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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 12418
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Acuerdo aprobación Plan de Igualdad del personal del Ayuntamiento de Palma

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno número 20181128_01_04 de fecha 28 de noviembre de 2018 se acordó lo siguiente:

 PRIMERO.- Aprobar el Plan de Igualdad del personal del Ayuntamiento de Palma, que tiene como objeto evaluar y optimizar de forma continua la igualdad entre las trabajadoras y los trabajadores de esta corporación, de acuerdo con el Anexo que se adjunta al presente acuerdo.

 SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la intranet municipal y en la página web del Ayuntamiento de Palma.

 El Plan de Igualdad del personal del Ayuntamiento de Palma está publicado íntegramente para toda aquella persona que quiera consultarlo en la web municipal de la citada corporación. 

Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso queda expedita la vía contencioso administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa , ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

      

Palma, 29 de noviembre de 2018

El jefe de Departamento de Personal

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26.02.2014 (BOIB núm. 30, de 04.03.2014)

Antoni Pol Coll