Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 11432
Bases reguladoras del XVI premio de relatos cortos Joan Castelló Guasch

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, a continuación se hacen públicas las bases reguladoras del XVI Premio de relatos cortos Joan Castelló Guasch, aprobados por resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud del Consell Insular de Eivissa, de fecha 5 de noviembre de 2018, siguientes:

BASES REGULADORAS DEL XVI PREMIO DE RELATOS CORTOS JOAN CASTELLÓ GUASCH

1. Justificación

El Consell Insular de Eivissa organiza este premio como homenaje a Joan Castelló Guasch (Eivissa, 1911, Palma, 1984). Castelló está considerado un importante prosista y folclorista; fue autor de los reconocidos tomos de rondalles eivissenques i formentereres y del almanaque El Pitiuso (que apareció entre 1945 y 1979); tuvo asimismo, un importante eco como autor de guías turísticas y como colaborador en la prensa local con artículos sobre aspectos lingüísticos, socioeconómicos y, sobre todo, con los relacionados con la cultura popular de las islas Pitiüses.

El artículo 70.18 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares dice que es competencia propia de los consejos insulares el fomento y difusión de la creación y producción literaria. Así mismo, la Ley 6/1994, de día 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes, atribuye a los consejos insulares la competencia en promoción sociocultural.

2. Objeto

El Consell Insular de Eivissa (CIE), a través de su Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, convoca la décimo sexta edición del Premio de relatos cortos Joan Castelló Guasch con el objeto de fomentar la creación literaria en la nuestra sociedad.

3. Participantes

Puede participar en este premio cualquier escritor/a en lengua catalana, mayord de edad, que haya nacido o resida en el Estado español.

4. Crédito presupuestario y cuantía del premio

La dotación del premio será de 2.500 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 3340 48100 de los vigentes presupuestos.

Además la obtención del premio supondrá la publicación, por parte del CIE, de la obra premiada. El importe del premio se ha de entender como pago de los derechos de autor/a de la primera edición.

La percepción de los premios estará sujeta a la normativa fiscal legal vigente.

5. Características formales de los trabajos a presentar

  • Las obras se han de presentar escritas en lengua catalana.
  • Ha de ser una recopilación de narraciones originales e inéditas del autor/a, y no puede haber estado premiado ni el conjunto de narraciones ni ninguna de estas individualmente en otros certámenes literarios.
  • La persona participante se responsabiliza (mediante la firma de la declaración responsable que figura en el anexo 1 de estas bases) que cada una de las narraciones presentadas son originales suyas (no publicadas en ningún formato) y no han estado premiadas en otros certámenes literarios. En caso de que posteriormente se demostrara que la obra ha estado plagiada, no es original o ha estado premiada con anterioridad, la persona que ha recibido el premio tendrá la obligación de reintegrarlo en la forma prevista en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • La recopilación presentada ha de estar formada por un mínimo de cinco relatos y un máximo de diez.
  • Cada relato ha de tener una extensión mínima de tres folios y un máximo de diez, en formato DIN-A4 y cuerpo de letra 12.
  • No se pueden presentar trabajos manuscritos.
  • No se admitirán narraciones que vayan firmadas por el/la autor/a.

6. Plazo de presentación de los trabajos y publicidad de la convocatoria

Se establece un plazo de diez (10) días hàbils, que se inicia al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB), para presentar los trabajos de la forma que establece la base 7.3.

Una vez aprobadas las bases, se publicarán en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. Posteriormente se remitirá la convocatoria y el extracto de la convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones que dará traslado al Butlletí Oficial de les Illes Balears del extracto para su publicación, tal como establece la normativa vigente de subvenciones. La eficacia de la convocatoria queda supeditada a la publicación del extracto en el BOIB.

7. Forma y lugar de presentación de los trabajos

7.1 Formato de los trabajos: Los originales se han de presentar en soporte digital (lápiz de memoria, CD, DVD) donde se incluirán los ficheros en formato PDF con todo el texto de los relatos. En los cuentos no han de constar agradecimientos de ningún tipo ni ningún otro dato que permita identificar al autor/a, solo el título.

7.2. Forma de presentación de los trabajos: Las personas participantes en este concurso literario deberán presentar la siguiente documentación:

- Instancia general del Consell Insular d’Eivissa, que se puede obtener en el Registro General de Entrada o en la página web www.conselldeivissa.es\Impresos. Deberán constar un nombre, un DNI, una dirección y un teléfono de contacto. Así mismo, es imprescindible que en aquesta instancia conste el título del conjunto de cuentos.

