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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 11335
Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, RDS2 de fecha 24 de octubre de 2018, destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, para el año 2017

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Texto

Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, RDS2 de fecha 24 de octubre de 2018, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 30 de enero de 2017 por la que se convocan las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, para el año 2017

El apartado 8.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 30 de enero de 2017 por la que se convocan, subvenciones para las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, correspondiente al año 2017,  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha 24 de octubre de 2018, firmó la siguiente resolución,

"INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/ RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 13.3 Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas.

Convocatoria: PCES2017 / RDS2

Antecedentes

1. Con fecha de 31 de enero de 2017 se publicó en el BOIB núm. 13, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2017, de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas.

2. De conformidad con el apartado sexto de la mencionada Resolución y el orden APM/372/2017 de 27 de abril, publicado en el BOE núm.101 del 28/04/2017, el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria terminó el día 15/05/2017, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 1.233 solicitudes de ayuda.

3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

4. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos, el 30 de agosto de 2018 se notificó a los interesados que no cumplían con alguno/s de los requisitos previstos a la convocatoria, mediante publicación en la página web http://www.caib.es, la propuesta provisional de denegación, concediéndoles un plazo de 10 días para presentar las alegaciones oportunas.

5. A fecha de hoy, el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural ha constatado que los interesados señalados en el Anexo I adjunto, no han hecho ninguna alegación, y por tantos se les da por desistidos en el procedimiento.

Fundamentos de derecho

1. En fecha de 31 de enero de 2017 se publicó en el BOIB núm. 13, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2017, de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas.

2. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

3. Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.

4. Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control y en las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad.

5. Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

6. Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.

7. Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura ya la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

8. Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, en el sector vitivinícola.

9. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

10. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

11. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

12. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

13. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014 a 2020.

14. Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares.

15. Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la Consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero , a partir del 1 de enero de 2006.

16. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de Resolución de Desistimiento

Por todo ello, se informa desfavorablemente y propongo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Dar por desistidas las solicitudes presentadas por los interesados relacionados en el Anexo I, porque o bien no cumplen con los requisitos, o bien no han aportado la documentación exigida".

2. Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo de los expedientes detallados en el Anexo I.

3. Notificar la resolución a cada uno de los interesados del Anexo I.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Palma, 23 de octubre de 2018

El jefe del Servicio de ayudas al Desarrollo Rural

Isidro Cañellas Simonet

Conforme con la propuesta, dicto Resolución

Palma, 24 de octubre de 2018

El vicepresidente del FOGAIBA

Mateu Ginard i Sampol”

ANEXO I

Nº Exp.

CIF/NIF

Nombre / Razón Social

4001363

A07017429

BINIXIQUET SA

4005893

A07021538

BUÑOLI S.A.

4002759

A07104169

HOSPITALET S.A.

4004883

A07247570

SUNBROACK S.A.

4005993

B07012735

SON PUJOL, SL

4003095

B07086747

CELLER CANYELLES I BATLE, SL

4004043

B07247109

FINCA CAN AXARTELL, SL

4005368

B07271489

GINGAL, SL

4004359

B07507239

HUERTO DE SON VIVOT S.L

4001350

B07568447

MASCARO PONS, S.L.

4005847

B07681109

SON SAN JUAN EXPLOTACIONES AGRARIAS S.L

4005052

B07700602

NA CORDELLA SL

4004705

B07730617

SON GUINEU S.L.

4005798

B07826811

EXPLOTACIONES AGRARIAS SON SERRA S.L.

4002887

B07892011

GRANJA PEP LLUQUI S.L

4004621

B07904048

MISFERO SL

4003147

B07913023

VINORICA S.L. UNIPERSONAL

4005170

B07921166

EXPLOTACIONES AGRICOLAS ALCORAYA, SL

4005291

B07984792

EXPLOTACIO AGROP. SA CANOVA S.L

4003699

B57051021

CAN TONET 2000 S.L.

4001122

B57112559

SON GENET 2002, S.L.

4006081

B57163412

CAS BEATO, S.L.

4004341

B57369886

EXPLOTACIONES TURÍSTICAS SA BASSA NOVA SL

4003515

B57612319

CA NA BERGUES,SL

4003377

B57705899

OLIS DE JORNETS SL.

4005987

B57728297

BODEGAS VI  REI, SLU

4005835

B57808081

HORTICOLES A. POL S.L.

4004045

B57926404

TORRALBA AGRICOLA SL

4002802

B65592347

AGRICOLA AUBOCASSER, S.L.

4005857

B73723694

FINCA TRES TIERRAS DEL SUR S.L.U.

4004358

E07195290

SON CLADERA C.B.

4002361

E07571375

HERMANOS VIDAL VICENS, CB

4004005

E07674476

HERMANOS MOLL CARDELL CB

4005177

E07702582

SON VANRELL, CB

4002920

E07708324

SA MONTANYA I SANTA MARGALIDA CB

4005423

E07762149

JAUME, CB

4005711

E07772528

SA COVA NOVA C.B.

4002676

E07909930

MONTBLANCH C.B.

4005904

E07942519

SA BISBAL, CB

4004511

E07964703

ALBENYETA C.B.

4005983

E07973803

MARTIMAR C.B.

4001525

E57192973

SES PLANES SERRA C.B

4001333

E57302069

TURMADEN D'ES CAPITA S.R.M

4002535

E57528861

SA PLANA CB

4003516

E64630981

MORELLA VELL CB

4004765

G57781080

CAN MARIANO SES CASES TCEA

4004276

J07707284

TORRETA SAURA SRM

4001894

J57674392

BINIAI NOU SRM

4004055

V07201304

EXPLOTACIO RURAL CAN COREM

4002735

V07205180

SON GUAL SAT

4005171

V07322340

AGROCOLL PASTOR S.A.T. 9120

4005920

V07987043

CAN MAJORAL SAT

4001692

V57209454

AGROSOLIVELLAS SAT Nº BA-56

4005823

V57318453

CAN MORBE, SAT 

4004125

V57639734

OLIVERES DE SANT JORDI, SAT

Palma, 26 de octubre de 2018

El director gerente del FOGAIBA

Guillem Rosselló Alcina