Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 12445
Extracto de la Resolución de la Presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de 28 de noviembre de 2018, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas económicas dirigidas a entidades que llevan a cabo actividades de apoyo a la vivienda para personas con discapacidad intelectual para el año 2018
BDNS (Identif.) 426612
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.bi 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Primero. Objeto
El objeto de esta convocatoria y bases reguladoras específicas son las ayudas económicas dirigidas a entidades que llevan a cabo actividades de apoyo a la vivienda para personas con discapacidad intelectual y / o trastorno del desarrollo de enero a diciembre de 2018.
Segundo. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro que realizan las actividades que son objeto de esta convocatoria y que cumplan los requisitos siguientes:
Estar legalmente constituidas.
También podrán ser beneficiarias las agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro, siempre y cuando las entidades que la conforman y que participen en la ejecución del proyecto cumplan los requisitos indicados anteriormente para poder ser beneficiario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.2 b) la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB núm. 21 de 18 de febrero de 2017)
Tercero. Bases reguladoras
Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017).
Cuarto. Quantía
El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de dos millones doscientos treinta y un mil seiscientos veinte y cuatro euros (2.231.624 €) del presupuesto de gastos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales ( IMAS) de la anualidad 2018 con cargo a la partida presupuestaria 40 23128 48005.
Atendiendo al objeto de la presente convocatoria y bases reguladoras específicas, medible en número de personas atendidas que tenga cada entidad, se establece que este presupuesto corresponde a los siguientes módulos económicos:
TIPOS |
Precio por día por cada persona atendida |
Alta intensidad |
61,12 |
Baja intensidad |
35,73 |
Quinto. Plazo para presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de las solicitudes es de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. De acuerdo con lo establecido en el artículo 30.2 de la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se excluyen del cómputo los sábados los domingos y los declarados festivos.
Sexto. Otros datos
Los gastos elegibles o subvencionables se refieren exclusivamente a aquellas:
a) Que se incurra para la realización de las actividades programadas de los proyectos para los que se hayan concedido las ayudas.
b) Que sean adecuadas a los objetivos y prioridades previstos en esta convocatoria y bases reguladoras específicas.
c) Para las que exista constancia documental sobre su realización, de manera que puedan ser verificables.
d) Que se realicen durante el periodo de ejecución previsto.
e) Que sean conformes con la normativa nacional, autonómica y local aplicables.
Con carácter general se considerarán gastos subvencionables los siguientes:
El modelo normalizado de solicitud y la documentación que se debe acompañar se encuentra disponible, igualmente, en la web del IMAS (www.imasmallorca.net)
Palma, 29 de noviembre de 2018
La Secretaria delegada
(BOIB núm. 109, de 5-9-2017)
Mª Ángeles Vanrell Julià