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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 11085
Consejo Ejecutivo Concesión de las ayudas del Consejo Insular de Menorca para el apoyo a las cofradías de pescadores del año 2018

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Texto

Hacemos público que el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en sesión ordinaria de día 1 de octubre de 2018, de conformidad con las bases aprobadas en fecha 7.5.2018 y publicadas en el (BOIB núm. 70 de 7.6.2018), adoptó el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Conceder las ayudas siguientes a las Cofradías de Pescadores de Menorca, para la realización de actividades que, de acuerdo con la normativa vigente, supongan el cumplimiento de sus funciones como órganos de consulta y colaboración con la Administración, llevadas a cabo desde el día 15 de diciembre del año anterior al de la convocatoria hasta día 2 de noviembre del año en curso, con cargo a la partida 6.4150.4890032 del presupuesto del CIM para el año 2018:

Solicitante

NIF

Gastos presentados elegibles

Solicitado

Propuesta concesión

Cofradía de Pescadores de Fornells

G07069347

21.250€

20.000€

20.000€

Cofradía de Pescadores de Maó

G07069354

23.750€

20.000€

20.000€

Cofradía de Pescadores de Ciutadella

G07068935

21.750€

20.000€

20.000€

TOTAL

60.000€

60.000€

SEGUNDO.- El plazo para justificar los gastos objeto de subvención acaba el día 2 de noviembre de 2018. Para justificar los gastos debe presentarse la documentación indicada en la base 12.

TERCERO.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos de notificación.

Interposición de recursos

Contra este acuerdo que no agota la via administrativa se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dia siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma

   

Maó, 18 d'octubre de 2018

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón