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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 11652
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 8 de noviembre de 2018 de corrección de errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 26 de octubre de 2018 (BOIB nº 134/2018 de 27 de octubre) por la cual se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de médico/medica de urgencias hospitalarias del Servicio de Salud de las Islas Baleares, Sector Sanitario de Ibiza, convocado mediante resolución del director general del Servicio de Salud de 28 de mayo de 2018 (BOIB nº. 67, de 31 de mayo)

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Texto

Hechos

1. El 27 de octubre de 2.018 se publicó en el BOIB nº 134 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 26 de octubre de 2018 por la cual se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría médico/medica de urgencias hospitalarias del Servicio de Salud de las Islas Baleares, Sector Sanitario de Ibiza, convocado mediante resolución del director general del Servicio de Salud de 28 de mayo de 2018 (BOIB nº. 67, de 31 de mayo).

2. Se han advertido errores en las listas publicadas en el anexo de la resolución.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar, asimismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Por todo eso dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar los errores observados en la Resolución en cuestión que se concretan en lo siguiente:

LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS TURNO LIBRE, SECTOR SANITARIO IBIZA (HOSPITAL CAN MISSES)

Debe incluirse a Adrián Mateo Simón, DNI 78750117

LISTA DEFINITIVA DE EXCLUIDOS TURNO LIBRE, SECTOR SANITARIO IBIZA (HOSPITAL CAN MISSES)

Debe excluirse a Adrián Mateo Simón, DNI 78750117

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. También puede interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.

No obstante, los interesados pueden optar por interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que se haya dictado una resolución expresa o presunta sobre el recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Palma, 8 de noviembre de 2018

El director general Julio Miguel Fuster Culebras Por delegación de la consejera de Salud (BOIB 10/2016)