Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA
Núm. 11427
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre la solicitud de la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada de la fábrica de bloques cerámicos y similares de Ladrillerías Mallorquinas SA, consistente en el desmantelamiento de una planta de almacenamiento y gasificación de gas natural licuado (M15/2017)
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto Legislativo 1/2016, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 27 de septiembre de 2018,
CONSIDERANDO
1. Que Ladrillerías Mallorquinas SA ha solicitado una modificación no sustancial de la Autorización Ambiental Integrada de la fábrica de bloques cerámicos y similares (IPPC 01/2006) consistente en el desmantelamiento de una planta de almacenamiento y gasificación de gas natural licuado (GNL).
2. Que la documentación aportada justifica que se trata de una modificación no sustancial, en cumplimiento del art. 10 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre.
3. Que los informes emitidos por los diferentes organismos son favorables y dan cobertura a la propuesta.
ACUERDA
Otorgar la modificación no sustancial de la Autorización Ambiental Integrada de la fábrica de bloques cerámicos y similares de Ladrillerías Mallorquinas S.A. (IPPC 01/2006), consistente en el desmantelamiento de una planta de almacenamiento y gasificación de gas natural licuado.
La ejecución de la obra se hará según las condiciones indicadas en el proyecto técnico de desmantelamiento que acompaña la solicitud y con sujeción a las siguientes condiciones:
1.Se ha de actualizar el Plan de autoprotección adecuándolo a su nueva situación actual y se registrará en la Dirección General de Emergencias e Interior.
2.Se modifica el condicionante 5. Consumos donde se sustituye el GNL por Gas Natural en la tabla, así como su consumo anual:
"5. Consumos
Se estima que los consumos de materias primas, auxiliares y materias de adición previstos en el proyecto serán los siguientes:
Materia prima |
Consumo anual |
---|---|
Arcillas |
360.000 t |
Agua |
147.532 t |
Poliestireno |
20 t |
Maderas (palets) |
300 t |
Plásticos |
250 t |
Ácido clorhídrico |
150 t |
Cáscara de almendra |
300 t |
Gas natural |
20.000.000 Nm3 |
Fueloil |
800 t |
Gasoil B |
1.500.000 l |
Butano |
4 t |
Styroporo |
3 t |
Fibra cerámica |
8 t |
Acetileno |
60 kg |
Oxígeno |
130 kg |
Nitrógeno |
260 t |
Potencia eléctrica |
5.200 kW |
Potencia térmica de cogeneración |
7.000 |
“
3.Se modifica el condicionante 8.2 donde se identifican las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera para introducir una aclaración sobre el foco FC-11:
"8.2. Identificación de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera
La instalación en conjunto está clasificada como Actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera del grupo A, código 03 03 19 01 "Producción de ladrillos, tejas u otros materiales de construcción no especificados en otros epígrafes con capacidad de producción => 75t / día ", según el anexo del Real decreto 100/2011.
