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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 9868
Procedimiento ordinario 366 /2016

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Texto

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento de referencia se ha dictado:

SENTENCIA Nº 225/18.- De fecha 16.07.18, cuya parte dispositiva es del literal siguiente:

“De conformidad con la normativa aplicada y tomando en debida consideración los criterios jurídicos expuestos, ESTIMO la demanda presentada por parte de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO COMFORT con la representación procesal del Procurador de los Tribunales D. José López López y la dirección letrada de D. José Antonio Ramis Marí contra Calixto Romera Ortiz, quien se encuentra en situación procesal de rebeldía.Se condena al demandado a la reversión y reposición, a su costa, de la cubierta y la fachada a su estado primitivo, dada su afectación indebida a elementos comunes.

Notifíquese a las partes la presente resolución en forma de sentencia.

Las partes pueden interponer recurso de apelación dentro del plazo de 20 días contados desde el día siguiente a la notificación de la presente que se presentará y preparará ante este Juzgado y cuya resolución corresponde a la Audiencia Provincial de Baleares.

Así por esta que es mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.

Francesc Lacueva Abad, Magistrado Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Ibiza/Eivissa.”

AUTO.- De fecha 25.07.18, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

“ACUERDO:

Completar el fallo de la sentencia 225/18, dictada en estas actuaciones en fecha 16.07.18, añadiéndose al mismo el siguiente párrafo “Se imponen las costas a la parte demandada”.

Líbrese certificación de esta resolución, que quedará unida a estas actuaciones y llévese su original al libro de resoluciones definitivas.

MODO DE IMPUGNACION: contra esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución que se acuerda completar, comenzándose a computar su plazo desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.

Así lo manda y acuerda SSª; doy fe.-“

Y para que sirva de notificación en forma respecto de la parte demandada, D. Calixto Romera Ortiz, se extiende la presente en EIVISSA, a veintiséis de julio de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA