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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 11769
Consejo Ejecutivo- Bases específicas y la convocatoria de las pruebas selectivas de provisión de plazas de la plantilla del Consell Insular de Menorca (TAE asesor jurídico, técnico de medio ambiente, trabajador social, técnico de turismo, patrón / guarda pesca, auxiliar administrativo, auxiliar cuidador) de la oferta pública de empleo 2016-2017

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Texto

Se hace público que el Consejo Ejecutivo, en sesión ordinaria de 12 de noviembre de 2018, aprueba las bases específicas, las cuales se transcriben en anexo, y se convocan los procesos de selección de provisión de plazas de la plantilla del Consell Insular de Menorca (TAE asesor jurídico, técnico de medio ambiente, trabajador social, técnico de turismo, patrón / guarda pesca, auxiliar administrativo, auxiliar cuidador) de conformidad con el contenido de las bases generales de la Oferta Pública de Empleo del Consell Insular de Menorca 2016 -2017 (BOIB núm. 134 de 27/10/2018).

ANEXO BASES ESPECÍFICAS QUE RIGEN LAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA EL INGRESO POR EL TURNO LIBRE Y PROMOCIÓN INTERNA, PARA PROVEER DOS PLAZAS DE TAE ASESOR JURÍDICO DE LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2017

 1. Objeto de las bases específicas

El objeto de esta convocatoria es cubrir dos plazas vacantes de TAE asesor jurídico del Consell Insular de Menorca, correspondientes a la Oferta pública de 2017.

Se entiende por plazas vacantes, tanto las no cubiertas temporalmente como las plazas cubiertas temporalmente por funcionarios interinos, las laborales temporales o las laborales indefinidas no fijas.

La dos plazas que ahora se convocan, una lo es por turno libre y la otra por promoción interna.

El temario específico que rige la convocatoria es lo establecido en el anexo I de este documento.

2. Normativa de aplicación

Esta convocatoria se rige por las Bases generales que regulan los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario previstas en las ofertas públicas de empleo del Consell Insular de Menorca (BOIB núm. 95, de 2 de agosto de 2018, modificadas por Decreto de Presidencia 2018/819 de 24 de octubre de 2018).

3. Transparencia y protección de datos personales

A lo largo del proceso selectivo, se publicará en la página web de las oposiciones del Consell Insular de Menorca oposicions.cime.es toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso. El aspirante también puede acceder desde la web corporativa del Consell Insular de Menorca: www.cime.es/portal.aspx. A través de este portal, se puede acceder al formulario de inscripción y a las instrucciones correspondientes, así como descargar la solicitud para poder presentarla en papel.

Las personas que, por motivo de violencia de género, necesiten proteger su identidad pública, han de indicar en la solicitud que desean anonimizar sus datos, para lo cual han de presentar, en el momento de hacer la inscripción, la documentación que se establece en el articulo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, modificada por el Real decreto Ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de genero. 

4. Derechos de examen

El aspirante puede abonar los derechos de examen físicamente en cualquier entidad bancaria haciéndolos efectivos en la siguiente cuenta: ES7420383498916400000712 (Bankia) o bien en el Servicio de Atención al Ciudadano de Maó o Ciutadella.

En el primero de los casos, el aspirante ha de adjuntar el resguardo del pago a la solicitud de inscripción al proceso selectivo, para lo que tendrá que escanearla y adjuntarla en el campo específicamente destinado a esta finalidad (apartado 5. Documentación).

5. Otros méritos alegados

En relación con el apartado quinto del anexo I de las Bases generales, en el que se deja abierta la valoración de otros méritos alegados con un total de hasta 1 punto como máximo, no se valora ningún mérito específico por lo que este punto se acumula en la formación que se valorará con un máximo de 8 puntos.

6. Calendario previsto

La primera prueba de oposición está prevista para el mes de junio de 2019.

7. Nombramiento del personal de nuevo ingreso

El nombramiento del personal seleccionado en estas ofertas públicas se hará en régimen funcionarial, independientemente de que el personal que las pueda ocupar temporalmente esté en este momento contratado en régimen laboral. Esta funcionarización de plazas tiene su fundamento en la potestad de autoorganización de las administraciones y en el artículo 70.3 del TREBEP, el cual establece que las ofertas públicas pueden contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.

El cese del personal que ocupa las plazas de forma interina, temporalmente  o como personal indefinido no fijo, en aplicación del artículo 18 del Acuerdo marco que rige las relaciones entre el Consell Insular de Menorca y su personal funcionario, se producirá por orden inverso al de la antigüedad en el puesto objeto de la OPO. Se exceptúan de este orden las plazas que estén cubiertas interinamente o temporalmente para cubrir situaciones especiales de sus titulares (comisión de servicios, servicios especiales, etc.).

Las plazas vacantes de TAE asesor jurídico, objeto de este concurso oposición son de tipo funcionario, del grupo A, subgrupo A1, de acuerdo con al artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, independientemente de la tipología originaria de la plaza.

8. Orden de prelación y adjudicación de plazas de las personas aspirantes

La relación de aspirantes que hayan superado la oposición quedará determinada por la puntuación obtenida en el conjunto de los ejercicios obligatorios y eliminatorios de la oposición.

El orden de prelación final de las personas aspirantes que hayan superado la oposición vendrá determinado por la suma de todos los baremos incluidos en las Bases generales.

La adjudicación de los puestos de trabajo se hará por orden de prelación, atendiendo las preferencias de las personas seleccionadas.

ANEXO 1. Convocatoria y temario específico.

CONVOCATORIA. TAE ASESOR JURÍDICO

- Denominación: TAE Asesor jurídico

- Número de plazas que se convocan: 2

- Turno libre: 1

- Turno de promoción interna: 1

- Tipo: Funcionario

- Escala: Administración Especial

- Subescala: Técnica

- Grupo: A, subgrupo A1

- Nivel: 22

- Oferta Pública: 2017

- Titulación: Grado en Derecho o titulación equiparable

- Nivel de catalán: B2

TEMARIO ESPECÍFICO

I. Los Consells Insulars y sus competencias

Tema 1. Los Consells Insulars. Naturaleza jurídica. La composición de los Consells Insulars. La organización. Las competencias de los Consells Insulars: clases y régimen jurídico. La potestad reglamentaria de los Consells Insulars. El funcionamiento de los Consells Insulars.

Tema 2. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de régimen local. Legislación sectorial estatal y autonómica (Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, mediante el cual se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares). La Ley 8/1993, de 1 de diciembre, de atribución de competencias a los Consells Insulars en materia de régimen local.

Tema 3. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de urbanismo y habitabilidad. La Ley 9/1990, de 27 de junio, de atribución de competencias a los Consells Insulars en materia de urbanismo y habitabilidad. Las competencias de los Consells Insulars según la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares.

Tema 4. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de información, ordenación y promoción turística. Las competencias de los Consells Insulars según la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares. La Ley 9/1993, de 1 de diciembre, de atribución de competencias a los Consells Insulars en materia de información turística. La Ley 3/1996, de 29 de noviembre, de atribución de competencias a los Consells Insulars de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de ordenación turística. El Decreto 7/2018, de 23 de marzo, de traspaso a los Consells Insulars de Mallorca, Menorca y Formentera de las funciones y los servicios inherentes a las competencias propias de estos Consells Insulars que actualmente ejerce la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de promoción turística. El Decreto 12/2015, de 20 de marzo, sobre el traspaso al Consell Insular de Menorca de las funciones y los servicios inherentes a las competencias propias de esta institución insular que actualmente ejerce la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de promoción turística correspondientes al Centro de Formación del Lazareto de Maó.

Tema 5. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de servicios sociales y asistencia social. Las competencias de los Consells Insulars según la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares, la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias, y la Ley 4/2005 de 29 de abril, sobre drogodependencias y otras adicciones en las Islas Baleares. La Ley 12/1993, de 20 de diciembre, de atribución de competencias a los Consells Insulars en materia de servicios sociales y asistencia social. La Ley 14/2001, de 29 de octubre, de atribución de competencias a los Consells Insulars en materia de servicios sociales y seguridad social.

Tema 6. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de inspección técnica de vehículos. Legislación sectorial estatal y autonómica. La Ley 13/1993, de 20 de diciembre, de atribución de competencias a los Consells Insulars en materia de inspección técnica de vehículos.

Tema 7. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de patrimonio monumental, cultural, histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico y paisajístico en su ámbito territorial, y depósito legal de libros. Las competencias de los Consells Insulars según la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares, la Ley 15/2006, de archivos y patrimonio documental de las Islas Baleares, y la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de museos de las Islas Baleares. La Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los Consells Insulars en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes.

Tema 8. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de actividades clasificadas y parques acuáticos. Las competencias de los Consells insulares según la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares. La Ley 8/1995, de 30 de marzo, de atribución de competencias a los Consells insulares en materia de actividades clasificadas y parques acuáticos, reguladora del procedimiento y de las infracciones y sanciones.

Tema 9. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de tutela, acogimiento y adopción de menores. Las competencias de los Consells Insulars según la Ley 17/2006, de 13 de noviembre, integral de la atención y de los derechos de la infancia y la adolescencia de las Islas Baleares. La Ley 8/1997, de 18 de diciembre, de atribución de competencias a los Consells Insulars en materia de tutela, acogimiento y adopción de menores.

Tema 10. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de deporte y ocio. Las competencias de los Consells Insulars según la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares, y la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud. La Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los Consells Insulars en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes. La Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consells de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio.

Tema 11. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de transportes terrestres. Las competencias de los Consells insulares según la Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Islas Baleares. La Ley 13/1998, de 23 de diciembre, de atribución de competencias a los Consells insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de transporte por carretera.