- Declaración responsable (anexo I de estas bases) de no estar sometido en ninguna de les prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, previstas en el articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal y autonómica, con la Seguridad Social y con este Consell Insular y que ninguna de las narraciones no ha estado publicada en ningún formato ni premiada en otros certámenes literarios.

- Hoja de solicitud de transferencia bancaria del Consell Insular d'Eivissa (se puede descargar de la web www.conselldeivissa.es/Impresos) o recogerse en la sede del Consell, debidamente cumplimentada y firmada por la persona interesada y sellada y firmada por la entidad bancaria.

- El trabajo en soporte digital presentado al premio.

7.3. Lugar de presentación de los trabajos: Los trabajos participantes en este Premi de relats curts Joan Castelló Guasch 2018 podrán presentarse:

7.3.1 En el Registro de Entrada del Consell Insular d’Eivissa, av. de España, 49, 07800, Eivissa, y en las otras formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También podrán registrarse las solicitudes vía telemática en la propia sede electrónica habilitada con tal finalidad finalidad de esta Corporación (https://seu.conselldeivissa.es), de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la mencionada Ley, donde podrá obtenerse el modelo de solicitud y los anexos correspondientes.

7.3.2. Si la solicitud se presenta en un lugar diferente del Consell Insular de Eivissa, las personas participantes deberán de enviar por correo electrónico la hoja de solicitud con el registro de entrada, en plazo, al correo electrónico sal.cultura@conselldeivissa.es.

8. Jurado del premio

El jurado del premio es el órgano colegiado que actúa como comisión evaluadora y al cual corresponden las funciones siguientes:

  • Evaluar y cualificar la creación literaria, el proceso de elaboración y otros aspectos lingüísticos y literarios que se consideren adecuados.
  • Constatar que las obras presentadas concuerdan con las características establecidas en la base 6.
  • Emitir un acta que servirá de base para elaborar la propuesta de resolución.

Participar en este Premio significa la aceptación de sus bases. El veredicto del jurado será inapelable y éste tiene la potestad tanto de proponer declararlo desierto como de concederlo ex aequo.

El jurado estará integrado por:

Presidente/a: Sr. Joan Cardona Torres, escritor ibicenco y ganador de este premio; suplente: Sra. Fani Tur Riera, escritora ibicenca y también ganadora del premio.

Vocales titulares: Tres personas de reconocido prestigio en el ámbito literario de la isla d’Eivissa:

- Sr. Bartomeu Ribes Guasch

- Sr. Joan Manuel Matoses Morant

- Sr Joan Amorós i Salinas

Vocales suplentes:

- Sr. Carles Torres Torres

- Sr. Albert Prats Costa

- Sr. Joan Antoni Roig Riera

Secretario/a: Joan-Albert Ribas Fuentes, funcionario del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud; suplente: Maria Antònia Costa Costa, funcionaria del mismo Departamento.

9. Instrucción y resolución

El Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud del Consell d’Eivissa será el competente para instruir el procedimiento de este concurso. Con fundamento en el acta del jurado y en la propuesta del órgano instructor, el premio se concederá mediante resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, todo de conformidad con el Decreto de Presidencia núm. 287/2015, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d’Eivissa (BOIB 103 de 10 de julio de 2015). Esta resolución se notificará a la persona ganadora y se publicará en el BOIB.

El plazo máximo de resolución de este procedimiento será de seis meses desde la publicación del extracto de la convocatoria al BOIB (art. 25.4 de la Ley 28/2003, general de subvencions).

10. Pago del premio

El pago del premio a la persona ganadora se hará mediante transferencia bancaria, en una cuenta que ha de ser de titularidad del ganador.

11. Derechos sobre los trabajos ganadores

La persona ganadora mantiene su derecho de autoría sobre la obra premiada y el Consell Insular de Eivissa se reserva el derecho de la primera edición de la mencionada obra.

12. Obligaciones de las persones participantes

El hecho de participar en este certamen literario supondrá la plena aceptación de estas bases, de manera que quedarán excluidas las obras y las personas participantes que no cumplan los requisitos que se establezcan en ellas.

