, educativo, benéfico, social, cultural o sea un partido o una competición de equipos o deportistas de categoría nacional o internacional.

Capítulo VIII

Supuesto de devolución del precio público

Artículo 22

No se hacen devoluciones con carácter retroactivo, salvo en los casos de revisión de certificados de minusvalías.

Las cuotas de cursillos con tarifa de no abonado son revisables cuando se paga la cuota del abono, que incluye la mensualidad correspondiente, siempre antes del inicio del curso.

Cuando el cursillo o actividad programada no se puede llevar a cabo por causas imputables al IME se devuelven las cuotas de los meses o parte proporcional en que no se ha podido realizar el cursillo o actividad, excepto las cuotas con el 90% de descuento.

No se hacen devoluciones por los días y los horarios que el IME tiene las instalaciones cerradas según su calendario de apertura anual. Se informa de los días de cierre a través de la web del IME y de los tablones de anuncios de las instalaciones.

 

​​​​​​​Artículo 23

Cursillos y actividades con cuota mensual

En caso de baja voluntaria con cuotas mensuales pagadas con anterioridad, se devuelven si se comunica antes del inicio del mes.

La devolución del precio público implica la pérdida de la plaza en el curso o actividad si hay personas en lista de espera; si no hay lista de espera, se puede mantener la reserva de la plaza durante un mes.

Artículo 24

Cursillos, abonos, sistema PAD y actividades con cuotas superiores a un mes

Si el usuario solicita la baja se devuelve todo el precio público cobrado y se cobran las mensualidades anteriores, incluida la de la notificación de la baja.

La tarjeta ATEC no da derecho a ningún tipo de devolución.

Disposición final

La presente ordenanza, originariamente a aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión de día 29 de junio de 1989, la última modificación de la cual se aprobó provisionalmente por acuerdo plenario de XXXX, entra en vigor el día siguiente de la publicación en el BOIB.

Para todo lo que no prevé esta Ordenanza son de aplicación la Ordenanza general de gestión, recaudación e inspección; el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y demás normativa de desarrollo.

ANEXO 1

Precios y tarifas

Concepto 343.00

No empadronados €

Empadronados €

A.1 Abonados a las grandes instalaciones

 

 

Familiar anual por año natural

279,00

210,00

Familiar 6 meses consecutivos dentro del año natural

165,50

125,00

Familiar 3 meses consecutivos dentro del año natural

99,00

74,00

Familiar mensual por mes natural

43,50

32,00

Individual anual por año natural

181,50

136,00

Individual por 6 meses consecutivos dentro del año natural

106,00

80,00

Individual por 3 meses consecutivos dentro del año natural

68,00

51,00

Individual mensual por mes natural

31,00

23,00

 Concepto 343.01

 

 

A.2 SISTEMA PAD

 

 

PAD 3 meses consecutivos dentro del año natural

158,00

122,00

PAD 2 meses consecutivos dentro del año natural

112,50

88,00

PAD mensual de mes natural

61,50

48,00

 Concepto 343.02

 

 

A.3 Tarjeta de acceso a técnicos y deportistas

 

 

ATEC

 

 

ATEC anual

16,00

12,00

ATEC semestral

11,00

8,00

ATEC trimestral

8,00

6,00

ATEC mensual

4,00

3,00

 

Concepto 343.33

 

 

A.3 Otras cuotas

 

 

Bo 30

100,00

100,00

Bo 10

36,00

36,00

Bo 3

11,00

11,00

Bo 1

4,50

4,50

Cuota duplicado tarjeta

6,20

6,20

Matrícula de los cursillos

12,00

8,00

 

 Concepto 343.10

Minutos

No empadronados €

Empadronados €

B.1 Actividades acuáticas (cuotas mensuales)

 

 

 

Natación bebés 6-24 meses (con adulto en el agua)

30

46,00 

34,00 

Natación pingüinos (2-3 años)

30

28,00 

21,00 

 

60

55,00 

42,00 

Natación delfines (4-5 años)

30

25,00 

19,00 

 

60

51,00 

38,00 

Natación infantil/adultos/aquagym/

aquasalut/natación pre i postparto

 

60

 

37,00 

 

29,00 

 

90

49,00 

36,00 

 

135

54,00 

40,00 

 

300

60,50 

47,00 

Clases particulares

60

28,00 

28,00 

 

 

 

 

 

 Concepto 343.20/343.21

Minutos

No empadronados €

Empadronados €

B.2 Actividades físicas (cuotas mensuales, excepto que se indique lo contrario)

 

 

 

B.2.1. Grandes instalaciones (piscinas de Son Hugo, Germans Escalas, S’Estel, Toni Servera, Xavi  Torres, Margarita Crespí, Rudy Fernández, Son Roca i Palau Municipal d’Esports)

 

 

 

Gimnasia de mantenimiento, fines y otros adultos

60

34,00

25,00

 

120

45,00

33,00

 

180

54,00

40,00

Tenis adultos

60

38,00

29,00

 

120

54,00

41,00

Tenis infantil

60

33,00

25,00

 

120

46,00

34,00

Multideporte infantil

180

52,50

39,00

Clases particulares

60

28,00

28,00

B.2.2. Instalaciones exteriores

 

 

 

Gimnasia de mantenimiento, fitnes y otros adultos

 

 

 

Curso completo (9 meses, de octubre da junio)

120

52,50

52,50

Mensual

120

12,00

12,00

Curso completo (9 meses, de octubre a junio)

180

62,50

62,50

Mensual

180

14,00

14,00

Concepto 343.10/343.20/343.21

 

 

 

B.3. Escuelas deportivas municipales

 