Tema 12. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas. Las competencias de los consells insulares según la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares. La Ley 7/1999, de 8 de abril, de atribución de competencias a los Consells insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Tema 13. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de agricultura, ganadería y pesca. Las competencias de los consells insulares según la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares, y la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Islas Baleares. La Ley 8/1999, de 12 de abril, de atribución de competencias a los Consells insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de agricultura, ganadería, pesca y artesanía. El Decreto 2/2011, de 14 de enero, de ampliación de los medios económicos y patrimoniales adscritos a las funciones ya traspasadas al Consell Insular de Menorca mediante la Ley 8/1999, de 12 de abril, de atribución de competencias a los Consells insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de agricultura, ganadería, pesca y artesanía (financiación de los costes vinculados al traspaso al Consell Insular de Menorca de determinados medios personales y materiales de Servicios de Mejora Agraria, SA, ubicados en la isla de Menorca, para la realización de tareas de vigilancia pesquera, de promoción de la calidad de los productos agroalimentarios, así como también de seguimiento de las producciones agrarias y pesqueras).

Tema 14. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de ordenación del territorio, incluyendo el litoral. Las competencias de los consells insulares según la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial. La Ley 2/2001, de 7 de marzo, de atribución de competencias a los consells insulares en materia de ordenación del territorio.

Tema 15. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de artesanía. Las competencias de los consells insulares según el Decreto 41/2014, de 5 de septiembre, por el que se establecen los principios generales del procedimiento para obtener la carta de artesano, la carta de maestro artesano, el documento de calificación artesanal y la carta de maestro artesano honorífico. La Ley 8/1999, de 12 de abril, de atribución de competencias a los consells insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de agricultura, ganadería, pesca y artesanía.

Tema 16. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de carreteras y caminos. Las competencias de los Consells insulares según la Ley 5/1990, de 24 de mayo, de carreteras de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La Ley 16/2001, de 14 de diciembre, de atribución de competencias a los Consells insulares en materia de carreteras y caminos.

Tema 17. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de juventud. Las competencias de los Consells insulares según la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud. La Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los Consells de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio.

Tema 18. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de caza. Las competencias de los Consells insulares según la Ley 6/2006, de 12 de abril, balear de caza y pesca fluvial. El Decreto 106/2010, de 24 de septiembre, sobre el traspaso a los consells insulares de las funciones y los servicios inherentes a las competencias propias de estas instituciones insulares que actualmente ejerce la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de caza y de regulación, vigilancia y aprovechamiento de los recursos cinegéticos, así como de pesca fluvial.

Tema 19. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de cultura; actividades artísticas y culturales; fomento y difusión de la creación y la producción teatral, musical, cinematográfica y audiovisual, literaria, de danza y de artes combinadas y promoción y animación sociocultural. La Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consells insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes.

Tema 20. Las competencias del Consell Insular de Menorca en materia de políticas de género y mujer. Las competencias de los consells insulares según la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

Tema 21. La Ley 3/2011, de 25 de marzo, de delegación de competencias al Consell Insular de Menorca de las facultades que, como administración gestora, ejerce ahora la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en relación con el Museo de Menorca y la Biblioteca Pública y el Archivo Histórico de Maó, instituciones culturales de titularidad estatal.

II. Derecho administrativo.

Tema 22. Administración pública y actividad administrativa. El derecho administrativo: concepto, características y límites de aplicación. El régimen administrativo: sistema español.

Tema 23. Fuentes del derecho administrativo. La Constitución. Los estatutos de autonomía. La ley: clases. Leyes orgánicas y ordinarias. Leyes de las comunidades autónomas. Decretos legislativos. Decretos ley. Leyes básicas. Leyes marco. Leyes de transferencia y delegación. Leyes de armonización.

Tema 24. El reglamento. Concepto. Fundamento de la potestad reglamentaria. Órganos con potestad reglamentaria. Requisitos de validez de los reglamentos: aspectos formales y sustantivos. La impugnación de los reglamentos en la doctrina y en el derecho positivo.

Tema 25. Los principios de reserva de ley, de jerarquía normativa y de competencia. Nulidad de pleno derecho de las disposiciones administrativas por infracción de estos principios. La inderogabilidad singular de las disposiciones generales. Los actos administrativos generales y las circulares e instrucciones. Otras fuentes del derecho administrativo.

Tema 26. Los sujetos en el derecho administrativo. El Estado y la Administración. La personalidad jurídica de las administraciones públicas. La capacidad de obrar de las administraciones públicas y de los organismos públicos dependientes. Otras personas jurídicas públicas: sus relaciones con el Estado. La articulación del principio de colaboración entre las diferentes administraciones públicas: las conferencias sectoriales, los convenios interadministrativos y los consorcios.

Tema 27. Las potestades administrativas. El principio de legalidad y sus manifestaciones. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Control de la discrecionalidad; en especial, la desviación de poder. Los conceptos jurídicos indeterminados.

Tema 28. La organización administrativa. Concepto, principios y sistemas de organización. La organización administrativa y el derecho. La potestad organizadora. Los órganos administrativos. Concepto y elementos. Naturaleza jurídica de la relación entre el titular del órgano y la Administración. Clases de órganos administrativos. Régimen jurídico. La creación de órganos administrativos y los órganos colegiados.

Tema 29. La competencia administrativa. Concepto y naturaleza jurídica. Clases de competencia. Las técnicas de alteración del ejercicio de la competencia. Delegación, avocación, encargo de gestión, delegación de firma y suplencia. La desconcentración. Las relaciones interorgánicas. Clases. La jerarquía administrativa. La coordinación administrativa. Los conflictos de atribuciones. Las relaciones entre administraciones públicas. La descentralización administrativa. La autonomía. La coordinación y la tutela.

Tema 30. La Administración y los tribunales de justicia. El principio de autotutela. La autotutela declarativa y la autotutela ejecutiva. Los interdictos y la Administración. Concurrencia de embargos administrativos y judiciales. Los privilegios procesales de las administraciones públicas.

Tema 31. El administrado: capacidad jurídica y de obrar. Derechos públicos subjetivos e intereses legítimos: concepto y diferencias. Situaciones jurídicas pasivas. Las prestaciones del administrado. La colaboración del administrado con las administraciones públicas.

Tema 32. La Ley de procedimiento administrativo común. Concepto, ámbito de aplicación y principios generales. La Ley de régimen jurídico del sector público. Concepto, ámbito de aplicación y principios generales.

Tema 33. El régimen de cooficialidad de las lenguas. Referencia a la Ley de normalización lingüística. El uso de las lenguas oficiales en la Administración. Reglamento de usos lingüísticos del Consell Insular de Menorca.

Tema 34. El procedimiento administrativo (I). Regulación legal y ámbito de aplicación. Principios generales en materia de procedimiento. Abstención y recusación. Los interesados ​​en el procedimiento administrativo común. Derechos de los ciudadanos: en particular, el uso de medios electrónicos y el acceso a los registros y archivos.

Tema 35. El procedimiento administrativo (II). Medios de prueba. Los informes en el procedimiento administrativo. Términos y plazos. Terminación: la resolución. Terminación convencional. Otras formas de finalización: renuncia, desistimiento y caducidad. Procedimientos especiales.

Tema 36. El recurso de alzada. El recurso potestativo de reposición. El recurso extraordinario de revisión. La reformatio in peius.

Tema 37. Las administraciones públicas y la sociedad de la información. La gestión del conocimiento en las organizaciones. La Administración electrónica: pilares y principios. Los servicios públicos electrónicos y el derecho de la ciudadanía a acceder. Los servicios de colaboración interadministrativa. La interoperabilidad.

Tema 38. Los actos administrativos en particular. La licencia, la autorización o el permiso. Denegación, caducidad y revocación de estos actos. El régimen de autorizaciones para el acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. La declaración responsable y la comunicación previa.

Tema 39. Las formas de la acción administrativa. El fomento. Concepto y evolución histórica. Manifestaciones de la actividad administrativa de fomento. La subvención. La policía. Concepto y evolución histórica. Principios de la actividad administrativa de limitación. Manifestaciones. La actividad administrativa de servicio público. Evolución histórica. Concepto y clases de servicios públicos.

Tema 40. Los convenios. Concepto y clasificación. Requisitos de validez y eficacia. Contenido. Trámites. Extinción. Efectos. Remisión de los convenios al Tribunal de Cuentas. Su exclusión del marco de la Ley de contratos del sector público.

Tema 41. Las sanciones administrativas: concepto y clases. Los principios de la potestad sancionadora y del procedimiento administrativo sancionador. Los procedimientos en materia sancionadora. Las medidas sancionadoras administrativas.

Tema 42. Contratación administrativa (I). Legislación de contratos de las administraciones públicas: el ámbito de aplicación. Ámbito subjetivo de aplicación: administración pública, poderes adjudicadores y sector público.

Tema 43. Contratación administrativa (II). Tipos de contratos, con referencia a los contratos y negocios excluidos. Contratos sujetos y no sujetos a regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Régimen jurídico y jurisdicción competente. Órganos competentes para suscribir, con referencia especial a los órganos de la Administración insular. Juntas Consultivas de Contratación.

Tema 44. Contratación administrativa (III). Capacidad y solvencia de los contratistas, con referencia especial a la clasificación. Prohibiciones de contratar. Registro de los empresarios y de los contratos. Garantías exigibles en los contratos administrativos. Actuaciones preparatorias. Procedimiento y formas de adjudicación. Recurso especial en materia de contratación y cuestión de nulidad.

Tema 45. Contratación administrativa (IV). Efectos de los contratos administrativos. Prerrogativas de derecho público en la contratación administrativa. Ejecución y modificación de los contratos. Extinción. La cesión de los contratos y la subcontratación. Régimen jurídico del contrato de obras.

Tema 46. Contratación administrativa (V). Régimen de los contratos de concesión de servicios públicos. Contratos de concesión de obra pública. El contrato de suministro. Los contratos de servicios. La contratación en los denominados sectores excluidos.

Tema 47. Contratación administrativa (VI). La contratación social y medioambientalmente responsable. Las instrucciones para la contratación socialmente responsable y sostenible del Consell Insular de Menorca.

Tema 48. La responsabilidad de las administraciones públicas: antecedentes y régimen vigente. Procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial. La responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de la Administración pública. Responsabilidad de la Administración por actos de los concesionarios y de los contratistas. La responsabilidad del Estado legislador.

Tema 49. La expropiación forzosa: justificación y naturaleza. Sujetos y objeto de la expropiación. Procedimiento general. El precio justo. La reversión de bienes expropiados. Referencia a los procedimientos especiales: en particular, el procedimiento de expropiación por razones de urgencia. Garantías jurisdiccionales.

