Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE TARRAGONA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE TARRAGONA
Núm. 10994
Despido objetivo individual 531/2017
Angela lribas Cabrera, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n°1de Tarragona.
En este Órgano judicial se tramita el procedimiento arriba indicado en el que se ha dictado Auto de rectificación de Sentencia de fecha 11/10/18 cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:
‘Acuerdo: Rectificar la sentencia núm. 237/2018 debiendo sustituirse el encabezamiento de la sentencia de la siguiente manera:
‘María José Llanes del Barrio, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social núm. 1 de Tarragona, en sustitución, he visto las presentes actuaciones promovidas por la señora Maria Dolores Triviño Gómez frente a HOOGVELD SERVICIOS INDUSTRIALES S.L., CERVO INGENIERIA S.L., HOOGVELD IBERIA S.A. y FOGASA, en materia de despido y reclamació n de cantidad.’
Y el fallo de la siguiente manera ‘ESTIMO la demanda promovida por la señora Maria Dolores Triviño Gómez frente a HOOGVELD SERVICIOS INDUSTRIALES S.L.,CERVO INGENIERIA S.L., HOOGVELD IBERIA,S.A..y, en su consecuencia,
l. DECLARO la improcedencia del despido que tuvo efectos el 20 de junio de 2017.
2. CONDENO a las demandadas, HOOGVELD SERVICIOS INDUSTRIALES S.L., CERVO INGENIERIA S.L. y HOOGVELD IBERIA , S.A a que en el plazo de 5 días desde la notificación de la sentencia, readmita a la trabajadora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con el abono de los salarios de tramitación calculados desde la fecha de despido - 20 de junio de 2017 - hasta la notificación de la sentencia o hasta que la trabajadora hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salar ios de tramitación,a razón de 88,93.-€/día o a que indemnice a la trabajador a, Maria Triviño González, con la suma de 15.162.93.-€, de conformidad con lo expuesto en el Fundamento Tercero.
ABSUELVO a FOGASA, de las pretensiones deducidas en su contra, sin perjuicio de las responsabilidades legales que puedan corresponderle.’ ‘ debiendo permanecer inalterables el resto de pronunciamientos.
Notifíquese este auto a las partes indicándoles que es firme.
Así lo acuerdo y firmo , Da Tomasa Montiel Oliver, Magistrada Juez titular del Juzgado de lo Social n° 1de Tarragona y de su partido. Doy fe ‘
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada HOOGVELD SERVICIOS INDUSTR IALES , SL, CERVO INGENIER IA , SL, HOOGVELD IBERIA, SA y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) he acordado notificarle la anterior resolución por medio de este edicto.
La resolución que se notifica está a disposición de la persona interesada en este órgano judicial.
Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.
Y para que sirva de notificación en forma a HOOGVELD SERVICIOS INDUSTRIALES , SL, CERVO INGENIERIA , SL, HOOGVELD IBERIA, SA, parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconoce ,expido y firmo el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y a quien advierto de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta Oficina judicial , salvo aquéllas que revistan forma de auto, sentencia o decreto cuando ponga fin al proceso, todo ello de conformidad con lo establecido en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
En Tarragona, a 15 de octubre de 2018.
La Letrada de laAdministración de Justicia