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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 11394
Convocatoria de concesión de ayudas para adquisición de libros de texto de un máximo de 100,00 € cada una para alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia que dentro del curso 2018-2019 curse 1º, 2º, 3º o 4º de ESO

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La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2018, aprobó la siguiente:

"Convocatoria de concesión de ayudas para adquisición de libros de texto de un máximo de 100,00 € cada una para alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia que dentro del curso 2018-2019 curse 1º, 2º, 3º o 4º de ESO

1. OBJETO

1.1. El objetivo de esta convocatoria es dar apoyo económico a alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, que dentro del curso 2018-2019 curse 1º, 2º, 3º o 4º de ESO y no esté adherido al Programa de reutilización de libros de su centro. Este apoyo será del importe gastado en la compra de libros hasta un máximo de 100,00 euros para cada solicitante.

1.2. Actualmente el Programa de reutilización de libros de texto está plenamente integrado en los centros de primaria del municipio de Sant Josep de sa Talaia y al efecto anualmente el Ayuntamiento destina una subvención a los centros para que puedan ampliar o renovar lotes de libros, según las necesidades existentes.

1.3. A pesar de que la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 24 de abril de 2009 (BOIB núm. 63 Ext., de 29 de abril) regula la implantación del Programa de reutilización y la creación de un fondo de libros de texto y material didáctico para la educación secundaria obligatoria en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de las Islas Baleares, en los centros de educación secundaria obligatoria ha resultado más complicado instaurar este Programa, por lo que las familias de los centros de secundaria que no tienen instaurado este Programa se han visto obligadas a sufragar el coste total de los libros de sus hijos. Un coste muchas veces difícil de asumir por las precarias economías familiares.

1.4. Es por este motivo que la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Sant Josep convoca para el curso 2018/2019 ayudas económicas para adquisición de libros de texto de un máximo de 100,00 € cada una para alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, que dentro del curso 2018-2019 curse 1º, 2º, 3º o 4º de ESO.

1.5. Estas ayudas van dirigidas a la compra de libros de texto de carácter obligatorio para alumnos que cursen estos estudios y cubrirá hasta un máximo de 100,00 € por alumno. No son objeto de estas ayudas la compra de otros materiales escolares complementarios.

1.6. No podrán beneficiarse de estas ayudas el alumnado de secundaria, adherido al Programa de reutilización de libros de texto y material didáctico en la educación secundaria obligatoria en centros docentes públicos de las Islas Baleares de su centro, en su caso, ya que para este caso específico ya hay otra convocatoria de ayudas.

2. RÉGIMEN APLICABLE

2.1. La presente convocatoria se somete a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, a la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia (BOIB núm. 66, de 30 de mayo de 2017) y al Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia para los años 2018/2019 (BOIB núm. 85, de 10 de julio de 2018).

2.2. Estas ayudas están exentas de retención del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en virtud del artículo 7.j de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobres sociedades, sobre la renta de no residentes y sobre el patrimonio (BOE núm. 285, de 29-11-06). Asimismo, es de aplicación la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE núm. 298, de 14-12-99, y suplemento en catalán núm. 17, de 30 -12-99).

2.3. Esta convocatoria se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento; en el de la página web del Ayuntamiento y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Josep (www.santjosep.org), y será publicada en el BOIB y en la BDNS.

3. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA

La cuantía máxima de las ayudas que se podrá conceder en esta convocatoria es de 35.000,00 €, con cargo a la partida 326 148 033 con fondos de financiación municipal.

4. CONDICIONES GENERALES DE LOS SOLICITANTES

Podrá acogerse a esta convocatoria alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia que dentro del curso 2018-2019 curse 1º, 2º, 3º o 4º de ESO y no esté adherido al Programa de reutilización de libros de texto y material didáctico en la ESO de su centro. El alumnado que desee acogerse a esta convocatoria deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar empadronado de manera continuada en el municipio de Sant Josep de sa Talaia desde, como mínimo, antes del 01/01/2017.

b) Cursar, dentro del curso 2018-2019, 1º, 2º, 3º o 4º de ESO y no estar adherido al Programa de reutilización de libros de texto y material didáctico en la ESO de su centro.

c) La unidad familiar de la que forman parte deberá haber tenido durante el año 2017, como máximo, los siguientes ingresos:

Número de hijos

Ingresos iguales o inferiores a

Uno o dos hijos

39.625,6 €

De tres a cuatro hijos

59.438,4 €

De cinco a seis hijos

79.251,2 €

De siete a ocho hijos

99.064,00 €

Nueve o más hijos

108.970,4 €

d) Hallarse el beneficiario al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el mismo Ayuntamiento de Sant Josep.

e) No encontrarse el beneficiario incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

f) Acreditar el cumplimiento de obligaciones en materia de reintegro de subvenciones que establece el Art. 25 del RLGS.