Tema 50. Patrimonio de las administraciones públicas: concepto y clasificación. El dominio público: concepto, naturaleza y clases. Elementos: sujetos, objeto y destino. Afectación y desafectación. Régimen jurídico del dominio público: la inalienabilidad, la inembargabilidad, la imprescriptibilidad, la delimitación administrativa y la recuperación de oficio de los bienes. La utilización del dominio público: usos comunes y privativos; autorizaciones y concesiones; reservas demaniales.

III. La jurisdicción contencioso administrativa.

Tema 51. La jurisdicción contencioso administrativa. El orden jurisdiccional contencioso administrativo en España. La Ley reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa: principios que la informan, estructura y contenido. Naturaleza, extensión y límites del orden jurisdiccional contencioso administrativo.

Tema 52. Concepto de Administración pública a efectos del recurso contencioso administrativo. Cuestiones a las que se extiende el conocimiento de este orden jurisdiccional y cuestiones que quedan excluidas. Los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa. Reglas determinantes de la competencia que les corresponde; en particular, la competencia territorial.

Tema 53. Las partes: capacidad y legitimación. La representación y defensa. Objeto del recurso contencioso administrativo. Actividad administrativa impugnable. Pretensiones de las partes. Acumulación. Cuantía del recurso.

Tema 54. Procedimiento contencioso administrativo (I). Términos. Procedimiento en primera o única instancia. Diligencias preliminares. Interposición del recurso contencioso administrativo. Referencia al recurso de lesividad. El anuncio del recurso y reclamación del expediente. Citación y comparecencia de los demandados y de la Administración. La admisión del recurso. Trámite para completar el expediente administrativo. Demanda y contestación: requisitos, contenido y efectos. Aportación de documentos. Alegaciones previas.

Tema 55. Procedimiento contencioso adminsitrativo (II). Prueba. Vista y conclusiones. El planteamiento de cuestiones nuevas. La sentencia: contenido. Otras formas de terminación del procedimiento. La cuestión de ilegalidad. Costas procesales. Recursos contra providencias y autos. Recurso de apelación: resoluciones contra las que procede y motivos del recurso. Procedimiento. Contenido y efectos de la sentencia.

Tema 56. Procedimiento ordinario (III). Las medidas cautelares. Ejecución de sentencias: disposiciones generales. Modalidades específicas de ejecución. Extensión de los efectos. Incidentes e invalidez de los actos procesales. Procediment abreviado. Procedimiento para la protección de los derechos y las libertades fundamentales de la persona.

 

IV. Función pública.

Tema 57. La regulación constitucional de la función pública. Principios. El Estatuto básico del empleado público. La función pública del Estado, de las comunidades autónomas y de la Administración local. La Ley de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Prelación normativa de función pública en el Consell Insular de Menorca (Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares).

Tema 58. La función pública en el Consell Insular de Menorca (I). Estructura y organización actual de la función pública. Elementos. La relación de puestos de trabajo. Los planes de ordenación de los recursos humanos. La oferta pública de empleo. Escalas y especialidades y grupos de clasificación de los funcionarios. El grado personal. El Registro General de Personal.

Tema 59. La función pública en el Consell Insular de Menorca (II). Las situaciones administrativas de los funcionarios de carrera. Servicio activo, servicios especiales, servicio a otras administraciones públicas, excedencia y sus clases, suspensión de funciones, expectativa de destino y jubilación parcial.

Tema 60. La función pública en el Consell Insular de Menorca (III). La responsabilidad de los funcionarios. Clases. La responsabilidad disciplinaria. Concepto, infracciones y sanciones disciplinarias. El procedimiento disciplinario. La extinción de la responsabilidad disciplinaria. La extinción de la relación funcionarial.

Tema 61. La prevención de riesgos laborales. Concepto, justificación y características. La Ley de Prevención de riesgos laborales. Objeto y ámbito de aplicación. Órganos competentes. Derechos y obligaciones. Responsabilidades y sanciones. La prevención de riesgos laborales en la Administración.

V. Urbanismo y ordenación del territorio.

Tema 62. Ordenación del territorio y urbanismo (I). La organización administrativa del urbanismo. Competencias estatales. El Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del suelo y rehabilitación urbana.

Tema 63. Ordenación del territorio y urbanismo (II). Competencias de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, de los Consells insulares y de los municipios. Legislación balear en materia de ordenación del territorio y urbanismo. Principios generales. La Ley de ordenación territorial (Ley 14/2000). Los instrumentos de ordenación territorial: las directrices de ordenación territorial, los planes territoriales insulares y los planes directores sectoriales. Referencia a las Directrices de ordenación territorial de las Islas Baleares y en la estructura del Plan Territorial Insular de la isla de Menorca.

Tema 64. Ordenación del territorio y urbanismo (III). Clasificación y régimen del suelo. Planeamiento urbanístico: el plan general y los planes de ordenación detallada, planes parciales, planes especiales, estudios de detalle, catálogos de elementos y espacios protegidos y ordenanzas municipales de edificación, urbanización y publicidad. Otros instrumentos de planeamiento.

Tema 65. Ordenación del territorio y urbanismo (IV). La ejecución del planeamiento. Sistemas de actuación y sus modalidades.

Tema 66. Ordenación del territorio y urbanismo (V). Edificación y uso del suelo: normas de aplicación directa, la obligación de edificar, la licencia, las parcelaciones y el deber de conservación. Disciplina urbanística: protección de la legalidad y régimen sancionador.

V. La hacienda pública.

Tema 67. El derecho tributario. Los principios constitucionales del tributo. La Ley General Tributaria. Principios generales. El tributo. Concepto y clases. Las tasas. Concepto, elementos y clases. Las contribuciones especiales. Concepto, elementos y clases. Los impuestos. Concepto, elementos y clases. Los precios públicos.

Tema 68. Las haciendas públicas locales. Ingresos públicos y privados. Los tributos locales. La potestad reglamentaria de las entidades locales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos. El establecimiento de recursos no tributarios.

Tema 69. El presupuesto general de las entidades locales. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación: especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La prórroga del presupuesto. La ejecución y liquidación del presupuesto.

VI. La Unión Europea.

Tema 70. La Unión Europea. Concepto. Antecedentes históricos. Objetivos y naturaleza jurídica. Tratados originarios y de modificación. Los miembros de la Unión Europea. La adhesión de España. El Tratado de la Unión Europea o de Maastricht.

Tema 71. La estructura orgánica de la Unión Europea. El sistema institucional de las comunidades europeas. El Consell. La Comisión. El Parlamento Europeo. Concepto. Naturaleza, composición, funcionamiento y competencias. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Concepto. Naturaleza, composición, funcionamiento, organización y competencias.

Tema 72. El ordenamiento jurídico comunitario: derecho originario y derecho derivado. Sus relaciones con los ordenamientos jurídicos internos: el efecto directo y la primacía del derecho comunitario. La aplicación del derecho comunitario en España. Idea general sobre las políticas comunitarias. Las subvenciones en el marco de la normativa comunitaria.

 

BASES ESPECÍFICAS QUE RIGEN LAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA EL INGRESO POR TURNO LIBRE, PARA PROVEER UNA PLAZA DE TÉCNICO DE MEDIOAMBIENTE DE LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2016

1. Objeto de las bases específicas

El objeto de esta convocatoria es cubrir una plaza vacante de técnico de medioambiente del Consell Insular de Menorca, correspondientes a la Oferta pública de 2016.

Se entiende por plazas vacantes, tanto las no cubiertas temporalmente como las plazas cubiertas temporalmente por funcionarios interinos, las laborales temporales o las laborales indefinidas no fijas.

La plaza que ahora se convoca, lo es por turno libre.

El temario específico que rige la convocatoria es el establecido en el anexo I de este documento.

2. Normativa de aplicación

Esta convocatoria se rige por las Bases generales que regulan los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario previstas en las ofertas públicas de empleo del Consell Insular de Menorca (BOIB núm. 95, de 2 de agosto de 2018, modificadas por Decreto de Presidencia 2018/819 de 24 de octubre de 2018).

3. Transparencia y protección de datos personales

A lo largo del proceso selectivo, se publicará en la página web de las oposiciones del Consell Insular de Menorca oposicions.cime.es toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso. El aspirante también puede acceder desde la web corporativa del Consell Insular de Menorca: www.cime.es/portal.aspx. A través de este portal, se puede acceder al formulario de inscripción y a las instrucciones correspondientes, así como descargar la solicitud para poderla presentar en papel.

Las personas que, por motivo de violencia de género, necesiten proteger su identidad pública, deben indicar en la solicitud que desean anonimizar sus datos, para lo cual deben presentar, en el momento de hacer la inscripción , la documentación que establece el artículo 23 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, modificada por el Real decreto Ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género.

4. Derechos de examen

El aspirante puede abonar los derechos de examen físicamente en cualquier entidad bancaria haciéndolos efectivos en la cuenta siguiente: ES7420383498916400000712 (Bankia), o bien en elServicio de Atención al Ciudadano de Maó o de Ciutadella.

En el primero de los casos, el aspirante debe adjuntar el resguardo del pago a la solicitud de inscripción en el proceso selectivo, para lo cual lo debe escanear y adjuntarlo en el campo específicamente destinado a tal fin (apartado 5. Documentación).

5. Otros méritos alegados

En relación con el apartado quinto del anexo I de las Bases generales, en el que se deja abierta la valoración de otros méritos alegados con un total de hasta 1 punto como máximo, no se valora ningún mérito específico por lo que este punto se acumula en la formación que se valorará con un máximo de 8 puntos.

6. Calendario previsto

La primera prueba de oposición está prevista para el mes de junio de 2019.

 

7. Nombramiento del personal de nuevo ingreso

El nombramiento del personal seleccionado en estas ofertas públicas se hará en régimen funcionarial, independientemente de que el personal que las pueda ocupar temporalmente esté en este momento contratado en régimen laboral. Esta funcionarización de plazas tiene su fundamento en la potestad de autoorganización de las administraciones y en el artículo 70.3 del TREBEP, que establece que las ofertas públicas pueden contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.

