Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES
Núm. 11418
Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes para la que se conceden ayudas destinadas a la prensa de carácter local y a la de temática especializada escritas en lengua catalana en las Islas Baleares
Hechos
El 9 de junio de 2018 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 5 de junio de 2018 por la que se convocan ayudas destinadas a la prensa de carácter local y a la de temática especializada escritas en catalán en las Islas Baleares.
El 18 de julio de 2018 se constituyó la Comisión de Evaluación para examinar las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria y elaborar la lista provisional de admitidos y excluidos con los motivos de exclusión, que se publicó el mismo día 18 de julio. Los interesados dispusieron de un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la publicación para enmendar las deficiencias detectadas.
El 8 de agosto de 2018 la Comisión de Evaluación se reunió para valorar la documentación aportada por los solicitantes y elaborar la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se hizo pública acto seguido.
El 3 de octubre de 2018 la Comisión de Evaluación se reunió para valorar la documentación aportada por los solicitantes y calcular el importe que tiene que recibir cada beneficiario, de acuerdo con la puntuación obtenida a partir del baremo especificado en el punto 14 de la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 5 de junio de 2018. La Comisión de Evaluación elaboró el informe preceptivo que sirvió de base a la propuesta de resolución.
La propuesta de resolución de la directora general de Política Lingüística para adjudicar las ayudas destinados a la prensa de carácter local y a la de temática especializada escritas en catalán en las Islas Baleares para el año 2018 se publicó a la página web de la Dirección General de Política Lingüística (http://dgpoling.caib.cat) y en el tablón de anuncios de la Consejería Cultura, Participación y Deportes el día 15 de octubre de 2018.
Según establece el punto 15.2 de las bases de la convocatoria, los beneficiarios tienen que comunicar a la Dirección General de Política Lingüística si aceptan la subvención o renuncian. En cualquier caso, si en el plazo de ocho días hábiles desde la publicación de la propuesta de resolución el beneficiario no hace constar lo contrario, se entenderá que acepta la subvención que se le ha adjudicado. Una vez transcurrido el plazo establecido, ninguno de los beneficiarios ha renunciado a la subvención.
Los beneficiarios de estas subvenciones no están sometidos a prohibiciones para ser beneficiarios y se encuentran al corriente de sus obligaciones con la hacienda autonómica y con la de la Administración del Estado, y también con la Seguridad Social, lo cual ha comprobado la Administración y queda constancia en el expediente.
Hay crédito adecuado y suficiente en las partidas presupuestarias 26401 455B01 47000 00 y 26401 455B01 48000 00 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2018.
Fundamentos de derecho
Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística en las Islas Baleares.
Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 9/2017, de 7 de abril.
Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de diciembre de 2010 por el que se recibe el Plan General de Normalización Lingüística aprobado para el Consejo Social de la Lengua Catalana el 18 de junio de 2009.
Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 5 de junio de 2018 por la que se convocan ayudas destinadas a la prensa de carácter local y a la de temática especializada escritas en catalán en las Islas Baleares.
Propuesta de resolución de la directora general de Política Lingüística de 8 de octubre de 2018 para adjudicar las ayudas destinadas a la prensa de carácter local y a la de temática especializada escritas en catalán en las Islas Baleares para el año 2018.
