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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 12143
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la cual se autoriza el levantamiento temporal de la cesión de uso gratuita y temporal de la obra de Joan Miró Painting, pour David Fernández Miró, para que forme parte de la exposición temporal Miró a Majorque. Un esprit libre (exp. DGTPFP 132/2018 PATRIM)

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Texto

Hechos

1. El 21 de abril de 2007, se firmó un documento de cesión temporal en que se concertó la cesión de la obra de Joan Miró Painting, pour David Fernández Miró por<A[por|para]> un plazo de diez años contadores desde el otorgamiento del documento.

2. El 28 de febrero de 2008, el consejero<A[consejero|conseller]> de Economía y Hacienda, a propuesta de la directora general de Patrimonio, dictó la Resolución por la cual se autorizó la cesión de uso gratuita y temporal a favor de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por<A[por|para]> un plazo de diez años, de conformidad con las condiciones y cláusulas derivadas del documento de cesión.

3. El 8 de junio de 2016, el señor Joan Punyet Miró propuso la renovación del contrato de cesión temporal de la obra, antes mencionada, a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears por<A[por|para]> un periodo de cinco años más, que respeta las condiciones actualmente vigentes.

4. El 29 de marzo de 2017 (BOIB nº 38, de 30 de marzo) mediante una Resolución de la consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Administraciones Públicas, se autorizó concertar un nuevo contrato de comodato sobre la obra, el cual a la cláusula 6.2 establece:

-La cedente tendrá plenas capacidades de disposición del cuadro en el caso que desee que el cuadro forme parte de alguna exposición pública o cualquier otro acontecimiento fuera del recinto establecido, ya sea a iniciativa de la cedente  o a solicitud de terceros. La cedente informará con al menos seis (6) meses de antelación al cesionario sobre su decisión, las condiciones y la duración que tendrán estas exposiciones o acontecimientos. El cesionario no tendrá ninguna facultad de oposición ni podrá reclamar a la cedente ninguna contraprestación, compensación o indemnización por los daños, perjuicios, gastos o costes que pueda causar esta circunstancia.

5. Los datos de la obra objeto de la suspensión temporal de la cesión, según lo que consta en el Inventario general de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, son:

Cuadro de Joan Miró, denominado Painting,  pour David Fernández Miró

Pintura 75X280 cm

Fecha creación: 28/11/1964

Ubicación Actual: Consulado del Mar

Nº Inventario: 100000005814

6. El 11 de octubre de 2018, la Fundación Miró Mallorca ha solicitado el préstamo de la obra para la exposición Miró a Majorque. Uno esprit libre en el Musée National de Beaux Arts du Québec, Canadá, prevista del 30 de mayo al 8 de septiembre de 2019.

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]> de derecho

1. Los artículos 3.1 y 87 g de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 49, de 24 de abril), y el resto de disposiciones aplicables concordantes.

2. El artículo 1768 del Código civil, en conexión con los artículos 1740 a 1752 y los concordantes de la misma norma.

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 44, de 3 de abril).

4. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por<A[por|para]> el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 97, de 2 de julio).

5. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por<A[por|para]> el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB nº 97, de 2 de julio).

6. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por<A[por|para]> el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías<A[consejerías|conselleries]> de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).

7. El Decreto 49/2016, de 22 de julio, de cese y nombramiento de altos cargos de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Hacienda y Administraciones Públicas (BOIB nº 93, de 23 de julio), por<A[por|para]> el cual se nombra el director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Hacienda y Administraciones Públicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Resolución

1. Autorizar el levantamiento temporal de la cesión de uso gratuita y temporal, de la obra Painting, pour David Fernàndez Miró, para ser expuesta a Miró a Majorque. Un esprit libre en el Musée National de Beaux Arts du Québec, Canadá, prevista del 30 de mayo al 8 de septiembre de 2019.

2. Establecer que el levantamiento temporal de la cesión de uso gratuita y temporal está sujeto a que la Fundación se ha comprometido a hacerse cargo de la solicitud de la licencia de exportación, el seguro a todo riesgo “clavo a clavo” a través del Government Indemnity del Govern de Canadá y toda la organización del transporte y embalaje de la obra.

3. Anotar las características de este arrendamiento en el Inventario general de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. Notificar esta Resolución en las partes interesadas.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante<A[ante|delante de]> la consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

  

Palma, 6 de noviembre de 2018

El director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio,

José Luis Gil Martín

Conforme con la propuesta. Dicto resolución.

La consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Administraciones Públicas,

Catalina Cladera i Crespí