El cese del personal que ocupa las plazas de forma interina, temporalmente o como personal indefinido no fijo, en aplicación del artículo 18 del Acuerdo marco que rige las relaciones entre el Consell Insular de Menorca y su personal funcionario, se producirá por orden inverso al de la antigüedad en el puesto objeto de la OPO. Se exceptúan de este orden las plazas que estén cubiertas interinamente o temporalmente para cubrir situaciones especiales de sus titulares (comisión de servicios, servicios especiales, etc.).

La plaza vacante de técnico de medioambiente, objeto de este concurso oposición es de tipo funcionario, del grupo A, subgrupo A1, de acuerdo al artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, independientemente de la tipología originaria de la plaza.

8. Orden de prelación y adjudicación de plazas de los aspirantes

La relación de aspirantes que hayan superado la oposición quedará determinada por la puntuación obtenida en el conjunto de los ejercicios obligatorios y eliminatorios de la oposición.

El orden de prelación final de las personas aspirantes que hayan superado la oposición vendrá determinado por la suma de todos los baremos incluidos en las Bases generales.

La adjudicación de los puestos de trabajo se hará por orden de prelación, atendiendo las preferencias de las personas seleccionadas.

 

ANEXO 1. Convocatoria y temario específico.

CONVOCATORIA. TÉCNICO DE MEDIO AMBIENTE

- Técnico de Medio Ambiente

- Número de plazas que se convocan: 1

- Turno libre: 1

- Tipo:  Funcionario

- Escala: Administración Especial

- Subescala: Técnica

- Grupo A, subgrupo A1

- Nivel: 22

- Oferta Pública: 2016

- Titulación: Grado de Ciencias ambientales o titulación equiparable

- Nivel de catalán: B2

TEMARIO ESPECÍFICO

Tema 1. El medio ambiente, concepto y definiciones. El concepto de desarrollo sostenible. Principios del derecho ambiental. Medio ambiente en el derecho internacional, comunitario, nacional y autonómico. Distribución de competencias.

Tema 2. Economía circular.

Tema 3. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Tema 4. Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares.

Tema 5. Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad medioambiental y modificaciones posteriores.

Tema 6. El cambio climático: problemática ambiental a escala global y local.

Tema 7. Cambio climático, adaptación y mitigación.

Tema 8. Real Decreto Ley 15/2018 de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.

Tema 9. Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático.

Tema 10. Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Tema 11. Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.

Tema 12. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

Tema 13. Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

Tema 14. Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases.

Tema 15. Ámbito competencial en materia de residuos en las Islas Baleares.

Tema 16. El plan director sectorial de residuos no peligrosos de Menorca.

Tema 17. Operaciones de valorización y eliminación y la lista europea de residuos.

Tema 18. Libro verde: estrategia europea para una energía sostenible, competitiva y segura.

Tema 19. Directiva 2012/27 / UE relativa a la eficiencia energética.

Tema 20. El ciclo del agua. Las aguas superficiales, distribución y aprovechamiento de

los recursos hídricos en Menorca.

Tema 21. Las aguas subterráneas. Principales afecciones: la sobreexplotación y la contaminación de los acuíferos.

Tema 22. Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

Tema 23. Plan Hidrológico de las Islas Baleares.

Tema 24. La movilidad sostenible.

Tema 25. Libro Blanco del transporte: hoja de ruta hacia un espacio único europeo de transporte y por una política de transporte competitiva y sostenible

Tema 26. Ley 4/2014 de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Islas Baleares

Tema 27. Ley 3/2005, de 20 de abril, de protección del medio nocturno de las Islas Baleares

Tema 28. Reglamento del cielo nocturno

Tema 29. Ley 34/2007 de calidad del aire y protección atmosférica

Tema 30. Real Decreto 102/2011 relativo a la mejora de la calidad del aire

Tema 31. Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

Tema 32. Distribución de competencias entre las distintas administraciones en materia de costas y litoral

Tema 33. Ley Balear de caza y pesca fluvial

Tema 34. La pesca en Menorca. Situación de la pesca recreativa, modalidades. La pesca profesional, modalidades. Ley 6/2007 de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en Baleares. Ley 33/2014 de pesca marítima del Estado

Tema 35. Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y uso del Suelo.

Tema 36. Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial.

Tema 37. Ley 6/1999, de 3 de abril, de las directrices de ordenación territorial de las Islas Baleares y de medidas tributarias.

Tema 38. Ley 2/2001, de 7 de marzo, de atribución de competencias a los Consells insulares en materia de ordenación del territorio.

Tema 39. El Plan Territorial Insular de Menorca y la Norma Territorial Transitoria.

Tema 40. Ley 6/1997, de 8 de julio, de Suelo Rústico de las Islas Baleares.

Tema 41. Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares.

Tema 42. Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y rehabilitación Urbana.

Tema 43. Ley 10/2014, de 1 de octubre, de Ordenación minera de las Islas Baleares.

Tema 44. Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Tema 45. Ley 1/1991, de 30 de enero, de espacios naturales y de régimen urbanístico de las áreas de especial protección de las Islas Baleares.

Tema 46. Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO).

Tema 47. Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural de s'Albufera des Grau.

Tema 48. Red naturaleza 2000 y qué terrenos la conforman en Menorca

Tema 49. Directiva 92/43/CEE relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y la flora silvestres.

Tema 50. Directiva 2009/147/CE, relativa a la conservación de las aves silvestres.

Tema 51. Especies protegidas. Listado español de especies silvestres en régimen de protección especial y Catálogo Nacional de Especies Amenazadas

Tema 52. Decreto balear 75/2005. Catálogo Balear de Especies amenazadas y de Especial Protección.

Tema 53. Real Decreto 630/2013 sobre especies exóticas invasoras.

Tema 54. La protección de las especies marinas. Concepto de reserva marina. La reserva marina del norte de Menorca

Tema 55. Decreto 25/2018 sobre la conservación de la Posidonea oceánica en las Islas Baleares

Tema 56. Características climáticas y biogeográficas de las Islas Baleares. Características ecológicas y principales comunidades y ecosistemas en Menorca.

Tema 57. Vegetación de Menorca

Tema 58. Fauna en Menorca

Tema 59. Las zonas húmedas y su importancia ecológica. Principales zonas húmedas de Menorca

Tema 60. Bosques y incendios

Tema 61. El Camí de Cavalls. Normativa

Tema 62. La geología y geomorfología en la isla de Menorca

Tema 63. Geomorfología de Menorca

Tema 64. Reservas de Biosfera la Estrategia de Sevilla y el marco estatutario.

Tema 65. Red Mundial Reservas de Biosfera, red mundial reservas de biosfera islas y territorios insulares papel de la isla de Menorca

Tema 66. Creación de la Organización especializada Agencia Menorca Reserva de Biosfera y sus estatutos.

Tema 67. La reserva de Biosfera de Menorca: zonificación y gestión

Tema 68. Cartografía. Interpretación de planos topográficos: escaleras, curvas de nivel, signos convencionales. El GPS. IDE Menorca: herramientas disponibles

Tema 69. Control de especies animales y vegetales, conservación y recuperación. Métodos de control y seguimiento

Tema 70. Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.

Tema 71. Agenda Local 21; cumbre de Río, carta de Aalborg, procedimiento, planas de acción

Tema 72. Estrategia Europa 2020.

 

BASES ESPECÍFICAS QUE RIGEN LAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA EL INGRESO POR TURNO LIBRE, PARA PROVEER DOS PLAZAS DE TRABAJADOR SOCIAL DE LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2017

 1. Objeto de las bases específicas

El objeto de esta convocatoria es cubrir dos plazas vacantes de trabajador social del Consell Insular de Menorca, correspondientes a la Oferta pública de 2017.

Se entiende por plazas vacantes, tanto las no cubiertas temporalmente como las plazas cubiertas temporalmente por funcionarios interinos, las laborales temporales o las laborales indefinidas no fijas.

De las dos plazas que ahora se convocan, las dos lo son por turno libre, una de ellas reservada a personas con discapacidad.

El temario específico que rige la convocatoria es el establecido en el anexo I de este documento.

2. Normativa de aplicación

Esta convocatoria se rige por las Bases generales que regulan los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario previstas en las ofertas públicas de empleo del Consell Insular de Menorca (BOIB núm. 95, de 2 de agosto de 2018, modificadas por Decreto de Presidencia 2018/819 de 24 de octubre de 2018).

3. Transparencia y protección de datos personales

A lo largo del proceso selectivo, se publicará en la página web de las oposiciones del Consell Insular de Menorca oposicions.cime.es toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso. El aspirante también puede acceder desde la web corporativa del Consell Insular de Menorca: www.cime.es/portal.aspx. A través de este portal, se puede acceder al formulario de inscripción y a las instrucciones correspondientes, así como descargar la solicitud para poderla presentar en papel.

Las personas que, por motivo de violencia de género, necesiten proteger su identidad pública, deben indicar en la solicitud que desean anonimizar sus datos, para lo cual deben presentar, en el momento de hacer la inscripción , la documentación que establece el artículo 23 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, modificada por el Real decreto Ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género.

4. Derechos de examen

El aspirante puede abonar los derechos de examen físicamente en cualquier entidad bancaria haciéndolos efectivos en la cuenta siguiente: ES7420383498916400000712 (Bankia), o bien en el Servicio de Atención al Ciudadano de Maó o de Ciutadella.

En el primero de los casos, el aspirante debe adjuntar el resguardo del pago en la solicitud de inscripción en el proceso selectivo, para lo cual ha de escanearlo y adjuntarlo en el campo específicamente destinado a tal fin (apartado 5. Documentación).

5. Otros méritos alegados

En relación al apartado quinto del anexo I de las Bases generales, en el que se deja abierta la valoración de otros méritos alegados con un total de hasta 1 punto como máximo, no se valora ningún mérito específico por lo que este punto se acumula a la formación que se valorará con un máximo de 8 puntos.

6. Calendario previsto

La primera prueba de oposición está prevista para el mes de junio de 2019.

