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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 11704
Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino, de 9 de noviembre de 2018, por la cual se establece un periodo de veda para la extracción del coral rojo en las aguas interiores de las Illes Balears

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Texto

El Decreto 21/2018, de 6 de julio, por el que se establecen los principios generales para la pesca del coral rojo en las aguas interiores de las Illes Balears y se establece su ordenación, indica en el artículo 5 que la Dirección General de Pesca y Medio Marino, con el informe técnico previo del Servicio de Recursos Marinos, debe fijar el periodo de veda para la pesca del Coral.

De acuerdo con el informe técnico del Servicio de Recursos Marinos, que considera las estadísticas de extracción de coral rojo en las aguas interiores de las Islas Baleares y la conveniencia de que la época de veda sea similar a la establecida por otras comunidades autónomas, se aconseja mantener las fechas y la zona como en la temporada 2017-2018.

Por todo el anterior, haciendo uso de las facultades que se me han conferido, dicto la siguiente

Resolución

Primero

Se establece un periodo de veda para la extracción del coral rojo en las aguas interiores de las Islas Baleares, en la zona llamada Norte de Mallorca, desde el 1 de noviembre de 2018 hasta el 30 de abril de 2019.

Segundo

Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

  

Palma, 9 de noviembre de 2018

El Director General de Pesca y Medio Marino,

Juan Mercant Terrassa