5. RÉGIMEN DE LAS AYUDAS

5.1. La concesión de la subvención se llevará a cabo mediante el régimen de concurrencia no competitiva. Sólo podrán obtener subvención aquellos solicitantes que, reuniendo los requisitos exigidos, cumplan las condiciones señaladas en la base 4.

5.2. Se establece como único medio de notificación de todos los actos de trámite y resolutorios o definitivos del presente procedimiento, el tablón de anuncios del Ayuntamiento; el de la página Web del Ayuntamiento y el de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Josep (www.santjosep.org).

5.3. En caso de que el total de ayudas que deban conceder supere la consignación presupuestaria, se reducirán proporcionalmente las cantidades concedidas.

5.4. Las ayudas objeto de esta convocatoria son compatibles con otras ayudas efectuadas por cualquier otra administración pública o institución privada, siempre que su importe sea de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones no supere el coste total de la actividad. Será obligación de los beneficiarios de las ayudas informar de todas las subvenciones recibidas con destino a la actividad objeto de subvención.

6. SOLICITUD, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN

6.1. Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Sant Josep y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia o en la forma establecida en el Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En este caso se deberá pasar aviso por correo electrónico a la dirección: normalitzacio@santjosep.org.

6.2. Los solicitantes de la subvención deberán adjuntar a la solicitud (Anexo I) la siguiente documentación:

a) Identificación de quien suscribe la solicitud y especificación del carácter con que lo hace, mediante fotocopia de su DNI, NIF u otro documento acreditativo.

b) Copia del DNI, NIF u otro documento acreditativo del menor, en su caso, para el que se solicita la ayuda.

c) Copia del Libro de Familia o documento que acredite:

- la relación de parentesco o de tutoría entre la persona que suscribe la petición y el menor, en su caso.

- el número de hermanos que conforman la unidad familiar.

d) A los efectos de acreditar los componentes de la unidad familiar en el caso de que los padres o tutores estén legalmente separados o divorciados, deberán adjuntarse a la solicitud las sentencias de separación / divorcio completas.

e) En el caso de que uno de los padres o tutores sea viudo deberán presentar la partida de defunción que lo acredite o el libro de familia con la inscripción del fallecimiento del cónyuge.

f) Aquellas unidades familiares en las que los progenitores o tutores legales no tengan regulada su separación deberán firmar declaración de responsabilidad relativa a los componentes de la unidad familiar (ver anexo II).

g) Para acreditar la renta de la unidad familiar: copia de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio fiscal 2017 del padre y de la madre o de los tutores del solicitante o autorización al Ayuntamiento de Sant Josep para acceder a la información fiscal de la persona o personas interesadas (véase anexo III). En los casos de nulidad matrimonial, separación o divorcio, se tendrá en cuenta la renta de quien tenga el ejercicio de la guardia y custodia, que se acreditará mediante sentencia judicial, libro de familia u otra documentación legal).

h) Declaración responsable de que el menor para el que se solicita la ayuda está empadronado de manera continuada en el municipio de Sant Josep de sa Talaia desde, como mínimo, antes del 01/01/17 (ver anexo IV).

i) Declaración responsable del padre, madre o tutor/a legal del menor para el que se solicita la ayuda de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Sant Josep y autorización al Ayuntamiento para solicitar a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social los datos fiscales del solicitante, que sean necesarios (ver anexo IV).

j) Declaración responsable del padre, madre o tutor/a legal del menor para el que se solicita la ayuda, de no encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y cumplir las obligaciones en materia de reintegro de subvenciones (ver anexo IV).

