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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 11175
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2018 por el que se autoriza a la Universidad de las Illes Balears a implantar e impartir las enseñanzas oficiales del Máster Universitario en Sistemas Inteligentes (código RUCT 4316728)

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Texto

La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de Reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, en su artículo 36.4 establece que, en materia de enseñanza universitaria, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de la autonomía universitaria, en la programación y la coordinación del sistema universitario, en la financiación propia de las universidades y en la regulación y la gestión del sistema propio de becas y ayudas.

El artículo 87 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada, entre otras normas, por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa, establece que, en el ámbito de las competencias respectivas, el Gobierno del Estado, las comunidades autónomas y las universidades tienen que adoptar las medidas necesarias para completar la plena integración del sistema universitario español en el espacio europeo de educación superior. El artículo 37 de la misma ley define la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales en tres ciclos: grado, máster y doctorado.

De acuerdo con el artículo 8.2 de dicha ley, la implantación y la supresión de las enseñanzas que conducen a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional las acuerda la comunidad autónoma por iniciativa propia, con el acuerdo del consejo de gobierno de la universidad, o por iniciativa de la universidad, mediante una propuesta de su consejo de gobierno, en ambos casos previo informe favorable del consejo social de la universidad.

El 20 de diciembre de 2017, el Consejo de Gobierno de la Universidad de las Illes Balears, reunido en sesión ordinaria, aprobó el Máster Universitario en Tecnologías Aplicadas (código RUCT 4316728).

El artículo 35.2 de la Ley 6/2001 establece que, para impartir enseñanzas oficiales con validez en todo el territorio nacional, las universidades deberán obtener del Consejo de Universidades la verificación de que el plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno del Estado.

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en su artículo 3 indica que las enseñanzas universitarias oficiales se concretarán en planes de estudios elaborados por las universidades, planes que tendrá que verificar el Consejo de Universidades y autorizar la comunidad autónoma correspondiente para que se puedan implantar.

Por ello, la Universidad de las Illes Balears sometió el plan de estudios del Máster Universitario en Sistemas Inteligentes (código RUCT 4316728) a la consideración del Consejo de Universidades, el cual, a través de la Comisión de Verificación de Planes de Estudios, reunida el 4 de julio de 2018, lo verificó positivamente.

Durante la tramitación de este procedimiento se ha cambiado la denominación del título por la de Máster Universitario en Sistemas Inteligentes. Esta denominación es la que figura en el informe final de la ANECA y en la resolución de verificación del plan de estudios, todo ello con el mantenimiento del código de identificación del título en el Registro único de centros y títulos (RUCT) del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (código RUCT 4316728).

El 26 de julio de 2018, el Pleno del Consejo Social de la Universidad de las Illes Balears acordó emitir un informe favorable sobre la propuesta de implantación de los estudios del Máster Universitario en Sistemas Inteligentes.

El 26 de julio de 2018, la secretaria general de la Universidad de las Illes Balears emitió un informe económico según el cual la autorización y la implantación de estos estudios no suponen ningún coste añadido ni generan necesidades de plantilla de personal docente e investigador.

Al amparo de las competencias que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en virtud de la Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears, y de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, la Universidad de las Illes Balears presentó una solicitud de autorización, con el número de registro L13E47337/2018, para implantar e impartir el Máster Universitario en Sistemas Inteligentes (código RUCT 4316728).

En esta solicitud, la Universidad de las Illes Balears propone que, a efectos del establecimiento del precio de matrícula, la experimentalidad de estos estudios se enmarque en los parámetros del nivel de experimentalidad 3.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Educación y Universidad, en la sesión del día 26 de octubre de 2018, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. Autorizar a la Universidad de las Illes Balears a implantar e impartir las enseñanzas oficiales del Máster Universitario en Sistemas Inteligentes (código RUCT 4316728).

Segundo. Establecer el grado de experimentalidad 3 para los estudios del Máster Universitario en Sistemas Inteligentes (código RUCT 4316728) de la Universidad de las Illes Balears.

Tercero. Notificar este acuerdo a la Conferencia General de Política Universitaria.

Cuarto. Notificar este acuerdo a la Universidad de las Illes Balears.

Quinto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

  

Palma, 26 de octubre de 2018

La secretaria del Consejo de Gobierno

Pilar Costa i Serra