Por todo eso, dicto la siguiente
Resolución
1. Conceder una subvención y autorizar y disponer el gasto a favor de las siguientes entidades con cargo a la partida presupuestaria 26401 455B01 47000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2018:
Solicitante |
NIF o CIF |
Medio |
Tipo |
Importe |
---|---|---|---|---|
Agencia Interactiva Balear, SL |
B57689853 |
ArtsMallorca.com |
Especializada |
4.000,00 |
Catorceno Produccions S.L |
B57501546 |
Hiperbòlic |
Especializada |
5.849,00 |
Cent per Cent Manacor, CB |
E57936577 |
Cent per Cent |
Prensa local |
12.423,18 |
Dau Produccions, SL |
B57601874 |
Nan Ventura |
Especializada |
314,46 |
David Pérez Tomàs |
43135486K |
Gastronòmicament |
Especializada |
951,89 |
Diario de Ibiza |
A07433444 |
Mola |
Especializada |
7.500,00 |
Ediciones Jemma, SL |
B78159142 |
Setmanari Sóller i setmanarisoller.cat |
Prensa local |
11.719,98 |
El Gall Editor, SL |
B07740699 |
Punt Informatiu Pollença |
Prensa local |
13.829,58 |
Inforaiguer, Soc. Coop. |
F57078644 |
Sa Plaça |
Prensa local |
11.016,78 |
Maria Jose Ferri Vizcaíno |
20436564Y |
Apunt Menorca |
Especializada |
4.000,00 |
Mateu Juan Florit |
41284230N |
L'Estel |
Prensa local |
4.219,20 |
Miquel Pol Alorda |
42971296M |
www.firesifestesdemallorca.com |
Especializada |
4.000,00 |
Pere Josep Garcia Munar |
43154005W |
Pesca d'Illes |
Especializada |
3.210,00 |
Setmanaris i Revistes, SL |
B07728876 |
El Iris |
Prensa local |
8.907,19 |
Teclejat Digital, S.L. |
B16535239 |
defrancdigital.com |
Prensa local |
2.758,20 |
Toni Seguí Seguí |
41494744G |
Revista S’Auba |
Prensa local |
1.875,20 |
Tracalics, SL |
B57690224 |
Art-Xipèlag |
Especializada |
2.306,98 |
2. Conceder una subvención y autorizar y disponer el gasto a favor de las siguientes entidades con cargo a la partida presupuestaria 26401 455B01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2018:
Solicitante |
NIF o CIF |
Medio |
Tipo |
Importe |
---|---|---|---|---|
Agrupació Cultural de Porreres |
G07566839 |
Llum d’Oli |
Prensa local |
3.281,59 |
Associació Coanegra |
G07627656 |
Coanegra |
Prensa local |
3.281,59 |
Associació Cultural Bona Pau de Montuïri |
G16514093 |
Revista Bona Pau |
Prensa local |
4.742,40 |
Associació Cultural Es Majoral |
G07491558 |
Dies i Coses |
Prensa local |
5.059,51 |
Associació Cultural Fent Carrerany |
G07487796 |
Fent Carrerany |
Prensa local |
3.750,40 |
Associació Cultural n’Alí |
G07942014 |
N’Alí |
Prensa local |
5.000,00 |
Associació Cultural Setmanari Felanitx |
G57717944 |
Setmanari Felanitx |
Prensa local |
5.000,00 |
Associació Cultural Veu de Sóller |
G07631260 |
Sa Veu |
Prensa local |
11.719,98 |
Associació El Mirall |
G07278385 |
Revista El Mirall |
Especializada |
5.000,00 |
Associació Mel i Sucre |
G07429327 |
Mel i Sucre |
Prensa local |
6.546,80 |
Associació S´Ull de Sol |
G07875768 |
S'ull de sol |
Prensa local |
4.219,20 |
Centre Cultural de Sencelles |
V07748247 |
Sa Sella |
Prensa local |
4.145,88 |
Fundació Ateneu Pere Mascaró |
G57792798 |
laltramirada.cat |
Especializada |
2.867,67 |
Fundació Revista Bellpuig |
G57563108 |
Revista Bellpuig |
Prensa local |
5.000,00 |
Obra Cultural Balear |
G07070196 |
Campanet |
Prensa local |
3.984,79 |
Obra Cultural Balear |
G07070196 |
Díngola |
Prensa local |
4.704,96 |
Obra Cultural Balear |
G07070196 |
Es Saig |
Prensa local |
7.500,00 |
Obra Cultural Balear |
G07070196 |
Llucmajor de Pinte en Ample |
Prensa local |
4.219,20 |
Obra Cultural Balear |
G07070196 |
Ressò de Campos |
Prensa local |
6.094,39 |
Xerra i Xala |
G07910987 |
Xerra i Xala |
Prensa local |
5.000,00 |
3. Denegar una subvención a los solicitantes siguientes:
Solicitante |
NIF o CIF |
Medio |
Tipo |
Motivos de exclusión |
---|---|---|---|---|
Santuario de Lluc |
R0700157A |
Comunicación Lluc |
Prensa local |
- Falta la documentación necesaria para identificar al solicitante. - No acredita estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado. |
4. Informar a los beneficiarios de que el pago de la subvención se hará de acuerdo con lo que dispone el apartado 16 del anexo 1 de la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 5 de junio de 2018.
5. Comunicar a los beneficiarios que la aceptación de la subvención implica el cumplimiento de las obligaciones recogidas en el apartado 10 del anexo mencionado.
6. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Cultura, Participación y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 31 de octubre de 2018
La consejera de Cultura, Participación y Deportes Francesca Tur Riera