k) Certificado del centro escolar en el que esté matriculado el alumno/a, que acredite el curso que está realizando el alumno/a dentro del período escolar 2018-2019 y que este/a alumno/a no está adherido/a al Programa de reutilización de libros de texto y material didáctico en la ESO (en caso de estar adherido su centro).

l) Factura original justificativa de haber abonado los libros de texto, con acreditación del pago según base 9. La factura, en caso de alumnado menor de edad, irá a nombre del padre, madre o tutor/a legal o a nombre del alumno/a.

m) Impreso de transferencia bancaria facilitado por el Ayuntamiento debidamente cumplimentado con los datos bancarios actualizados. En caso de haberlo presentado en otras ocasiones no será necesario volverlo a presentar.

n) Declaración de las subvenciones recibidas o solicitadas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la entidad local, las que se obtengan en el futuro (anexo V).

Si los documentos exigidos en la solicitud ya se hubieran presentado en el Ayuntamiento en otra ocasión, el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el artículo 53.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o emitidos.

En caso de ser menor de edad, la solicitud deberá ser firmada por el padre, madre o tutor legal.

6.3. Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOIB.

6.4. Enmiendas de defectos de las solicitudes

Si la solicitud no cumple los requisitos establecidos en la normativa de la convocatoria, el órgano instructor requerirá, según establece la base 5.2, al interesado que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días y le debe indicar que, si no lo hace, se le tendrá por desistido de solicitud, previa resolución que se dictará en los términos previstos en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

7. ÓRGANO COLEGIADO

7.1. El órgano colegiado realizará la valoración técnica de las solicitudes y elevará el informe al órgano instructor, el cual formulará propuesta de resolución, que cuando sea definitiva, elevará al órgano resolutorio para las oportunas concesiones de subvenciones.

7.2. Estará formado por los siguientes miembros:

Presidencia: la concejala de Educación o persona en quien delegue.

Vocales:

- la concejala de Cultura o persona en quien delegue

- un/a técnico/a de Administración General del Ayuntamiento

- un miembro del personal administrativo del Departamento de Educación y Cultura

- Secretario/a: la de la corporación o persona en quien delegue

 El órgano colegiado tiene atribuidas las siguientes funciones:

a) Analizar y valorar las solicitudes de acuerdo con los requisitos establecidos en la base 4.

b) Formular el informe de evaluación y elevarlo al órgano instructor.

8. INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN

8.1. El órgano instructor del procedimiento será un/a técnico/a del Departamento de Educación, que tiene atribuidas las funciones establecidas en el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones y artículo 12 de la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que deberá notificarse a los interesados ​​concediéndoles un plazo de 10 días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la propuesta, para presentar alegaciones y, en su caso, requerirles para la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos afirmadas en la declaración.

Finalizado este plazo y examinadas las alegaciones que, en su caso, hubieran presentado los interesados, el órgano instructor, con el informe previo del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar la relación de personas solicitantes para las que se propone la concesión de la ayuda.

La propuesta de resolución definitiva se elevará al órgano competente para resolver, que dictará resolución definitiva con la lista de solicitantes que hayan obtenido ayudas y la cuantía de las ayudas concedidas, que se notificará de conformidad con lo expuesto en la base 5.2.

La resolución de concesión, de acuerdo con el artículo 14a) de la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep, deberá contener la relación de beneficiarios a los que se otorga ayuda con las cuantías individualizadas así como la desestimación y la no concesión, por desistimiento, renuncia al derecho o imposibilidad material sobrevenida de las solicitudes no atendidas.

8.2. El órgano competente para resolver las convocatorias de subvenciones es el alcalde de Sant Josep de sa Talaia, sin perjuicio de que pueda ser asistido por la Junta de Gobierno Local, según las atribuciones que le confiere el artículo 23.2a) de la Ley 7 /1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y en relación con el artículo 10.4 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.

La resolución será pública de conformidad con lo previsto en el artículo 18.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y artículo 17 de la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep.

El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento es de seis meses desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.

9. FACTURA JUSTIFICATIVA

9.1. Las facturas originales y otros documentos de valor probatorio equivalente serán estampillados por el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia y se indicará el importe de la factura que justifica la subvención.

9.2. Se deberá acreditar el pago de la factura justificativa con anterioridad a la finalización del período de solicitud de la subvención.

