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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 11319
Resolución de Revocación parcial de las ayudas, RRP1 de fecha 20 de octubre de 2018, para el Fomento de las pasturas para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica, para el año 2015

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Texto

El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 28 de febrero de 2015 por la cual se convocan subvenciones para el Fomento de las pasturas para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica, para el año 2015, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha de 20 de octubre de 2018, dicta lo siguiente:

“RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Mesura 11.2.1- Fomento de las pasturas para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica 

Convocatoria: 2015/RRP1

Hechos

Que los expedientes tramitados al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 28 de febrero de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al Fomento de las pasturas para el aprovechamiento de la Ganadería  Ecológica se extrae una relación compuesta por:

- Anualidad 2016: 19 expedientes

Dado que los importes pagados los mencionados expedientes difieren de los importes autorizados para la campaña 2016.

En el anexo 1 que comienza con el expediente núm. 9/15 a nombre de JOSEP MARTI CERDA PONS y acaba con el expediente núm. 101/15 a nombre de MIGUEL MANRESA CIRER, aparecen los importes a revocar a la anualidad 2016.

Que en fecha 10/05/2018 se publicó en la web del FOGAIBA la propuesta provisional de revocación para que en el plazo de 10 días hábiles se pudieran presentar las alegaciones pertinentes. Una vez transcurrido este plazo, sin haber recibido ninguna alegación al respecto se continúa con la pertinente tramitación.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 28 de febrero de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al "Fomento de las pasturas para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica ", la Resolución de 9 de junio de 2015  y 30 de junio de 2016 por la cual se modifica la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 27 de febrero de 2015,  por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2015, de las ayudas destinadas al Fomento de las pasturas y el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica.

2. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio BOIB núm. 95 de 28 de julio de 2016 por la que se modifican los créditos y las cofinanciaciones de varias convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

3. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

4. Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.

5. Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control y en las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad .

6. Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

7. Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.

8. Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la Agricultura y la Ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

9. Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, de la viña.

10. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

11. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

12. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

13. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

14. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014 a 2020 .

15. Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares.

16. Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la Consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero , a partir del 1 de enero de 2006.

17. Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

18. Ley 39/2015, del 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Resolución de concesión

Por todo ello, dicto resolución en los siguientes términos

  1. Proceder a la revocación de los importes concedidos a los beneficiarios y los expediente que configuran en  el anexo 1 que comienza con el expediente núm.9/15 a nombre de JOSEP MARTI CERDA PONS y acaba con el expediente núm. 101/15 a nombre de MIGUEL MANRESA CIRER para la anualidad 2016 de la línea las ayudas destinadas al "Fomento de las pasturas para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica".

  2. Publicar la Resolución en el BOIB.

Interposición de recursos

Contra esta que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Palma, a 20 de octubre de 2018

El vicepresidente del FOGAIBA

Mateu Ginard i Sampol

ANEXO I

RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CON REVOCACIÓN PARCIAL DE LA AYUDA (AERA 2015) RRP1

NIF/CIF

EXP AERA

Titular

Motivo de reducción

Nombre UBM 2016

sup PA solicitada 2016

sup PA 2016

SUP AUXILIABLE 2016

Importe total APROBADO  2015

IMPORTE 

PAGADO  2016

IMPORTE  

REVOCADO

FEADER  2016

MAGRAMA 2016

CAIB 2016

43158455J

EXP AERA: 9/15

JOSEP MARTI CERDA PONS

7

3,45

6,67

6,67

6,67

1.390,00

1.334,00

56,00

22,96

2,30

30,74

78199401E

EXP AERA: 10/15

MAGDALENA GELABERT BRUNET

16

2,40

1,75

1,75

0,00

416,00

0,00

416,00

170,56

17,06

228,38

J07702848

EXP AERA: 12/15

ES TUDONS SRM

5

36,25

36,25

36,25

36,25

6.972,50

6.687,50

285,00

116,85

11,69

156,46

J07712094

EXP AERA: 19/15

SON JOVER I ALGENDARET SRM

5

5,60

15,35

7,60

7,60

1.520,00

1.120,00

400,00

164,00

16,40

219,60

41497110G

EXP AERA: 21/15

BARTOLOME PONS CARDONA

8

19,05

10,00

10,00

10,00

2.000,00

1.980,00

20,00

8,20

0,82

10,98

J07719495

EXP AERA: 22/15

TORRE D'EN GAUMES, S.R.M.