7. Nombramiento del personal de nuevo ingreso

El nombramiento del personal seleccionado en estas ofertas públicas se hará en régimen funcionarial, independientemente de que el personal que las pueda ocupar temporalmente esté en este momento contratado en régimen laboral. Esta funcionarización de plazas tiene su fundamento en la potestad de autoorganización de las administraciones y en el artículo 70.3 del TREBEP, que establece que las ofertas públicas pueden contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.

El cese del personal que ocupa las plazas de forma interina, temporal o como personal indefinido no fijo, en aplicación del artículo 18 del Acuerdo marco que rige las relaciones entre el Consell Insular de Menorca y su personal funcionario, se producirá por orden inverso al de la antigüedad en el puesto objeto de la OPO. Se exceptúan de este orden las plazas que estén cubiertas interina o temporalmente para cubrir situaciones especiales de sus titulares (comisión de servicios, servicios especiales, etc.).

Las plazas de trabajador social, objeto de este concurso oposición son de tipo funcionario, del grupo A, subgrupo A2, de acuerdo al artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, independientemente de la tipología originaria de la plaza.

8. Orden de prelación y adjudicación de plazas de los aspirantes

La relación de aspirantes que hayan superado la oposición quedará determinada por la puntuación obtenida en el conjunto de los ejercicios obligatorios y eliminatorios de la oposición.

El orden de prelación final de las personas aspirantes que hayan superado la oposición vendrá determinado por la suma de todos los baremos incluidos en las Bases generales.

La adjudicación de los puestos de trabajo se hará por orden de prelación, atendiendo las preferencias de las personas seleccionadas.

 

ANEXO 1. Convocatoria y temario específico.

CONVOCATORIA. TRABAJADOR SOCIAL

- Denominación: Trabajador social

- Número de plazas que se convocan: 2

- Turno libre: 1

- Turno libre reservado a personas con discapacidad: 1

- Tipo: Funcionario

- Escala: Administración Especial

- Subescala: Técnica

- Grupo: A, subgrupo A2

- Nivel: 18

- Oferta Pública: 2017

- Titulación: Grado en Trabajo social o titulación equiparable

- Nivel de catalán: B2

TEMARIO ESPECÍFICO

Tema 1. Los servicios sociales en la Administración pública. Competencias municipales, Consells Insulares, autonómicas y centrales.

Tema 2. El concepto de trabajo social. El objeto del trabajo social. Modelos de intervención en trabajo social. Metodología de trabajo social.

Tema 3. Trabajo social de grupo y comunitario: objeto, finalidad, técnicas e instrumentos.

Tema 4. La deontología y la ética profesional. Los códigos de ética del trabajador social en relación a la persona usuaria, los profesionales y las instituciones. Marco y normativa vigente.

Tema 5. La prevención del síndrome de desgaste profesional (burn-out) y el autocuidado del personal profesional que trabaja en servicios sociales.

Tema 6. La evaluación en Trabajo social. Los indicadores sociales. La supervisión en el Trabajo social: concepto, supervisión de intervenciones, supervisión institucional, la importancia de la supervisión en la práctica profesional del Trabajo social.

Tema 7. Decreto 66/2016, de 18 de noviembre de 2016, por el que se aprueba la Cartera Básica de Servicios Sociales de las Islas Baleares 2017-2020 y se establecen principios generales para las carteras insulares y locales.

Tema 8. Prestaciones económicas: la renta mínima de inserción, ayudas individuales a personas mayores y personas discapacitadas.

Tema 9. Los programas formativos y de acompañamiento a la ocupación de la renta mínima de inserción. Las ayudas económicas a entidades.

Tema 10. La incapacitación. Descripción de la realidad actual. La figura del defensor judicial en el proceso de incapacitación. La tutela, la curatela.

Tema 11. Las fundaciones tutelares. Marco y normativa vigentes.

Tema 12. La atención sociosanitaria. La dependencia como necesidad social. Análisis de los servicios sociales en el marco de la atención sociosanitaria. La coordinación entre los servicios sociales y los sanitarios.

Tema 13. Las personas mayores (I): análisis de la problemática actual. Niveles de intervención.

Tema 14. Las personas mayores (II): servicios y recursos sociales específicos y especializados en Mallorca.

Tema 15. La institucionalización de las personas mayores. Adaptación de la persona a la institución.

Tema 16. La promoción de la persona residente en la población para mantener la socialización y la integración. La relación residente, familia y profesionales.

Tema 17. Ley de dependencia. Aplicación de la Ley 39/2006 de promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Tema 18. Valoración de la dependencia. Áreas de valoración. Programa Individual de Atención (PIA).

Tema 19. Procedimiento de la valoración de la discapacidad. Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. ( «BOE» número 22, de 26 de enero de 2000). Objeto. Calificación en grados. Valoración. Baremos de factores sociales complementarios. Baremo para la determinación de dificultades de movilidad.

Tema 20. Las personas con diversidad funcional. Descripción de la realidad actual. Niveles de intervención.

Tema 21. Modelos y servicios específicos de atención a las personas con diversidad funcional (I): servicios residenciales y de vivienda, centros de día.

Tema 22. Modelos y servicios específicos de atención a las personas con diversidad funcional (II): centros especiales de trebajo y talleres ocupacionales.

Tema 23. Violencia contra las mujeres. Normativa reguladora. El maltrato doméstico. Concepte, causas y factores desencadenantes. Características. Recursos de intervención.

Tema 24. II Acuerdo interinstitucional para la mejora en la atenció a mujeres víctimas de maltrato en el ámbito doméstico y de violencia sexual: Principios generales y actuación en el ámbito de los Servicios Sociales.

Tema 25.  Los immigrantes extracomunitarios: derechos y libertades.

Tema 26. Factores de riesgo y factores asociados al consumo de drogas. Clasificación de las drogas. Prevención de las drogodependencias.

Tema 27. Personas sin techo y enfermedad mental. Abordaje biopsicosocial.

Tema 28. Del Plan de Prestaciones Básiques (PPB), al financiamiento de los servicios sociales comunitarios básicos. Marco legislativo y competencias de las administraciones públicas.

Tema 29. Modelos de intervención en situaciones de exclusión grave. Principios operativos.

Tema 30. El diagnóstico individual de exclusión social. Indicadores. Itinerario de inserción en exclusión social grave.

Tema 31. El trabajo multidisciplinar en el abordaje de las conductas adictivas. Diferentes ámbitos y programas de actuación.

Tema 32. El Plan Individual de Intervención y Seguimiento. Interprofesionalidad en el abordaje de las situaciones de exclusión social.

Tema 33. La protección del menor y atención a la familia. Distribución de competencias. Marco jurídico vigente.

Tema 34.  El concepto de infancia en situación de riesgo de desemparo y en situación de desemparo. Medidas jurídicas de protección. Definición y características.

Tema 35. La adopción de menores. Concepto y objectivos. Legislación y normativa vigente. Proceso de tramitación de los expedientes.

Tema 36. La acogida institucional de menores: definición, funciones y tipología.  Fases de la intervención, la adaptación, la preparación para la salida y para la reunificación familiar o cambio de medida.

Tema 37. El trabajo multidisciplinario en la protección de menores y sus familias. El papel del trebajador social dentro del equipo. Proceso de intervención y toma de decisiones.

Tema 38. La acogia familiar. Concepto, características y objectivos. Tipos de acogida. Proceso de acoplamiento del menor en la familia de acogida. Ayudas económicas a las familias de acogida.

Tema 39. La familia del menor y la intervención del trabajador social. Diseño y ejecución del plan de trabajo. Procedimientos y protocolos.

Tema 40. Principales recursos de intervención con los menores con medida jurídica de protección y sus familias.

Tema 41. Concepto de maltrato infantil. Tipología y niveles de gravedad. Abordaje e intervención.

Tema 42. La violencia Filio-Parental. Definición. Características familiares. Características de los y las menores que ejercen violencia contra sus padres y madres. Modelos de intervención.

Tema 43. Niños y niñas víctimas de violencia de género. Características. Formas de exposición a la violencia de género. Consecuencias en los niños y las niñas. intervención profesional.

Tema 44. Metodología y procedimiento de evaluación de las familias. Instrumentos de valoración.

Tema 45. Principios rectores de la acción administrativa en materia de protección. El interés superior del menor y el derecho a ser oído y escuchado. Patria potestad, tutela y guarda.

Tema 46. La cobertura de las necesidades básicas de los menores. Concepto y tipología.

Tema 47. El proceso de intervención de los casos en el sistema de protección de menores. Procedimiento y metodología. El expediente del menor.

Tema 48. Los servicios sociales en Menorca. Distribución competencial. Centros y servicios de atención del Consell Insular de Menorca.

 

BASES ESPECÍFICAS QUE RIGEN LAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA EL INGRESO POR TURNO LIBRE Y POR PROMOCIÓN INTERNA, PARA PROVEER TRES PLAZAS DE TÉCNICO DE TURISMO DE LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2017

1. Objeto de las bases específicas

El objeto de esta convocatoria es cubrir tres plazas vacantes de técnico de turismo del Consell Insular de Menorca, correspondientes a la Oferta pública de 2017.

Se entiende por plazas vacantes, tanto las no cubiertas temporalmente como las plazas cubiertas temporalmente por funcionarios interinos, las laborales temporales o las laborales indefinidas no fijas. Dado que la Oferta Pública de Empleo 2017 para los técnicos de turismo es consecuencia del artículo 19 UN 6, que permitía la estabilización de plazas ocupadas de forma temporal ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016 en el sector de inspección y sanción de servicios, las plazas que se convocan afectan únicamente a aquellas con funciones inspectoras.

De las tres plazas que ahora se convocan, dos lo son por turno libre y una por promoción interna.

El temario específico que rige la convocatoria es el establecido en el anexo I de este documento.

2. Normativa de aplicación

Esta convocatoria se rige por las Bases generales que regulan los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario previstas en las ofertas públicas de empleo del Consell Insular de Menorca (BOIB núm. 95, de 2 de agosto de 2018, modificadas por Decreto de Presidencia 2018/819 de 24 de octubre de 2018).