9.3. El pago de la factura se acreditará de la siguiente manera:

La acreditación del abono del gasto del proyecto se llevará a cabo a través de la documentación que a continuación se indica, dependiendo de los medios de pago que se hayan utilizado:

a) Pago en efectivo: factura, firmada y sellada por el proveedor, en la que se especificará el gasto a la que corresponde el pago, la fecha y la expresión «recibido en metálico», «pagado en metálico»,« pagado »o similar.

b) Pago mediante tarjeta de crédito:

- Ticket de compra en el que figure el pago con tarjeta.

- Ticket de compra y resguardo del pago con tarjeta en caso de que no figure en el ticket de compra.

- Extracto de la cuenta en la que figure el cargo de pago con tarjeta. El extracto de la cuenta puede sustituirse por un certificado o título similar de la entidad bancaria en la que, como mínimo, conste el titular y el número de cuenta corriente en la que se carga el pago de la tarjeta, la persona beneficiaria, el concepto por el que se hace la transferencia y el importe y la fecha de la operación.

c) Pago mediante transferencia bancaria o ingresos en una cuenta bancaria:

- Copia del justificante de la orden de transferencia bancaria o del documento bancario acreditativo del pago en el que figuren el concepto de la transferencia o el ingreso, la fecha del documento, el importe, la identificación del concepto, a fin de que quede identificado el pago de la factura, y los datos del ordenante y del destinatario, que deben coincidir con la persona beneficiaria y con el emisor de la factura, respectivamente.

- Extracto de la cuenta bancaria de la persona beneficiaria de la ayuda en el que figure el cargo de esta transferencia.

d) Pago mediante cheque nominativo:

- Copia del cheque nominativo o pagaré nominativo emitido a nombre del proveedor que expide la factura o documento equivalente, siempre que esté vencido.

- Extracto de la cuenta corriente de la persona beneficiaria de la ayuda en el que figure el cargo de este cheque o pagaré.

e) Pago mediante pagarés, letras de cambio o similares:

- Documento acreditativo del cargo en cuenta del efecto mercantil.

- Extracto de la cuenta en la que figure el cargo del efecto mercantil.

Esta documentación se puede sustituir por un certificado o documento similar emitido por la entidad bancaria que contenga el titular y el número de cuenta en el que se ha cargado el efecto mercantil, el librador y el librado de la letra de cambio, la persona beneficiaria, el concepto por el que se hace el efecto mercantil, el importe de la letra de cambio y la fecha de emisión de la letra y del abono por parte del librado.

f) Pago mediante domiciliación bancaria:

- Notificación bancaria del cargo.

- Extracto bancario en el que figure el cargo de la domiciliación.

Esta documentación se puede sustituir por un certificado o título similar de la entidad bancaria en la que conste el titular y el número de la cuenta corriente en la que se ha hecho el cargo y el ordenante del cargo, la persona beneficiaria, el concepto por el que se hace el cargo y el importe y la fecha de la operación.

10. DIFUSIÓN DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA

Por la naturaleza de esta subvención no es preceptivo establecer medidas de difusión de la subvención concedida para el beneficiario.

11. RÉGIMEN DE RECURSOS

Contra la resolución que recaiga en este procedimiento, que pondrá fin a la vía administrativa, podrán interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

- El recurso de reposición, potestativo, ante el órgano que dictará la resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

- O, directamente, el recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la notificación del acuerdo. "

Lo que se hace público para general conocimiento.

   

ANEXO I

SOLICITUD DE AYUDAS PARA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO DE UN MÁXIMO DE 100,00 € CADA UNA PARA ALUMNADO EMPADRONADO EN EL MUNICIPIO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA QUE DENTRO DEL CURSO 2018-2019 CURSÓ 1º, 2º, 3º O 4º DE ESO.

