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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 11386
Presidencia - Ampliación plazo para la presentación de solicitudes y justificación de la convocatoria de ayudas de minimis del Consejo Insular de Menorca para el sector equino de Menorca correspondiente al año 2018

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Texto

Se hace público que la Sra. Presidenta del Consejo Insular de Menorca, mediante Decreto de presidencia núm. 841/2018, de fecha 30 de octubre, ha resuelto lo siguiente:

El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión ordinaria de día 30.7.2018, aprobó la convocatoria de ayudas de mínimis del Consejo Insular de Menorca para el sector equino de Menorca correspondiente al año 2018 (BOIB núm. 100, de 14 de agosto de 2018).

La base 14 de la citada convocatoria establece como plazo de presentación de solicitudes y justificación de los gastos objeto de subvención día 30 de octubre de 2018.

Desde el pasado día 28 de octubre, a consecuencia del temporal que afectó la isla de Menorca, varias poblaciones de la isla no cuentan con suministro eléctrico, con lo cual, los posibles beneficiarios de dichas ayudas que deben tramitar obligatoriamente las solicitudes y justificaciones por vía telemática no pueden llevar a cabo este trámite.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el artículo 32 «Ampliación», dice lo siguiente:

«1. La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos que no exceda la mitad de estos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación se notificará a los interesados.»

De acuerdo con el punto segundo del Decreto de Presidencia núm. 122/2017, de 7 de julio, (BOIB 83, de 8-7-2017) de atribuciones del Consejo Ejecutivo, en casos de urgencia y en el caso de suspensión de las reuniones ordinarias del Consejo Ejecutivo corresponderá a esta Presidencia la resolución de los asuntos competencia de este órgano, sin que se vea alterado, por este hecho, el régimen de recursos aplicable;

Por todo lo expuesto anteriormente;

RESUELVO:

Primero. Ampliar el plazo para la presentación de solicitudes y justificación de la convocatoria de ayudas de mínimis del Consejo Insular de Menorca para el sector equino de Menorca correspondiente al año 2018 hasta día 6 de noviembre de 2018.

Segundo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos que correspondan.

Tercero. Dar cuenta de esta resolución al Consejo Ejecutivo en la primera sesión que se celebre.

Lo que se comunica para su conocimiento y a los efectos oportunos, al mismo tiempo que se hace saber que contra el acuerdo precedente, que no agota la vía administrativa, podrá interponer, en el plazo de un mes a partir del dia siguiente al de la fecha de la recepción de esta notificación, recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular, sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso que se considere procedente en derecho.

El mencionado recurso se entenderá desestimado si no se os hubiera notificado la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma.

Maó, a 31 de octubre de 2018

El secretario en funciones

Octavi Pons Castejón