3. Transparencia y protección de datos personales

A lo largo del proceso selectivo, se publicará en la página web de las oposiciones del Consell Insular de Menorca oposicions.cime.es, toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso. El aspirante también puede acceder desde la web corporativa del Consell Insular de Menorca: www.cime.es/portal.aspx. A través de este portal, se puede acceder al formulario de inscripción y a las instrucciones correspondientes, así como descargar la solicitud para poder presentarla en papel.

Las personas que, por motivo de violencia de género, necesiten proteger su identidad pública, deben indicar en la solicitud que desean anonimizar sus datos, para lo cual deben presentar, en el momento de hacer la inscripción, la documentación que establece el artículo 23 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, modificada por el Real decreto Ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género.

4. Derechos de examen

El aspirante puede abonar los derechos de examen físicamente en cualquier entidad bancaria haciéndolos efectivos en la cuenta siguiente: ES7420383498916400000712 (Bankia), o bien en el Servicio de Atención al Ciudadano de Maó o de Ciutadella.

En el primero de los casos, el aspirante debe adjuntar el resguardo del pago a la solicitud de inscripción en el proceso selectivo, para lo cual debe escanearlo y adjuntarlo en el campo específicamente destinado a tal fin (apartado 5. Documentación).

5. Otros méritos alegados

En relación con el apartado quinto del anexo I de las Bases generales, en el que se deja abierta la valoración de otros méritos alegados con un total de hasta 1 punto como máximo, no se valora ningún mérito específico por lo que este punto se acumula en la formación que se valorará con un máximo de 8 puntos.

6. Calendario previsto

La primera prueba de oposición está prevista para el mes de junio de 2019.

7. Nombramiento del personal de nuevo ingreso

El nombramiento del personal seleccionado en estas ofertas públicas se hará en régimen funcionarial, independientemente de que el personal que las pueda ocupar temporalmente esté en este momento contratado en régimen laboral. Esta funcionarización de plazas tiene su fundamento en la potestad de autoorganización de las administraciones y en el artículo 70.3 del TREBEP, que establece que las ofertas públicas pueden contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.

El cese del personal que ocupa las plazas de forma interina, temporal o como personal indefinido no fijo, en aplicación del artículo 18 del Acuerdo marco que rige las relaciones entre el Consell Insular de Menorca y su personal funcionario, se producirá por orden inverso al de la antigüedad en el puesto objeto de la OPO. Se exceptúan de este orden las plazas que estén cubiertas interina o temporalmente para cubrir situaciones especiales de sus titulares (comisión de servicios, servicios especiales, etc.).

Las plazas vacantes de técnico de turismo, objeto de este concurso oposición son de tipo funcionario, del grupo A, subgrupo A2, de acuerdo al artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, independientemente de la tipología originaria de la plaza.

8. Orden de prelación y adjudicación de plazas de los aspirantes

La relación de aspirantes que hayan superado la oposición quedará determinada por la puntuación obtenida en el conjunto de los ejercicios obligatorios y eliminatorios de la oposición.

El orden de prelación final de las personas aspirantes que hayan superado la oposición vendrá determinado por la suma de todos los baremos incluidos en las Bases generales.

La adjudicación de los puestos de trabajo se hará por orden de prelación, atendiendo las preferencias de las personas seleccionadas.

 

ANEXO 1. Convocatoria y temario específico.

CONVOCATORIA. TÉCNICO DE TURISMO

- Denominación: Técnico de Turismo

- Número de plazas que se convocan: 3

- Turno libre: 2

- Promoción interna: 1

- Tipo: Funcionario

- Escala: Administración Especial

- Subescala: Técnica

- Grupo: A, subgrupo A2

- Nivel: 18

- Oferta Pública: 2017

- Titulación: Grado en Turismo o titulación equiparable.

- Nivel de catalán: B2

TEMARIO ESPECÍFICO

1. Ley 9/1993, de 1 de diciembre, de atribución de competencias a los Consells insulars en materia de información turística.

2. Ley 3/1996, de 29 de noviembre, de atribución de competencias a los Consells insulares en materia de ordenación turística.

3. Decreto 7/2018, de 23 de marzo, de traspaso a los Consells insulars de Mallorca, Menorca y Formentera de las funciones y los servicios inherentes a las competencias propias de estos Consells insulars que actualmente ejerce la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de promoción turística, y de ampliación, adaptación y realización de las funciones y los servicios en esta materia traspasados al Consell Insular de Ibiza por el Decreto 45/2015, de 22 de mayo

4. Competencias de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en relación al turismo según la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares.

5. Competencias de los Consells Insulars en relación al turismo según la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares.

6. Competencias de los Ayuntamientos en relación al turismo según la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares.

7. Derechos y deberes de los usuarios de los servicios turísticos.

8. Derechos y deberes de las empresas turísticas.

9. Declaración responsable de inicio de actividad turística y comunicación previa.

10. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas con respecto a las declaraciones responsables y comunicaciones previas.

11. Clasificación de las empresas turísticas.

12. Registros de empresas, actividades y establecimientos turísticos.

13. Empresas turísticas de alojamiento (clasificación).

14. Principio de uso exclusivo y de unidad de explotación.

15. Información a suministrar por los establecimientos de alojamiento turístico y régimen de precios, publicidad y reservas de las empresas turísticas de alojamiento.

16. Régimen de usos secundarios compatibles.

17. Explotación conjunta de establecimientos turísticos.

18. Establecimientos de alojamiento hotelero y apartamentos turísticos sujetos a clasificación obligatoria.

19. Alojamientos de turismo interior.

20. Alojamientos de turismo rural.

21. Decreto 39/2015, de 22 de mayo, por el que se fijan los principios generales de las actividades agroturísticas en explotaciones agrarias preferentes de las islas Baleares.

22. Hospederías.

23. Instrucciones generales de aplicación a todos los establecimientos turísticos sujetos a autoevaluación, sea con carácter obligatorio o voluntario.

24. Empresas comercializadoras de estancias turísticas.

25. Ley 6/2017 de modificación de la Ley 8/2012 del turismo de las Islas Baleares, relativa a la comercialización de estancias turísticas.

26. Decreto Ley 3/2017 de 4 de agosto, de modificación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares, y de medidas para afrontar la emergencia en materia de vivienda en las Islas Baleares.

27. Estancias turísticas según la Ley 2/2005, de 22 de marzo, de comercialización de estancias turísticas en viviendas.

28. Aprobación definitiva delimitación provisional de las zonas aptas para la comercialización de estancias turísticas en viviendas de uso residencial en la isla de Menorca.

29. Empresas turísticas de restauración.

30. Empresas de entretenimiento y restauración en embarcaciones.

31. Empresas de intermediación turística.

32. Ley 6/2018, de 22 de junio, por la que se modifican diversas normas del ordenamiento jurídico de las Islas Baleares, en materia de turismo, función pública, presupuestaria, de personal, de urbanismo, de ordenación farmacéutica, de transportes, de residuos y régimen local, y se autoriza al Gobierno de las islas Baleares para aprobar determinados textos refundidos.

33. Empresas de actividades turísticas de entretenimiento, esparcimiento, deportivas, culturales, lúdicas y de turismo activo.

34. Empresas de alquiler de vehículos sin conductor o rent a car.

35. Empresas de actividades de información, orientación y asistencia turística: guías de turismo.

36. Bajas de los establecimientos de alojamiento turístico y de las viviendas objeto de comercialización turística.

37. La inspección de turismo.

38. Procedimiento a seguir en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para tramitar quejas y reclamaciones de usuarios de servicios turísticos.

39. Infracciones y sanciones.

40. Clases de sanciones, importe de las sanciones, gradación de las sanciones y prescripción.

41. Procedimiento sancionador y competencia.

42. Comisión gestora de la bolsa de plazas turísticas del Consell Insular de Menorca, adscrita al departamento competente en materia de ordenación turística.

43. Decreto ley 1/2016, de 12 de enero, de medidas urgentes en materia urbanística.

44. Decreto ley 2/2016, de 22 de enero, de modificación del Decreto ley 1/2016, de 12 de enero, de medidas urgentes en materia urbanística.

45. Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, en el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes.

46. Decreto Ley 1/2013, de 7 de junio, de medidas urgentes de carácter turístico y de impulso de las zonas turísticas maduras.

47. Plan Territorial Insular de Menorca y Norma Territorial Transitoria a efectos de la ordenación turística.

48. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

BASES ESPECÍFICAS QUE RIGEN LAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA EL INGRESO POR TURNO LIBRE, PARA PROVEER UNA PLAZA DE PATRÓN / GUARDA PESCA DE LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2017

1. Objeto de las bases específicas

El objeto de esta convocatoria es cubrir una plaza vacante de Patrón / Guarda pesca del Consell Insular de Menorca, correspondiente a la Oferta pública de 2017.

Se entiende por plazas vacantes, tanto las no cubiertas temporalmente como las plazas cubiertas temporalmente por funcionarios interinos, las laborales temporales o las laborales indefinidas no fijas.

La plaza que ahora se convoca, lo es por turno libre.

El temario específico que rige la convocatoria es el establecido en el anexo I de este documento.

2. Normativa de aplicación

Esta convocatoria se rige por las Bases generales que regulan los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario previstas en las ofertas públicas de empleo del Consell Insular de Menorca (BOIB núm. 95, de 2 de agosto de 2018, modificadas por Decreto de Presidencia 2018/819 de 24 de octubre de 2018).

3. Transparencia y protección de datos personales

A lo largo del proceso selectivo, se publicará en la página web de las oposiciones del Consell Insular de Menorca oposicions.cime.es toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso. El aspirante también puede acceder desde la web corporativa del Consell Insular de Menorca: www.cime.es/portal.aspx. A través de este portal, se puede acceder al formulario de inscripción y a las instrucciones correspondientes, así como descargar la solicitud para poder presentarla en papel.

Las personas que, por motivo de violencia de género, necesiten proteger su identidad pública, deben indicar en la solicitud que desean anonimizar sus datos, para lo cual deben presentar, en el momento de hacer la inscripción, la documentación que establece el artículo 23 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, modificada por el Real decreto Ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género.