Así mismo, la participación en este premio de relatos comporta la aceptación de las decisiones del jurado, que serán inapelables.

Igualmente será obligación de la persona ganadora estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y con el Estado español, con la Seguridad Social y con el mismo Consell Insular d’Eivissa y cumplir con lo dispuesto en el artículo 13 (Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora) y en el artículo 14 (Obligaciones de los beneficiarios) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como lo establecido en los artículos 10 y 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

13. Régimen jurídico

Esta convocatoria se regirá por las presentes bases, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley general de subvenciones y por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares.

La protección y el tratamiento de datos de carácter personal para la realización de las actividades objeto de este premio se realizarán de conformidad con las prescripciones contenidas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo de Europa, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en relación al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DOUE 4.5.2016), en el Real decreto ley 5/2018, de 27 de julio, de medidas urgentes para la adaptación del Derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de protección de datos, además de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD) i en el Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Lley orgánica 15/1999, en todo aquello que no contradiga la normativa comunitaria.

.14. Régimen de recursos

La resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud por la cual se aprueban estas bases reguladores no acaba la vía administrativa.

Contra dicha Resolución se podrá interponer ante la Presidencia del Consell Insular el recurso de alzada previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de estas bases reguladoras en el BOIB, todo ello en virtud de lo que disponen los artículos 22.3 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares, y el artículo 147.1 del Reglamento orgánico del Consell Insular d'Eivissa (publicado en el BOIB núm. 136 de 18/09/10, corrección en el BOIB núm. 148 de 14/10/10, modificación en el BOIB núm. 48 de 16/04/16). El recurso habrá de resolverse en el plazo de tres meses, transcurridos los cuales se entenderá desestimado y quedará abierta la vía contenciosa administrativa.

Todo eso sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.

Anexo I

CONVOCATORIA DE LA XVI EDICIÓN DEL PREMI DE RELATS CURTS JOAN CASTELLÓ GUASCH

DECLARACIÓN RESPONSABLE

Nombre:

NIF:

Hago la siguiente DECLARACIÓN RESPONSABLE al Consell Insular d'Eivissa:

1. Reúno todas y cada una de las condiciones exigidas para poder solicitar subvención/presentarme a este premio ante esta Corporación y no incurro en ninguna de las circunstancias de prohibiciones que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, para ser beneficiario/a, y me comprometo a mantener el cumplimiento de las anteriores condiciones durante el período de tiempo inherente al dicho reconocimiento o ejercicio, y en el caso que haya alguna variación, a comunicarlo a esta administración en el plazo no superior a tres días.

2. Me encuentro al corriente de las obligaciones tributarias ante la Administración tributaria (estatal y autonómica), ante la Seguridad Social y ante la hacienda del Consell Insular d’Eivissa, según lo establecido en la normativa vigente (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio; dispongo de la documentación que así lo acredita, y la pongo a disposición de la administración cuando me sea requerida; así mismo, me comprometo a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente al dicho reconocimiento o ejercicio, y en el caso que haya alguna variación, a comunicarlo a esta administración en el plazo no superior a tres días.

3. Ninguna de las narraciones ha estado publicada en ningún formato ni premiada en otros certámenes literarios.

POLÍTICA DE PRIVACIDAD

En virtud del artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD) y el artículo 12 del Real decreto 1720/2007, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo de Europa, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en relación al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DOUE 4.5.2016), y el Real decreto ley 5/2018, de 27 de julio, de medidas urgentes para la adaptación del Derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de protección de datos, le informamos que los datos de carácter personal que nos proporcione a través de esta convocatoria se incorporarán en el fichero de titularidad del Consell Insular de Eivissa con la finalidad de tramitar solicitudes de estos premios y la posterior publicación de les resoluciones correspondientes y de los trabajos premiados y no podrán usarse para ninguna otra finalidad diferente a la mencionada.

 

Las personas titulares de los datos objeto de tratamiento podrán ejercer los derechos de acceso, de rectificación, de portabilidad, de cancelación y de oposición en los términos establecidos por la LOPD, dirigiéndose por escrito al Consell Insular de Eivissa, av. España, 49, 07800 Eivissa. Asimismo, tienen derecho a presentar reclamación ante la autoridad de control.

(Firma)

___________________, ______ d ___________________ de 201___

Eivissa, 5 de noviembre de 2018

La secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud

Maria Catalina Tur Torres