Solicitante (datos del padre, madre o tutor/a, en caso de que el estudiante sea menor de edad):

Nombre y apellidos del solicitante:

DNI solicitante:

Domicilio solicitante:

Teléfono:

Correo electrónico:

DATOS DE SU HIJO/A O TUTELADO/DA (datos alumnado al que se han comprado libros de texto):

Nombre y apellidos del estudiante:

DNI del estudiante:

Domicilio del estudiante:

Centro donde estudia:

Curso que está realizando:

Parentesco con el solicitante:

EXPONE:

1. Que he tenido conocimiento de la convocatoria de concesión de ayudas para adquisición de libros de texto de un máximo de 100,00 € cada una para alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia que dentro del curso 2018-2019 curse 1º, 2º, 3º o 4º de ESO

2. Que mi hijo/a o tutelado/a durante el curso 2018-2019 realizará estudios del siguiente tipo:

□ 1º ESO

□ 2º ESO

□ 3º ESO

□ 4º ESO

3. Que mi hijo/a o tutelado/a no está adherido/a al Programa de reutilización de libros de texto y material didáctico en la ESO.

SOLICITO:

Una ayuda económica por la cantidad de............... euros, en concepto de ayudas para adquisición de libros de texto de un máximo de 100,00 € cada una para alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia que dentro del curso 2018-2019 cursen 1º, 2º, 3º o 4º de ESO

Asimismo, adjunto:

□ Identificación de quien suscribe la solicitud y especificación del carácter con que lo hace, mediante copia de su DNI, NIF u otro documento acreditativo.

□ Copia del DNI, NIF u otro documento acreditativo del menor, en su caso, para el que se solicita la ayuda.

□ Copia del Libro de Familia o documento que acredite:

- la relación de parentesco o de tutoría entre la persona que suscribe la petición y el menor, en su caso.

- el número de hermanos que conforman la unidad familiar.

□ Sentencia de separación / divorcio completas, en su caso, a los efectos de acreditar los componentes de la unidad familiar en el caso de que los padres o tutores estén legalmente separados o divorciados.

□ Partida de defunción que lo acredite o el libro de familia con la inscripción del fallecimiento del cónyuge, en caso de que uno de los padres o tutores sea viudo.

□ Declaración de responsabilidad relativa a los componentes de la unidad familiar firmada (ver anexo II), en aquellas unidades familiares en las que los progenitores o tutores legales no tengan regulada su separación.

□ Copia de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio fiscal 2017 del padre y de la madre o de los tutores del solicitante o autorización al Ayuntamiento de Sant Josep para acceder a la información fiscal de la persona o personas interesadas (ver anexo III) para acreditar la renta de la unidad familiar. En los casos de nulidad matrimonial, separación o divorcio, se tendrá en cuenta la renta de quien tenga el ejercicio de la guardia y custodia, que se acreditará mediante sentencia judicial, libro de familia u otra documentación legal).

□ Declaración responsable de que el menor para el que se solicita la ayuda está empadronado de manera continuada en el municipio de San Josep de sa Talaia desde, como mínimo, desde antes del 01/01/17 (ver anexo IV).

□ Declaración responsable del padre, madre o tutor legal del menor para el que se solicita la ayuda de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el mismo Ayuntamiento de Sant Josep y autorización al Ayuntamiento para solicitar a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social los datos fiscales del solicitante, que sean necesarios (ver anexo IV).

□ Declaración responsable del padre, madre o tutor legal del menor para el que se solicita la ayuda, de no encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad; cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y cumplir las obligaciones en materia de reintegro de subvenciones (ver anexo IV).

□ Certificado del centro escolar en el que esté matriculado el alumno/a, que acredite el curso que está realizando el alumno/a dentro del período escolar 2018-2019 y que este/a alumno/a no está adherido/a al Programa de reutilización de libros de texto y material didáctico de la ESO de su centro, (en caso de estar adherido su centro).

□ Factura original justificativa de haber abonado los libros de texto, con acreditación del pago según base 9. La factura, en caso de alumnado menor de edad, irá a nombre del padre / madre o tutor /a o a nombre del alumno/a.

□ Impreso de transferencia bancaria facilitado por el Ayuntamiento debidamente cumplimentado con los datos bancarios actualizados. En caso de haberlo presentado en otras ocasiones no será necesario volverlo a presentar.

□ Declaración de las subvenciones recibidas o solicitadas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la entidad local, las que se obtengan en el futuro (anexo V).

Sant Josep de sa Talaia,…………….de………….. de 2018.