 

 

 

120

41,00

31,00

 

180

48,00

35,00

 

180

48,00

35,00

B.3.2. Escuelas deportivas municipales de exteriores

 

 

 

Curso completo

120

30,00

30,00

Mensual

120

7,00

7,00

Concepto 343.20

 

 

 

B.4 Campus vacacional

 

 

 

Actividad ordinaria de 9 a 14 h

 

 

 

Vacaciones escolares junio o septiembre, por día laborable

 

10,50

10,50

Quincenal (de l’1 al 15 i del 16 al 31)

 

108,00

108,00

Mensual (de l’1 al 31)

 

206,00

206,00

Guardería (de 7.30 a 9 h)

 

 

 

Vacaciones escolares junio o septiembre, por día laborable

 

2,50

2,50

Quincenal (de l’1 al 15 i del 16 al 31)

 

25,50

25,50

Mensual (de l’1 al 31)

 

51,00

51,00

Guardería de medio día (de 14 a 15.30 h)

 

 

 

Vacaciones escolares junio o septiembre, por día laborable

 

 

2,50

 

2,50

Quincenal (de l’1 al 15 i del 16 al 31)

 

25,50

25,50

Mensual (de l’1 al 31)

 

51,00

51,00

Comedor (de 14 a 15.30 h)

 

 

 

Vacaciones escolares junio o septiembre, por día laborable

 

6,50

6,50

Quincenal (de l’1 al 15 i del 16 al 31)

 

77,50

77,50

Mensual (de l’1 al 31)

 

154,50

154,50

Guardería tarde (de 15.30 a 17 h)

 

 

 

Vacaciones escolares junio o septiembre, por día laborable

 

2,50

2,50

Quincenal (de l’1 al 15 i del 16 al 31)

 

25,50

25,50

Mensual (de l’1 al 31)

 

51,00

50,50

 

Concepto 343.30/343.32

Uso exclusivo día €

Precio/hora  €

Suplemento luz/hora €

C. Alquiler de espacios deportivos

 

 

 

C.1. Palau Municipal d’Esports Son Moix

 

 

 

Pista sin luz ni climatización

 

60,00

 

Luz del pabellón para entrenamientos

 

 

21,00

Luz del pabellón para competición

 

 

42,00

Luz del pabellón para TV

 

 

125,00

Uso de la gradería del pabellón por partido o evento

460,00

 

 

Pista con una fase de luz para entrenamiento y gradería

2.400,00

 

 

Gimnasio núm. 1 i núm. 3

 

88,00

 

Salas, resto de gimnasios y otros espacios complementarios de entreno

 

 

51,00

 

Climatización del pabellón

 

140,00

 

Montaje y desmontaje del pavimento de la pista

2.000

 

 

 

Uso exclusivo día €

Precio/hora €

 Suplemento luz/hora €

C.2. Otras dependencias

 

 

 

Germans Escalas (pabellón)

2.211,00 

49,00

21,00

Polideportivos Rudy Fernández, Toni Pizá i Toni Servera (pistas cubiertas 45 x 27 / 20 x 40 / 30 x 27)

 

1.437,50 

 

49,00

 

21,00

Polideportivos Sant Agustí, S’Estel, Toni Pizá,

Toni Servera i Germans Escalas

(pistas cubiertas transversales 15 x 27)

 

 29,00

 16,00

Polideportivos Son Cotoner, el Secar de la Real, Francesc de Borja Moll, Joan Seguí, Son Ferragut

(pistas cubiertas, pabellones 45 x 27 / 20 x 40 / 30 x 27)

  1.050,00 

  37,00

  16,00

Polideportivos Son Oliva, Hispania-el Viver,

Josep Amengual, Son Ferragut

(pistas, pabellones transversales cubiertos 15 x 27)

 

 21,00

 8,00

Can Baró, pista exterior de basket y futbol sala PM Son Moix

(pista descubierta 45 x 27 / 20 x 40 / 30 x 27)

 

 21,00

 8,00

Pista descubierta 15 x 27

 

12,00

8,00

Futbol 11

718,50

72,00

36,00

Futbol 7

442,5

45,00

21,00

Futbol 7 medio

 

24,00

11,00

Fase luz extra futbol 11 PM Son Moix

 

 

15,00

Fase luz extra futbol 7 PM Son Moix

 

 

10,00

Pista tenis

 

10,00

6,00

Velódromo

1.658,50

35,00

41,00

Sala velódromo

 

37,00

 

Calle 25 m piscina

 

28,00

 

Calle 50 m piscina

 

34,00

 

Piscina 25 x 16 m/saltos

1.192,50

158,00

 

Piscina 25 m

1.713,50

227,00

 

Piscina 50 m

3.427,00

330,00

 

Marcador de piscina

 

6,00

 

Salas

 

51,00

 

Espacios de recinto deportivo

1.105,50

110,00

 

D. Otros servicios

 

 

 

Palau Municipal d’Esports Son Moix

 

 

 

Climatización del pabellón

 

140,00

 

Montaje y desmontaje de pabellón para un acto

2.000,00

 

 

Lo que se publica para que se tenga conocimiento general y a los efectos oportunos, y se comunica que, conforme a lo que dispone el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, contra el acuerdo definitivo de modificación de la mencionada ordenanza, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOIB. No obstante, y con carácter previo y potestativo, se puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación en el BOIB.

Palma, 29 de noviembre de 2018

La jefa del departamento, por delegación

Decreto de Alcaldía núm. 3000 de 26/02/2014 (BOIB núm. 30 de 04/03/2014)

 Mª Gloria Belmonte Barcia