En la tabla siguiente se indican las actividades existentes y su clasificación:
Núm. foco |
Descripción actividad |
Código APCA |
Grupo APCA |
Observaciones |
---|---|---|---|---|
FC1 |
Horno túnel línea A Producción de ladrillos, tejas u otros materiales de construcción asimilables no especificados en otros epígrafes con capacidad de producción >= 75t/día |
03 03 19 01 |
A |
7 quemadores |
FC2 |
Horno Hoffman línea B Producción de ladrillos, tejas u otros materiales de construcción asimilables no especificados en otros epígrafes con capacidad de producción < 75t/día y >= 25t/día o >= 10t/día en el caso de utilizar hornos que usen combustibles sólidos o líquidos |
03 03 19 02 |
B |
5 quemadors |
FC3 |
Horno túnel línea C Producción de ladrillos, tejas u otros materiales de construcción asimilables no especificados en otros epígrafes con capacidad de producción >= 75t/día |
03 03 19 01 |
A |
9 quemadors |
FC4 |
Prehorno línea C Producción de ladrillos, tejas u otros materiales de construcción asimilables no especificados en otros epígrafes con independencia del tipo de combustible empleado |
03 03 19 03 |
C |
1 quemador en vena |
FC5 |
Secador línea A Equipos de secado, granulado o similares o de aplicación de calor por contacto directo con gases de combustión, no especificados en otros epígrafes, de potencia térmica nominal >= 70 kWt y < 2,3 MWt |
03 03 26 36 |
C |
1 quemador |
FC6 |
Secadores línea B (1-6) Hornos de procesos sin contacto. Otros hornos sin contacto no especificados en otros epígrafes con potencia térmica nominal <= 2,3 MWt y > 70 kWt |
03 02 05 10 |
C |
Aire de enfriamiento del horno línea B |
FC7 |
Generadores de calor (secadores 7-9) Calderas de potencia térmica nominal <= 2,3 MWt y > 70 kWt |
03 01 03 03 |
C |
2 intercambiadores de calor |
FC8 |
Secador línea C Equipos de secado, granulado o similares o de aplicación de calor por contacto directo con gases de combustión, no especificados en otros epígrafes, de potencia térmica nominal >= 70 kWt y < 2,3 MWt |
03 03 26 36 |
C |
6 quemadores en vena |
FC-9 |
Cogeneración 1 Motores de combustión interna de potencia térmica nominal <=5 MWt y >= 1 MWt. |
03 01 05 03 |
C |
1 motor gas (1.973kWt) |
FC-10 |
Cogeneración 2 Motores de combustión interna de potencia térmica nominal <=20 MWt y > 5 MWt. |
03 01 05 02 |
B |
2 motores de gas + 1 motor de gasoil (3.946 kWt + 2.188 kWt) |
FC11 |
Calderas gas natural Calderas de potencia térmica nominal <= 2,3 MWt y > 70 kWt |
03 01 03 03 Baja desde diciembre 2016 |
C |
2 grupos de 4 calderas (total 1008 kw) |
FC12 |
Retractilado línea C Otros equipos de combustión no especificados anteriormente de potencia térmica nominal <= 2,3 MWt y >= 100 kWt |
03 01 06 03 |
C |
línea C (1 quemador atmosférico 400 kw) GN |
FC13 |
Retractilado línea A-B Otros equipos de combustión no especificados anteriormente de potencia térmica nominal < 100 kWt |
03 01 06 04 |
- |
Butano línea A-B |
FNC1 |
Apilamiento en patio Almacenaje u operaciones de manipulación, mezclado, separación, clasificación, transporte o reducción de tamaño de materiales pulverulentos en la industria de ......o restos de actividades diversas no especificadas en otros epígrafes en instalaciones industriales, ... con capacidad de manipulación de estos materiales >= 1.000 t/día |
04 06 17 50 |
B |
Emisiones difusas |
FNC2 |
Molienda Almacenaje u operaciones de manipulación, mezclado, separación, clasificación, transporte o reducción de tamaño de materiales pulverulentos en la industria de ......o restos de actividades diversas no especificadas en otros epígrafes en instalaciones industriales, ... con capacidad de manipulación de estos materiales >= 200 t/día y < 1.000 t/día |
04 06 17 51 |
C |
Emisiones difusas |
4.Se modifica el condicionante 8.4.11 para indicar que las calderas están de baja:
"8.4.11. Calderas para calentar gas natural (FC-11)
Los equipos están de baja desde 31 de diciembre de 2016. "
En cumplimiento del artículo 82 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares, para el inicio y desarrollo de la actividad , el titular deberá presentar una declaración responsable de inicio y ejercicio de la actividad ante la consejería competente en materia de medio ambiente, acreditativa de las obras realmente ejecutadas y, si es necesario, las variaciones entre el proyecto presentado en la solicitud y lo realmente ejecutado.
La declaración responsable deberá acompañar del certificado final de obra del técnico director.
5.Antes del inicio del desmantelamiento, si procede, se deberá presentar el informe preliminar del suelo, en cumplimiento del RD 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminadoras del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados (BOE núm. 15 de 18/01/2005) "
Palma, a 8 de octubre de 2018
El presidente de la CMAIB
Antoni Alorda Vilarrubias