Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 11065
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 19 de octubre de 2018 por la que se desiste del procedimiento que establece la Resolución de 10 de octubre de 2018 por la que se convoca un procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de la categoría de técnico/técnica de gestión de sistemas y tecnologías de la información del Servicio de Salud
Antecedentes
1. El 16 de octubre de 2018 se publicó en el BOIB n.º 128/2018 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 10 de octubre de 2018 por la que se convoca un procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de la categoría de técnico/técnica de gestión de sistemas y tecnologías de la información del Servicio de Salud.
2. En el ámbito del Servicio de Salud todavía no se han dictado disposiciones reglamentarias que regulen la selección y la provisión del personal estatuario, por lo que sigue vigente con rango reglamentario el Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social, de conformidad con el apartado 1.c de la disposición transitoria sexta de la Ley 55/2003. Por ello, mientras no se apruebe una norma reglamentaria que regule la selección de personal estatutario, la Mesa Sectorial de Sanidad regula los procedimientos de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud por medio de la creación de bolsas únicas de trabajo para cada categoría y especialidad, en virtud del Acuerdo de 11 de noviembre de 2016 por el que se aprueba el Texto refundido que regula los procedimientos de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares por medio de la creación de bolsas únicas de trabajo para cada categoría y especialidad, ratificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de noviembre de 2016 (BOIB n.º 149/2016, de 26 de noviembre).
3. El punto 28 del Acuerdo de la Mesa Sectorial de 11 de noviembre de 2016 establece un procedimiento especial de selección para determinadas categorías cuando lo requieran la ocupación y la especificidad del puesto. A tal efecto, como requisito previo al inicio del procedimiento selectivo es necesario adjuntar un informe justificativo oportuno en el que se enumeren las características especiales del puesto que vaya a cubrirse y que motiven la aplicación del procedimiento especial de selección.
4. No obstante, se ha considerado que este no es el procedimiento más adecuado y que sería más apropiado hacer un llamamiento público, por razones de servicio público y dada la necesidad urgente de cubrir los puestos de la categoría en cuestión, siguiendo el procedimiento excepcional establecido en el punto 1.c de la disposición transitoria segunda del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 29 de mayo de 2018 por el que se modifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 11 de noviembre de 2016, ratificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de junio de 2018 (BOIB n.º 71/2018, de 9 de junio).
Por todo ello dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Desistir del procedimiento especial de selección de la categoría de técnico/técnica de gestión de sistemas y tecnologías de la información del Servicio de Salud de las Islas Baleares publicado en el BOIB 128/2018, de 16 de octubre, e iniciar el procedimiento de llamamiento público a la mayor brevedad posible.
2. Ordenar que se publique esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el web del Servicio de Salud.
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8.6 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere oportuno interponer.
Palma, 19 de octubre de 2018
El director general del Servicio de Salud
Julio M. Fuster Culebras
Por delegación de la consejera de Salud (BOIB 10/2016)