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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 11283
Acuerdo del Consejo General de la Agencia Tributaria de las Illes Balears de 25 de octubre de 2018, por el cual se aprueba la modificación MF/6320/SEP/2018 de la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares

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Texto

El día 18 de octubre de 2018, la Directora de la Agencia Tributaria de las Illes Balears elevó al Consejo General de la ATIB la propuesta de Acuerdo por el que se aprueba la modificación MF/6320/SEP/2018 de la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares, fundamentada en los antecedentes siguientes:

1. La Ley 3/2008, de 14 de abril, de creación y regulación de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, establece en el artículo 14.5 que este ente cuenta con una relación de puestos de trabajo cuya aprobación corresponde al Consejo General.

Concretamente, mediante el Acuerdo de 22 de julio de 2009 (BOIB núm. 107 Ext., de 24 de julio) se aprobó la relación de puestos de trabajo, de conformidad con la estructura orgánica establecida por la Orden del Consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 24 de octubre de 2008.

Posteriormente, esta relación ha sido modificada parcialmente mediante los Acuerdos del Consejo General de la ATIB de 9 de noviembre de 2009 (BOIB núm. 165, de 12 de noviembre); 26 de abril de 2010 (BOIB núm. 71, de 11 de mayo de 2010); 4 de junio de 2012 (BOIB núm. 85, de 14 de junio); 12 de diciembre de 2012 (BOIB núm. 19, de 7 de febrero de 2013); 27 de marzo de 2013 (BOIB núm. 49, de 11 de abril); 28 de noviembre de 2013 (BOIB núm. 171, de 12 de diciembre); 12 de junio de 2014 (BOIB núm. 90, de 3 de julio), 7 de mayo de 2015 (BOIB núm. 91, de 20 de junio), 21 de abril de 2016 (BOIB núm. 64, de 21 de mayo), 27 de junio de 2016 (BOIB núm. 87, de 9 de julio), 30 de noviembre de 2016 (BOIB núm. 2, de 5 de enero de 2017), 28 de junio de 2017 (BOIB núm. 82 de 6 de julio), 5 de septiembre de 2017 (BOIB núm. 114, de 16 de septiembre), 6 de octubre de 2017 (BOIB núm. 127, de 17 de octubre) y 14 de febrero de 2018 (BOIB núm. 26, de 27 de febrero).

2. El artículo 19.2 de la Orden de la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 22 de diciembre de 2016, por la que se regula la estructura organizativa y funcional de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (BOIB núm. 163, de 29 de diciembre), establece que las delegaciones insulares ejercen, en su ámbito territorial insular y según los puntos de conexión legalmente establecidos, de manera desconcentrada y bajo la coordinación del Departamento de Gestión y Recaudación Tributaria, las funciones de gestión, recaudación, sanción y revisión en materia tributaria que se determinen, para cada una de las unidades integradas en estas delegaciones, en la resolución del director por la que se asignen funciones a los puestos de trabajo de la Agencia, relativas a los tributos propios de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y a los tributos estatales cedidos a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Asimismo, las delegaciones insulares ejercen, bajo la coordinación del Departamento de Inspección Tributaria, las funciones de inspección que se determinen, para cada una de las unidades integradas en estas delegaciones, en la resolución del director por la que se asignen funciones a los puestos de trabajo de la Agencia, relativas a los tributos propios de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y a los tributos estatales cedidos a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Al frente de las delegaciones insulares se halla un Administrador Territorial, que es el responsable de la gestión en su ámbito territorial de todos los tributos que son competencia de la ATIB.

En relación con la delegación insular de Menorca, actualmente el puesto está vacante, ya que no ha sido posible su provisión mediante el sistema de comisión de servicios de carácter voluntario por personal funcionario de carrera de la ATIB o de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Por este motivo, es necesario modificar la adscripción con la finalidad de abrirla a todos los organismos públicos y proveerla de manera urgente, lo que supondrá una mejora en la gestión de la delegación insular.

Por este motivo, en el marco de las competencias de autoorganización de la ATIB, el Consejo General de este ente, en la sesión de día 25 de octubre de 2018, adoptó el Acuerdo siguiente:

1. Aprobar la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Agencia Tributaria de las Illes Balears MF/6320/SEP/2018, en los términos que constan en el anexo adjunto a este Acuerdo. 

2. Publicar el contenido íntegro de este Acuerdo y su Anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Este Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

  

Palma, 26 de octubre  de 2018

La Directora de la Agencia Tributaria de las Illes Balears,

María Antonia Truyols Martí

              

ANEXO I

MODIFICACIÓN PARCIAL R.L.T.

CONSEJERIA: ATB AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS (ATB)  CENTRO DIRECTIVO: ATB011 DEPARTAMENTO DE GESTIÓN Y RECAIUDACIÓN TRIBUTARIA

UNIDAD: ATB0110007 DEPARTAMENTO DE GESTIÓN Y RECAIUDACIÓN TRIBUTARIA  MAHÓN

PUESTOS DE TRABAJO QUE SE MODIFICAN

DONDE DICE:

UNIDAD

CÓDIGO PUESTO

PUESTO DE TRABAJO

DESTINO

N. L.

C. ESP.

CD

TL

FP

AA

GR

CUERPOS

REQUISITOS

OBSERVACIONES

N. CAT

RD

ATB0110007

F00060002

ADMINISTRADOR/A TERRITORIAL

MAHÓN

1

20.516,44

28

C

L

A6

A1

2501-252H-252I

LICENCIATURA EN CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES O EQUIVALENTES O LICENCIATURA EN DERECHO Y 3 AÑOS  DE EXPERIENCIA EN LA TRAMITACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE TRIBUTOS PROPIOS O CEDIDOS

DE, IN, RDT

C1

N

DEBE DECIR:

UNIDAD

CÓDIGO PUESTO

PUESTO DE TRABAJO

DESTINO

N. L.

C. ESP.

CD

TL

FP

AA

GR

CUERPOS

REQUISITOS

OBSERVACIONES

N. CAT

RD

ATB0110007

F00060002

ADMINISTRADOR/A TERRITORIAL

MAHÓN

1

20.516,44

28

C

L

A5

A1

2550

LICENCIATURA EN CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES O EQUIVALENTES O LICENCIATURA EN DERECHO Y 3 AÑOS  DE EXPERIENCIA EN LA TRAMITACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE TRIBUTOS PROPIOS O CEDIDOS

DE, IN, RDT

C1

N