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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 11673
Corrección de errores advertidos en la publicación de la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 25 de octubre de 2018 por la que se establece el procedimiento para evaluar la tarea desarrollada por los directores de los centros docentes públicos no universitarios que finalizan el periodo de ejercicio del cargo el 30 de junio de 2019 y el procedimiento para optar a continuar en el cargo por un nuevo periodo (BOIB nº. 134, de 27 de octubre)

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Texto

Se han advertido una serie de errores, que se indican a continuación, en la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 25 de octubre de 2018 por la que se establece el procedimiento para evaluar la tarea desarrollada por los directores de los centros docentes públicos no universitarios que finalizan el periodo de ejercicio del cargo el 30 de junio de 2019 y el procedimiento para optar a continuar en el cargo por un nuevo periodo (BOIB nº. 134, de 27 de octubre).

Con la finalidad de enmendarlas, y de conformidad con lo que establece el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se lleva a cabo la corrección siguiente:

En el Anexo 1 - Bases que tienen que regir el procedimiento

Donde dice:

2. Procedimiento de evaluación

El Departamento de Inspección Educativa tiene que evaluar la tarea desarrollada por los directores de los centros (que figuran en el anexo 2) de acuerdo con los criterios de evaluación (que se incluyen en el anexo 3) en un plazo de 90 días naturales a contar desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución.

Debe decir:

2. Procedimiento de evaluación

El Departamento de Inspección Educativa tiene que evaluar la tarea desarrollada por los directores de los centros (que figuran en el anexo 2) de acuerdo con los criterios de evaluación (que se incluyen en el anexo 3) en un plazo de 90 días hábiles a contar desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución.

Donde dice:

4.   Propuesta de actualización del proyecto de dirección

4.1. Los directores que hayan optado por continuar en el cargo tienen que elaborar la propuesta de actualización de su proyecto de dirección y la tienen que remitir, en la forma indicada en el punto 4.5, al Departamento de Inspección Educativa en un plazo de 60 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución. También tienen que enviar una copia de la propuesta al Departamento de Planificación y Centros de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, en formato digital a la dirección electrónica autoritzacions@dgplacen.caib.es.

4.2. De acuerdo con lo que establece el artículo 14.3 de la Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010, la propuesta de actualización del proyecto de dirección tiene que incluir al menos una valoración relativa a la consecución de los objetivos planteados en el proyecto anterior, una propuesta de mejora y el planteamiento de nuevos objetivos para el periodo siguiente.

4.3. El director tiene que dar a conocer la actualización de su proyecto de dirección al claustro y al consejo escolar.

4.4. El proyecto de dirección tendrá vigencia durante el nuevo periodo de cuatro años de ejercicio del cargo.

4.5. La propuesta de actualización del proyecto de dirección, dirigida al Departamento de Inspección Educativa, se tiene que presentar en el Registro de la Consejería de Educación y Universidad (c. del Ter, 16, de Palma) dentro del plazo establecido en esta Resolución.

También se puede presentar en los registros de las delegaciones territoriales de Menorca y de Ibiza y Formentera, o en el de cualquiera de las dependencias a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Si la documentación se presenta en una oficina de Correos, se tiene que poner dentro de un sobre abierto para que el funcionario la pueda fechar y sellar antes de certificarla.

Debe decir:

4.   Propuesta de actualización del proyecto de dirección

4.1. Los directores que hayan optado por continuar en el cargo tienen que elaborar la propuesta de actualización de su proyecto de dirección y la tienen que colgar en el programa de gestión de centro (GestIB) en el apartado Centro / Documentos institucionales / Proyecto de dirección, en un plazo de 60 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución.

4.2. De acuerdo con lo que establece el artículo 14.3 de la Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010, la propuesta de actualización del proyecto de dirección tiene que incluir al menos una valoración relativa a la consecución de los objetivos planteados en el proyecto anterior, una propuesta de mejora y el planteamiento de nuevos objetivos para el periodo siguiente.

4.3. El director tiene que dar a conocer la actualización de su proyecto de dirección al claustro y al consejo escolar.

4.4. El proyecto de dirección tendrá vigencia durante el nuevo periodo de cuatro años de ejercicio del cargo.

En el Anexo 2 - Relación de centros en los que el director finaliza el periodo de ejercicio del cargo el 30 de junio de 2019 y puede optar a seguir ejerciéndolo

Donde dice:

Centros de educación de personas adultas (CEPA)

Código

Nombre

Localidad

Municipio

Isla

Director/a

Tipología

07013279

CEPA Amanecer

Palma

Palma

Mallorca

Francisca Estarás Ferragut

B

07008171

CEPA Artà

Artà

Artà

Mallorca

Maria Isabel Moll Alzamora

C

Debe decir:

Centros de educación de personas adultas (CEPA)

Código

Nombre

Localidad

Municipio

Isla

Director/a

Tipología

07013279

CEPA Amanecer

Palma

Palma

Mallorca

Francisca Estarás Ferragut

C

07008171

CEPA Artà

Artà

Artà

Mallorca

Maria Isabel Moll Alzamora

D

  

Palma,  7 de noviembre de 2018

El consejero de Educación y Universidad,

Martí X. March Cerdà