4. Derechos de examen

El aspirante puede abonar los derechos de examen físicamente en cualquier entidad bancaria haciéndolos efectivos en la cuenta siguiente: ES7420383498916400000712 (Bankia), o bien en el Servicio de Atención al Ciudadano de Maó o de Ciutadella.

En el primero de los casos, el aspirante debe adjuntar el resguardo del pago a la solicitud de inscripción en el proceso selectivo, para lo cual debe escanearlo y adjuntarlo en el campo específicamente destinado a tal fin (apartado 5. Documentación).

5. Otros méritos alegados

En relación con el apartado quinto del anexo I de las Bases generales, en el que se deja abierta la valoración de otros méritos alegados con un total de hasta 1 punto como máximo, no se valora ningún mérito específico por lo que este punto se acumula en la formación que se valorará con un máximo de 8 puntos.

6. Calendario previsto

La primera prueba de oposición está prevista para el mes de junio de 2019.

7. Nombramiento del personal de nuevo ingreso

El nombramiento del personal seleccionado en estas ofertas públicas se hará en régimen funcionarial, independientemente de que el personal que las pueda ocupar temporalmente esté en este momento contratado en régimen laboral. Esta funcionarización de plazas tiene su fundamento en la potestad de autoorganización de las administraciones y en el artículo 70.3 del TREBEP, que establece que las ofertas públicas pueden contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.

El cese del personal que ocupa las plazas de forma interina, temporal o como personal indefinido no fijo, en aplicación del artículo 18 del Acuerdo marco que rige las relaciones entre el Consell Insular de Menorca y su personal funcionario, se producirá por orden inverso al de la antigüedad en el puesto objeto de la OPO. Se exceptúan de este orden las plazas que estén cubiertas interina o temporalmente para cubrir situaciones especiales de sus titulares (comisión de servicios, servicios especiales, etc.).

La plaza vacante de Patrón / Guarda Pesca, objeto de este concurso oposición es de tipo funcionarial, del grupo C, subgrupo C1, de acuerdo al artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, independientemente del tipo originario de la plaza.

8. Orden de prelación y adjudicación de plazas de los aspirantes

La relación de aspirantes que hayan superado la oposición quedará determinada por la puntuación obtenida en el conjunto de los ejercicios obligatorios y eliminatorios de la oposición.

El orden de prelación final de las personas aspirantes que hayan superado la oposición vendrá determinado por la suma de todos los baremos incluidos en las Bases generales.

La adjudicación de los puestos de trabajo se hará por orden de prelación, atendiendo las preferencias de las personas seleccionadas.

 

ANEXO 1. Convocatoria y temario específico.

CONVOCATORIA. PATRÓN / GUARDA DE PESCA

- Denominación: Patrón / Guarda de Pesca

- Número de plazas que se convocan: 1

- Turno libre: 1

- Tipo: Funcionario

- Escala: Administración Especial

- Subescala: Técnica

- Grupo: C, subgrupo C1

- Nivel: 14

- Oferta Pública: 2017

- Titulación: Formación profesional de grado medio y título de patrón portuario o titulaciones equiparables.

- Nivel de catalán: B2

TEMARIO ESPECÍFICO

Tema 1. Aguas jurisdiccionales y mar territorial. Líneas de base.

Tema 2. Normativa sobre la pesca con artes menores.

Tema 3. Normativa sobre la pesca con palangre.

Tema 4. Normativa sobre la pesca de arrastre de fondo.

Tema 5. Normativa sobre la pesca de la langosta.

Tema 6. Normativa sobre la pesca recreativa.

Tema 7. Normativa sobre la pesca con aparatos tradicionales en las Islas Baleares.

Tema 8. Normativa sobre las tallas mínimas de captura de las especies pesqueras.

Tema 9. Normativa sobre el marisqueo en las Islas Baleares.

Tema 10. Normativa sobre medición de las mallas y del grosor del torzal de las redes de pesca.

Tema 11. Infracciones y sanciones en materia de pesca marítima.

Tema 12. La gestión de la pesca. Principios básicos de gestión. El principio de precaución. El enfoque ecosistemático de la pesca. Pesquerías sostenibles.

Tema 13. Normativa sobre la primera venta de los productos pesqueros.

Tema 14. Normativa sobre la identificación, el etiquetado y la trazabilidad de los productos pesqueros.

Tema 15. Normativa sobre los títulos profesionales del sector pesquero.

Tema 16. La conservación y gestión de los recursos marinos vivos en las Islas Baleares.

Tema 17. La Red Natura 2000 en el ámbito marino. Las áreas marinas protegidas en las Islas Baleares.

Tema 18. Normativa sobre las reservas marinas de las Islas Baleares. La reserva marina del norte de Menorca.

Tema 19. La inspección: concepto, objeto, planificación y preparación. Actividades y estructura del servicio de inspección.

Tema 20. Regulaciones sobre el control y la inspección en materia de pesca en las Islas Baleares.

Tema 21. Los recursos pesqueros del mar Mediterráneo.

Tema 22. Las técnicas de explotación pesquera: embarcaciones, sistemas de pesca, materiales.

Tema 23. Las técnicas de explotación de la pesca de artes menores.

Tema 24. Las técnicas de explotación de la pesca de cerco.

Tema 25. Las técnicas de explotación de la pesca de arrastre.

Tema 26. La carta náutica: su uso y la utilidad. Sistemas y medios de posicionamiento. El radar y el sistema de posicionamiento por satélites GPS. Principios básicos y precisión.

Tema 27. Documentos que deben llevarse a bordo en una embarcación de pesca profesional y en una embarcación de pesca recreativa.

Tema 28. Competencias del Consell Insular de Menorca en materia de pesca, marisqueo y acuicultura.

Tema 29. La pesca profesional en Menorca: estructura y problemática.

Tema 30. Situación del marisqueo en las Islas Baleares.

Tema 31. Situación de la acuicultura en las Islas Baleares.

Tema 32. La pesca recreativa en Menorca: estructura y problemática.

 

BASES ESPECÍFICAS QUE RIGEN LAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA EL INGRESO POR TURNO LIBRE Y POR PROMOCIÓN INTERNA, PARA PROVEER OCHO PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2017

1. Objeto de las bases específicas

El objeto de esta convocatoria es cubrir ocho plazas vacantes de auxiliar administrativo del Consell Insular de Menorca, correspondientes a la Oferta pública de 2017.

Se entiende por plazas vacantes, tanto las no cubiertas temporalmente como las plazas cubiertas temporalmente por funcionarios interinos, las laborales temporales o las laborales indefinidas no fijas.

De las ocho plazas que ahora se convocan, tres lo son por turno libre, una de las cuales lo es para personas con discapacidad, y cinco por promoción interna, 2 de las cuales reservadas para personas con discapacidad.

El temario específico que rige la convocatoria es el establecido en el anexo I de este documento.

2. Normativa de aplicación

Esta convocatoria se rige por las Bases generales que regulan los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario previstas en las ofertas públicas de empleo del Consell Insular de Menorca (BOIB núm. 95, de 2 de agosto de 2018, modificadas por Decreto de Presidencia 2018/819 de 24 de octubre de 2018).

3. Transparencia y protección de datos personales

A lo largo del proceso selectivo, se publicará en la página web de las oposiciones del Consell Insular de Menorca oposicions.cime.es toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso. El aspirante también puede acceder desde la web corporativa del Consell Insular de Menorca: www.cime.es/portal.aspx. A través de este portal, se puede acceder al formulario de inscripción y a las instrucciones correspondientes, así como descargar la solicitud para poderla presentar en papel.

Las personas que, por motivo de violencia de género, necesiten proteger su identidad pública, deben indicar en la solicitud que desean anonimizar sus datos, para lo cual deben presentar, en el momento de hacer la inscripción, la documentación que establece el artículo 23 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, modificada por el Real decreto Ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género.

4. Derechos de examen

El aspirante puede abonar los derechos de examen físicamente en cualquier entidad bancaria haciéndolos efectivos en la cuenta siguiente: ES7420383498916400000712 (Bankia), o bien en el Servicio de Atención al Ciudadano de Maó o de Ciutadella.

En el primero de los casos, el aspirante debe adjuntar el resguardo del pago a la solicitud de inscripción en el proceso selectivo, para lo cual debe escanearlo y adjuntarlo en el campo específicamente destinado a tal fin (apartado 5. Documentación).

5. Otros méritos alegados

En relación con el apartado quinto del anexo I de las Bases generales, en el que se deja abierta la valoración de otros méritos alegados con un total de hasta 1 punto como máximo, el mérito que se valorará es:

  • en posesión del Certificado de lenguaje administrativo .............1 punto

6. Calendario previsto

La primera prueba de oposición está prevista para el mes de junio de 2019.

7. Nombramiento del personal de nuevo ingreso

El nombramiento del personal seleccionado en estas ofertas públicas se hará en régimen funcionarial, independientemente de que el personal que las pueda ocupar temporalmente esté en este momento contratado en régimen laboral. Esta funcionarización de plazas tiene su fundamento en la potestad de autoorganización de las administraciones y en el artículo 70.3 del TREBEP, que establece que las ofertas públicas pueden contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.

El cese del personal que ocupa las plazas de forma interina, temporal o como personal indefinido no fijo, en aplicación del artículo 18 del Acuerdo marco que rige las relaciones entre el Consell Insular de Menorca y su personal funcionario, se producirá por orden inverso al de la antigüedad en el puesto objeto de la OPO. Se exceptúan de este orden las plazas que estén cubiertas interina o temporalmente para cubrir situaciones especiales de sus titulares (comisión de servicios, servicios especiales, etc.).

Las plazas vacantes de Auxiliar administrativo, objeto de este concurso oposición son de funcionario, del Grupo C, subgrupo C2, de acuerdo con el artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, independientemente del tipo originario de la plaza.

8. Orden de prelación y adjudicación de plazas de los aspirantes

La relación de aspirantes que hayan superado la oposición quedará determinada por la puntuación obtenida en el conjunto de los ejercicios obligatorios y eliminatorios de la oposición.

El orden de prelación final de las personas aspirantes que hayan superado la oposición vendrá determinado por la suma de todos los baremos incluidos en las Bases generales.

