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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA

Núm. 12158
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria, por la cual se desiste de la tramitación del procedimiento y se archiva el expediente de la convocatoria aprobada por la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 2 de agosto de 2018 por la cual se convocan subvenciones destinadas a fomentar la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos

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Texto

Hechos

1.  El día 7 de agosto de 2018 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 97 la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 2 de agosto de 2018 para la cual se convocan subvenciones destinadas a fomentar la continuidad de los establecimientos comerciales y determinados servicios considerados emblemáticos.

2.  Esta convocatoria se financia con cargo a la partida 19301 761A01 77000.00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2018, y la cantidad global máxima destinada inicialmente a esta convocatoria es de 100.000,00 euros.

3.  Las subvenciones comprendidas en esta convocatoria están incluidas dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2018, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018.

4.  De acuerdo con el objeto de la convocatoria, establecido en el apartado primero de la Resolución, el Gobierno de las Islas Baleares quiere fomentar la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos, y su adaptación a criterios de competitividad en el ámbito territorial de las Islas baleares, dado que estos establecimientos constituyen un legado patrimonial y cultural que hay que preservar, ya que son elementos esenciales en la dinamización comercial de los municipios.

5.  Fecha 9 de agosto de 2018 el consejero de Trabajo, Comercio e Industria dictó la resolución de suspensión de la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 2 de agosto de 2018 por la cual se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a fomentar la continuidad de los establecimientos comerciales y determinados servicios considerados emblemáticos, por motivos de estacionalidad estival, con el fin de poder hacer la mejor y la máxima difusión a todos los beneficiarios, para que pueda haber una mayor participación de todos ellos, y con el fin de cumplir los objetivos fichados en el Plan Estratégico del Gobierno.

6.  A día de hoy, y a causa de la proximidad temporal con el mes de diciembre, en el que se produce el cierre del ejercicio presupuestario, y dado que no sería posible tramitar esta convocatoria y hacer los pagos correspondientes antes del cierre del ejercicio presupuestario, se hace necesario desistir de la tramitación de la misma con el fin de volverla a iniciar en el ejercicio presupuestario siguiente, si se considera oportuno.

7.  Dado que hay un crédito de 100.000 € en la partida correspondiente a esta convocatoria, y que es necesario poder destinarlo a otras acciones de interés general, se hace necesario liberar este crédito.

Fundamentos de derecho

1.  El artículo 2.7 del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB nº 120, de 8 de agosto), modificado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero (BOIB nº 23, de 28 de febrero), el cual atribuye a la Dirección General de Comercio y Empresa el fomento en materia de comercio y empresa.

2.  La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 8 de abril de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio y servicios (BOIB nº 52, de 17 de abril), que fija las bases para esta convocatoria de subvenciones, todo eso de acuerdo con el Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

3.  El Texto refundido de la Ley de subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, aprobado por medio del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1.  Desistir de la tramitación del expediente de convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos, aprobada mediante la Resolución de día 2 de agosto de 2018, y publicada en fecha 7 de agosto de 2018, y declarar el archivo del expediente.

2.  Liberar el crédito de 100.000 euros que hay en la partida presupuestaria 19301 761A01 77000.00 de esta convocatoria.

3.  Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Trabajo, Comercio e Industria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con  el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

   

Palma, 2 de noviembre de 2018

El consejero de Trabajo, Comercio e Industria

Iago Negueruela Vázquez