7

35,65

26,00

26,00

26,00

5.180,00

5.150,00

30,00

12,30

1,23

16,47

J07705627

EXP AERA: 29/15

ALCOTX, S.R.M

5

43,45

50,39

50,39

43,45

8.789,00

7.767,50

1.021,50

418,82

41,88

560,80

B07012735

EXP AERA: 45/15

SON PUJOL, SL

7

8,25

2,00

2,00

2,00

1.336,00

400,00

936,00

383,76

38,38

513,86

J57797672

EXP AERA: 46/15

SON TARI DE CIUTADELLA, SRM

5

11,45

11,45

10,41

11,45

2.680,00

2.290,00

390,00

159,90

15,99

214,11

43041572Q

EXP AERA: 49/15

BARTOLOME BENNASAR ROS

7

42,05

12,20

10,41

10,41

2.276,00

2.082,00

194,00

79,54

7,95

106,51

78202820Z

EXP AERA: 60/15

BERNAT MIQUEL RAMIS COLL

13

15,90

10,93

10,93

10,93

2.248,00

2.186,00

62,00

25,42

2,54

34,04

78219055B

EXP AERA: 65/15

FRANCINA DELS ANGEL MATEU JUAN

4,18

64,80

39,77

0,00

0,00

3.664,00

0,00

3.664,00

1.502,24

150,22

2.011,54

78198992G

EXP AERA: 83/15

JOSE CERDA TORRENS

7

94,05

2,84

2,84

2,84

620,00

568,00

52,00

21,32

2,13

28,55

A07052053

EXP AERA: 85/15

VIVES SERVERA, S.A.

7

11,10

2,16

2,16

2,16

2.026,00

410,40

1.615,60

662,40

66,24

886,96

18219828X

EXP AERA: 90/15

MIGUEL MESTRE ARTIGUES

7

8,55

4,77

4,74

4,74

1.532,00

900,60

631,40

258,87

25,89

346,64

43020071C

EXP AERA: 97/15

JAIME SUREDA FERRIOL

7

26,50

25,21

25,15

25,15

5.225,00

5.022,00

203,00

83,23

8,32

111,45

78201913G

EXP AERA: 99/15

RAFAEL SANSO JUAN

7

72,00

66,11

66,11

66,11

10.405,00

10.362,00

43,00

17,63

1,76

23,61

37341640J

EXP AERA: 100/15

JAIME JULIA DURAN

5

31,65

46,38

36,45

36,45

6.717,50

5.997,50

720,00

295,20

29,52

395,28

41522456G

EXP AERA: 101/15

MIGUEL MANRESA CIRER

5

6,15

6,15

6,15

6,15

1.260,00

1.230,00

30,00

12,30

1,23

16,47

10.769,50

4.415,50

441,55

5.912,45

 

 

MOTIVOS DE REDUCCIÓN

1

CANVIS SIGPAC

2

SUPERFICIE CERTIFICADA PEL CBPAE INFERIOR

3

GRUP DE CULTIU CERTIFICAT PEL CBPAE DIFERENT

4

ÚS SIGPAC DIFERENT A L'US DECLARAT

5

NUM D’UGM INFERIOR AL COMPROMÉS

6

ROTACIÓ DE CULTIUS

7

SOL·LICITA MENYS SUPERFICIE QUE LA COMPROMESA

8

OMISSIÓ DE PARCEL·LES

9

SUPERFICIE SIGPAC INFERIOR A LA DECLARADA

10

PENALITZACIONS I SANCIONS PER CONTROL DE CAMP

11

PENALITZACIÓ PER PRESENTACIÓ TARDÍA

12

REDUCCIÓ PER DUPLICITAT DE PARCEL·LES

13

CAP INFERIOR A 50%

14

RENUNCIA PER PART DEL BENEFICIARI

15

EL GRUP DE CULTIU SOL·LITAT NO ES SUBVENCIONABLE PER AQUESTA LINEA D'AJUDA

16

EL GRUP DE CULTIU NO ARRIBA A LA SUPERFICIE MÍNIMA EXIGIDA (2 ha)

17

NO HA PRESENTAT SOL·LICITUD 2016

18

PENALITZACIÓ PER SOBREDECLARACIÓ (ARTICLE 19)

19

INCOMPLIMENT CRITERIS ADMISSIBLITAT I COMPROMISOS ( ARTICLE 35)

Palma, 22 de octubre de 2018

El director gerente del FOGAIBA

Guillem Rosselló Alcina