La adjudicación de los puestos de trabajo se hará por orden de prelación, atendiendo las preferencias de las personas seleccionadas.

 

ANEXO 1. Convocatoria y temario específico

CONVOCATORIA. AUXILIAR ADMINISTRATIVO

- Denominación: Auxiliar administrativo

- Número de plazas que se convocan: 8

- Turno libre: 2

- Turno libre reservado a personas con discapacidad: 1

- Promoción interna: 3

- Promoción interna reserva a personas con discapacidad: 2

- Tipo: Funcionario

- Escala: Administración general

- Subescala: Auxiliar

- Grupo: C, subgrupo C2

- Nivel: 12

- Oferta Pública: 2017

- Titulación: ESO, formación profesional básica o titulación equiparable

- Nivel de catalán: C1

TEMARIO ESPECÍFICO

Tema 1. Las fuentes del derecho administrativo: la ley, el reglamento, la costumbre, los principios generales del derecho y la jurisprudencia. Potestad reglamentaria del Consell Insular de Menorca.

Tema 2. La Ley del procedimiento administrativo común (I). Disposiciones generales. Los interesados en el procedimiento. La actividad de las administraciones públicas. Los actos administrativos. Actos nulos. Actos anulables.

Tema 3. La Ley del procedimiento administrativo común (II). El procedimiento administrativo. Revisión de actos en vía administrativa. Rectificación de errores materiales. Revisión de oficio. Recursos.

Tema 4. Fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento.

Tema 5. Pilares y principios de la Administración electrónica. Los servicios públicos electrónicos y el derecho de la ciudadanía a acceder. Los servicios de colaboración interadministrativa. La interoperabilidad.

Tema 6. La atención al público. Acogida e información al ciudadano. Atención de personas con discapacidad. Reclamaciones. Quejas. Peticiones.

Tema 7. Contenido y presentación de documentos escritos: correspondencia, comunicaciones, autorizaciones, notificaciones, instancias, certificaciones, compulsas, etc. El uso correcto del lenguaje administrativo. Lenguaje administrativo no sexista.

Tema 8. La gestión de la calidad en la Administración pública: conceptos generales. La transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno a la actividad pública. El portal de la transparencia.

Tema 9. Derechos y deberes de los trabajadores según la Ley de prevención de riesgos laborales. Responsabilidades y sanciones. Riesgos específicos trabajos en la oficina. Pantallas de visualización de datos. Plan de actuación ante emergencias.

Tema 10. Editor de textos Openoffice. Crear documentos basados en una plantilla. Combinación de correspondencia. Seleccionar la base de datos y filtrar. Editar la carta modelo y añadir campos de combinación. Funciones. Generar las cartas, guardarlas e imprimirlas.

Tema 11. Formularios. Crear un documento con campos de formulario. Tipo de campo de formulario (de texto, casilla de verificación, desplegables, etc.). Guardar como PDF.

Tema 12. Hoja de cálculo: gráficos y diagramas. Importar y exportar datos. Plantillas. Trabajar con varias hojas. Tablas dinámicas.

 

BASES ESPECÍFICAS QUE RIGEN LAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA EL INGRESO POR TURNO LIBRE Y POR PROMOCIÓN INTERNA, PARA PROVEER TRECE PLAZAS DE AUXILIAR CUIDADOR DE LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2017

1. Objeto de las bases específicas

El objeto de esta convocatoria es cubrir trece plazas vacantes de auxiliar cuidador del Consell Insular de Menorca, correspondientes a la Oferta pública de 2017.

Se entiende por plazas vacantes, tanto las no cubiertas temporalmente como las plazas cubiertas temporalmente por funcionarios interinos, las laborales temporales o las laborales indefinidas no fijas.

De las trece plazas que ahora se convocan, ocho lo son por turno libre y cinco por promoción interna.

El temario específico que rige la convocatoria es el establecido en el anexo I de este documento.

2. Normativa de aplicación

Esta convocatoria se rige por las Bases generales que regulan los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario previstas en las ofertas públicas de empleo del Consell Insular de Menorca (BOIB núm. 95, de 2 de agosto de 2018, modificadas por Decreto de Presidencia 2018/819 de 24 de octubre de 2018).

3. Transparencia y protección de datos personales

A lo largo del proceso selectivo, se publicará en la página web de las oposiciones del Consell Insular de Menorca oposicions.cime.es toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso. El aspirante también puede acceder desde la web corporativa del Consell Insular de Menorca: www.cime.es/portal.aspx. A través de este portal, se puede acceder al formulario de inscripción y las instrucciones correspondientes, así como descargar la solicitud para poderla presentar en papel.

Las personas que, por motivo de violencia de género, necesiten proteger su identidad pública, deben indicar en la solicitud que desean anonimizar sus datos, para lo cual deben presentar, en el momento de hacer la inscripción, la documentación que establece el artículo 23 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, modificada por el Real decreto Ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género.

4. Derechos de examen

El aspirante puede abonar los derechos de examen físicamente a cualquier entidad bancaria haciéndolos efectivos en la cuenta siguiente: ES7420383498916400000712 (Bankia), o bien en el Servicio de Atención al Ciudadano de Maó o de Ciutadella.

En el primero de los casos, el aspirante debe adjuntar el resguardo del pago a la solicitud de inscripción en el proceso selectivo, para lo cual lo ha de escanear y adjuntarlo en el campo específicamente destinado a tal fin (apartado 5. Documentación).

5. Otros méritos alegados

En relación con el apartado quinto del anexo I de las Bases generales, en el que se deja abierta la valoración de otros méritos alegados con un total de hasta 1 punto como máximo, no se valora ningún mérito específico por lo que este punto se acumula en la formación que se valorará con un máximo de 8 puntos.

6. Calendario previsto

La primera prueba de oposición está prevista para el mes de junio de 2019.

7. Nombramiento del personal de nuevo ingreso

El nombramiento del personal seleccionado en estas ofertas públicas se hará en régimen funcionarial, independientemente de que el personal que las pueda ocupar temporalmente esté en este momento contratado en régimen laboral. Esta funcionarización de plazas tiene su fundamento en la potestad de autoorganización de las administraciones y en el artículo 70.3 del TREBEP, que establece que las ofertas públicas pueden contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.

El cese del personal que ocupa las plazas de forma interina, temporal o como personal indefinido no fijo, en aplicación del artículo 18 del Acuerdo marco que rige las relaciones entre el Consell Insular de Menorca y su personal funcionario, se producirá por orden inverso al de la antigüedad en el puesto objeto de la OPO. Se exceptúan de este orden las plazas que estén cubiertas interina o temporalmente para cubrir situaciones especiales de sus titulares (comisión de servicios, servicios especiales, etc.).

Las plazas vacantes de auxiliar cuidador, objeto de este concurso oposición son de tipo funcionarial, del grupo C, subgrupo C2, de acuerdo al artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, independientemente del tipo originario de la plaza.

8. Orden de prelación y adjudicación de plazas de los aspirantes

La relación de aspirantes que hayan superado la oposición quedará determinada por la puntuación obtenida en el conjunto de los ejercicios obligatorios y eliminatorios de la oposición.

El orden de prelación final de las personas aspirantes que hayan superado la oposición vendrá determinado por la suma de todos los baremos incluidos en las Bases generales.

La adjudicación de los puestos de trabajo se hará por orden de prelación, atendiendo las preferencias de las personas seleccionadas.

 

ANEXO 1. Convocatoria y temario específico

CONVOCATORIA. AUXILIAR CUIDADOR

- Denominación: Auxiliar cuidador

- Número de plazas que se convocan: 13

- Turno libre: 8

- Promoción interna: 5

- Tipo: Funcionario

- Escala: Administración especial

- Subescala: Servicios especiales

- Grupo: C, subgrupo C2

- Nivel: 12

- Oferta Pública: 2017

- Titulación: Formación profesional básica de la rama de Servicios Socioculturales y a la comunidad o titulación equiparable.

- Nivel de catalán: B2

TEMARIO ESPECÍFICO

Tema 1. Actuación del auxiliar cuidador ante crisis convulsivas.

Tema 2. Problemas de conducta en personas con discapacidad intelectual. Actuación del auxiliar cuidador ante crisis de autoagresividad o heteroagresividad.

Tema 3. Funciones del auxiliar cuidador en un centro de atención a personas con discapacidad.

Tema 4. La vida cotidiana de las personas con discapacidad en el marco residencial. La calidad de la atención.

Tema 5. Actuación del cuidador en relación con la autonomía y la dependencia de la persona según el tipo de discapacidad. Especificar los diferentes tipos de soportes.

Tema 6. La higiene del residente según el nivel de dependencia: autónomo, dependiente y gran dependiente. Material y técnicas.

Tema 7. La alimentación del residente. La ayuda o la suplencia que se debe prestar en caso de dependencia total.

Tema 8. Tipo de movilizaciones, cambios posturales y confort de la persona inmovilizada.

Tema  9. Ergonomía e higiene postural en el lugar de trabajo.

Tema 10. Úlceras por decúbito, grados o estadios, factores intrínsecos y extrínsecos, prevención y cuidados.

Tema 11. Protocolos, procedimientos y registros. Protocolos más importantes en el trabajo de la auxiliar cuidador para la atención a personas con discapacidad y dependencia de grado 3 nivel II.

Tema 12. Los equipos multidisciplinares. El trabajo en equipo: fundamentos metodológicos. Técnicas de trabajo en equipo.

Tema 13. Sistemas de comunicación. La relación interpersonal. Sistemas alternativos de comunicación.

Tema 14. El ocio en las personas con discapacidad intelectual como medio de integración.

Tema 15. El apoyo conductual positivo en residencias para personas con discapacidad.

Tema 16. Intervención multi sensorial y Snoezelen en personas con discapacidad intelectual.

Contra el acuerdo precedente, que no agota la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la fecha de recepción de esta notificación, recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular, sin perjuicio de poder utilizar cualquier otro recurso que considere procedente en derecho.

Dicho recurso se entenderá desestimado si no se ha notificado la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

   

Maó, 13 de noviembre de 2018

EL SECRETARIO DEL CONSEJO  EJECUTIVO Octavi Pons Castejón