Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 11578
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. El 9 de marzo de 2018, mediante un Acuerdo del Consejo de Gobierno, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, que se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) núm. 31, de 10 de marzo.

2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde su aprobación hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo. Ahora bien, aunque éste se estructura en objetivos y líneas sin tener en cuenta el órgano directivo, con respecto a la explicación de los hechos se tienen en cuenta los mismos, ya que las concretas modificaciones de las líneas reflejadas en el anexo son directamente gestionadas, en este caso, por el Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB) de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Trabajo, Comercio e Industria.

3. En este sentido, el SOIB propone la modificación de la línea 1.11, que integra el Objetivo estratégico II, Fomento y Mejora del Empleo, para incluir aquellos ayuntamientos de las Illes Balears que no hayan sido beneficiarios de una subvención dentro de la línea 1 (línea II.1.6 del anexo del Plan Estratégico) de la convocatoria del SOIB Jóvenes Cualificados Entidades Locales 2018, y también para modificar los importes de las anualidades 2019 y 2020.

4. En el apartado 3 del mencionado Acuerdo, se delega en la persona titular de la consejería<A[consejería|conselleria]> competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.

Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Hacienda y Administraciones Públicas la aprobación y/o modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]> de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por<A[por|para]> el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Catalina Cladera i Crespí, consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Administraciones Públicas.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la modificación del anexo al Plan<A[Plan|Plano]> Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el siguiente sentido:

- OBJETIVO II

FOMENTO Y MEJORA DEL EMPLEO

II.1 Fomento del empleo, la seguridad, el desarrollo económico y la orientación laboral

 

Allí donde dice:

II.1.11

Dirección General o entidad: Servicio de Empleo<A[Empleo|Ocupación]> de las Illes Balears

Fuentes de financiación: capítulo IV FF 19021 y 20021

Descripción: subvención para fomentar la contratación en prácticas por parte de las entidades que conforman el sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (excepto los organismos autónomos y los consorcios) y la Universidad de las Illes Balears y sus entidades dependientes o vinculadas, de jóvenes con estudios universitarios o de formación profesional de grado superior, beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Objetivos y efectos: obtener práctica profesional adecuada al nivel de estudios o formación cursados

Coste: 5.000.000 € (2019: 4.500.000 €; 2020: 500.000 €)

Convocatoria: plurianual (2019-2020)

Incidencia en el mercado: mejora la posibilidad de empleo<A[empleo|ocupación]> de estos jóvenes en el ámbito profesional para el cual se han formado

Tiene que decir:

II.1.11

Dirección General o entidad: Servicio de Empleo<A[Empleo|Ocupación]> de las Illes Balears

Fuentes de financiación: capítulo IV FF 19021 y 20021

Descripción: subvención para fomentar la contratación en prácticas por parte de las entidades que conforman el sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (excepto los organismos autónomos y los consorcios), la Universidad de las Illes Balears y sus entidades dependientes o vinculadas, y los ayuntamientos que no hayan sido beneficiarios de una subvención en la línea 1 (línea II.1.6 del anexo del Plan Estratégico) en la convocatoria del SOIB Jóvenes Cualificados Entidades Locales 2018, de jóvenes con estudios universitarios o de formación profesional de grado superior, beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Objetivos y efectos: obtener práctica profesional adecuada al nivel de estudios o formación cursados

Coste: 5.500.000 € (2019: 4.620.000 €; 2020: 880.000 €)

Convocatoria: plurianual (2019-2020)

Incidencia en el mercado: mejora la posibilidad de empleo<A[empleo|ocupación]> de estos jóvenes en el ámbito profesional para el cual se han formado

2. Disponer que esta Resolución despliegue sus efectos desde su fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 6 de noviembre de 2018

La consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Administraciones Públicas

Catalina Cladera i Crespí