(Firma)

- Alcaldía del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

  

ANEXO II

DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOBRE LA CONDICIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR

SOLICITANTE

Nombre y apellidos:

DNI / NIE / Pasaporte:

Localidad:

DECLARO, bajo mi responsabilidad, como solicitante de ayudas de un máximo de 100,00 € para la adquisición de libros de texto de ESO (curso 18-19):

1. Que la unidad familiar a la que pertenezco es una familia monoparental, dado que estoy separado/a del padre/madre o tutor/a del alumno/a para el que se solicita la ayuda para la adquisición de libros de texto, pero no he formalizado el trámite de la separación legalmente, por lo que no puedo acreditar mediante documentación esta situación.

Y para que conste a efectos de justificar la situación familiar, firmo esta declaración.

Sant Josep de sa Talaia,..... de .................................... de 2018

(Firma del solicitante)

  

 

ANEXO III

AUTORIZACIÓN PARA ACCEDER A LA INFORMACIÓN FISCAL DE LA PERSONA O PERSONAS INTERESADAS EN RELACIÓN CON LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE AYUDAS PARA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO DE UN MÁXIMO DE 100,00 € CADA UNA PARA ALUMNADO EMPADRONADO EN EL MUNICIPIO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA QUE DENTRO DEL CURSO 2018-2019 CURSE 1º, 2º, 3º O 4º DE ESO

Nombre y apellidos del tutor legal 1:

DNI:

Nombre y apellidos del tutor legal 2:

DNI:

DIRECCIÓN:

POBLACIÓN:

TELÉFONO:

AUTORIZO expresamente al Ayuntamiento de Sant Josep de la Talaia para que pueda solicitar por medios telemáticos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria información relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias nuestras.

Sant Josep de sa Talaia, ... .d .................................. de 2018

(Firma tutor legal 1) (Firma tutor legal 2)

Para que la transmisión de datos se pueda realizar por medios telemáticos, se debe presentar el consentimiento expreso de la persona interesada, de acuerdo con el artículo 6.2.b de la Ley 1/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (BOE núm. 150, de 23 de junio)

  

ANEXO IV

DECLARACIONES RESPONSABLES

Yo,............................................., con DNI....................................., como padre / madre o tutor/a de........................................................ a efectos de solicitar las ayudas de un máximo de 100,00 € que otorga este Ayuntamiento a alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep que curse 1º, 2º, 3º o 4º de ESO (CURSO 18-19), HAGO LAS SIGUIENTES DECLARACIONES RESPONSABLES:

1. Declaro que mi hijo/hija......................................................... está empadronado/a de forma continuada en el municipio de Sant Josep de sa Talaia desde antes del 01/01/2017.

2. Declaro que me encuentro al corriente del cumplimiento de mis obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Sant Josep. Por otra parte, autorizo ​​al Ayuntamiento de Sant Josep a poder solicitar a la Agencia Tributaria y la Seguridad Social los datos fiscales míos que sean necesarios.

3. Declaro que no me encuentro incurso en ninguna de las causas de incompatibilidades; que cumplo los requisitos que fija el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y que cumplo las obligaciones en materia de reintegro de subvenciones.

Sant Josep de sa Talaia, ..... de ................................. de 2018

                                          (Firma)

ANEXO V

Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la entidad local, las que se obtengan en el futuro.

Yo, ............................................., con DNI ....................................., como padre/madre o tutor/a de .. ...................................................... a efectos de solicitar las ayudas de un máximo de 100,00 € que otorga este Ayuntamiento a los alumnos empadronados en el municipio de Sant Josep que cursen 1º, 2º, 3º o 4º de ESO HAGO LA SIGUIENTE DECLARACIÓN RESPONSABLE:

DECLARO (marcar la opción que corresponda):

1. (   ) Que hasta la fecha NO he solicitado ni obtenido subvención de otra entidad para la misma finalidad y que, en caso de recibir alguna en el futuro, me comprometo a comunicarlo a este Ayuntamiento.

2. (   ) Que he solicitado o he recibido las siguientes ayudas para la misma finalidad de otras entidades:

Organismo

Tipo de ayuda

Fecha de solicitud

Cantidad solicitada

Cantidad concedida

Observaciones

(   ) Que el total de las ayudas percibidas o pendientes de percibir no superarán el coste total de la actividad subvencionable.

(   ) Que en caso de recibir alguna ayuda más en el futuro, me comprometo a comunicarlo a este Ayuntamiento.

Sant Josep de sa Talaia, ………….de…………. de 2018.

(Firma)