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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 10992
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 19 de octubre de 2018 por la que se ordena la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, incluida la reserva para personas con discapacidad, al cuerpo superior de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se hace pública la lista de puestos vacantes que se ofrecen a efecto de la adjudicación

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución de 5 de mayo de 2016 se aprobaron las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario,  del ámbito de los servicios generales,  previstas en las ofertas públicas de empleo que apruebe  la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, incluidas las ofertas de empleo público aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno para los años 2014 y 2015 (BOIB núm. 60, de 12 de mayo).

2. Por la Resolución de 26 de octubre de 2017 se aprobaron la convocatoria, las bases, el baremo de méritos y la designación del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y  por el turno de promoción interna, incluida la reserva para personas con discapacidad, al cuerpo superior de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 132, de 28 de octubre).

3. Una vez finalizadas las pruebas selectivas para el ingreso  al cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Tribunal Calificador ha elevado a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas  la lista definitiva de personas aspirantes seleccionadas con el orden  de prelación final.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. La Ley  3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma.

4. El Decreto 36/2004, de 16 de abril, por el que se regula el acceso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad a la función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. Las bases 12 y 13 de la Resolución de 5 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario, del ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas de empleo público que apruebe la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, incluidas las ofertas de empleo público aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno para los años 2014 y 2015.

6. La base 17 de la Resolución de 26 de octubre de 2017 por la que se aprobaron la convocatoria, las bases, el baremo de méritos y la designación del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, incluida la reserva para personas con discapacidad,  al cuerpo superior de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de las listas definitivas de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso al  cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, separadas por turnos y por islas, con el orden de prelación final que figura en el anexo I de esta Resolución.

2. Publicar como anexo II la lista de puestos de trabajo vacantes que se ofrecen a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas citadas, al efecto  que soliciten el destino.

3. Establecer que, en el plazo de veinte días naturales a contar a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de esta Resolución, las personas aspirantes seleccionadas han de presentar, en el Registre General de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), en el de la consejería competente en materia de función pública o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos siguientes:

a) Una fotocopia compulsada del título académico exigido en cada convocatoria o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para obtener el título.

b) Una fotocopia compulsada del certificado acreditativo de los conocimientos de lengua catalana.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante un expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitados de forma absoluta o especial para empleo o cargo público por una resolución judicial para acceder al cuerpo o escala del funcionario del cual hubiesen sido separados o inhabilitados, según el modelo que facilitará la dirección general competente en materia de función pública, que se adjunta a esta Resolución como anexo III.

En el caso de ser nacionales de otro Estado, acreditarán no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.

d) Un certificado médico, en modelo oficial, acreditativo de tener las capacidades y aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo, escala o especialidad cuando se trate de personal funcionario de nuevo ingreso. Cuando se trate de personal funcionario que haya    participado en la modalidad de promoción interna, podrá presentar un certificado expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la consejería competente en materia de vigilancia de la salud de los empleados públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

e) Escrito en que se eligen, de mayor a menor interés, los puestos de trabajo que se ofrecen. La solicitud incluirá todos los puestos (anexo IV).

f) Certificación acreditativa del reconocimiento de la condición legal de discapacidad en un nivel igual o superior al 33% a que hace referencia la base 4 de la Resolución de 5 de mayo de 2016 por la que se aprueban las bases generales, cuando se trate  de personas que hayan aprobado por el turno de reserva para personas con discapacidad a que se refiere el artículo 2 del Decreto 36/2004.

g) Mediante la solicitud correspondiente, las personas que hayan aprobado por el turno de promoción interna y que ocupen, como  destino definitivo, la categoría inferior de un puesto de trabajo que esté adscrito a dos grupos funcionariales podrán optar por continuar en el mismo puesto de trabajo, si así lo permite la relación de puestos de trabajo. La solicitud se presentará en el mismo plazo establecido para el resto de la documentación.

4. Ordenar que, si la persona aspirante seleccionada no presenta la documentación dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, que habrán de ser debidamente constatados y, en su caso, apreciados por la Administración mediante una resolución motivada, o si del examen de esta se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no podrá ser nombrada  funcionaria y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

5. Establecer que las plazas se han de adjudicar de acuerdo a los criterios siguientes:

- La adjudicación se efectuará según el orden final de prelación de las personas aprobadas para cada una de las islas, de acuerdo con la petición de destino y  según los puestos vacantes ofrecidos.

 - Las personas seleccionadas que hayan accedido al proceso selectivo mediante el sistema de promoción interna tienen preferencia, respecte de las personas que no proceden de este turno, para cubrir los puestos de trabajo vacantes que se ofrezcan,  en la forma siguiente:                          

En primer lugar, han de elegir las personas seleccionadas de la modalidad vertical y  en segundo lugar, las personas de la modalidad cruzada.

Las personas seleccionadas de la reserva para personas con discapacidad elegirán según el orden de prelación que les corresponda en la lista general de turno libre o del turno de promoción interna.

No obstante, de acuerdo a lo que dispone el artículo 5 del Decreto 36/2004, se han de ofrecer a las persones con discapacidad que hayan superado las pruebas selectivas puestos de trabajo adaptados o adaptables a su discapacidad.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

  

Palma, 19 de octubre de 2018

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas

Catalina Cladera Crespí      

 

ANEXO I

Lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso al cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Mallorca     Turno libre

DNI

Apellidos, nombre

                 Total

 Posición

*1980

BLANCO MONTAÑES, ABEL

24,658

1

*2226

COLL PONS, LAURA MARIA

23,533

2

*8142

RAMOS BESTARD, DAVID

19,958

3

*0812

PROHENS PUIGSERVER, ANDREU

19,799

4

*9341

VERGER SIQUIER, PAULA

19,411

5

*4389

PICO GARCIA, DAVID

19,140

6

*5195

BOIX GALMÉS, ALÍCIA

18,882

7

*7520

TRUEBA RIERA, IGNACIO

18,768

8

*7973

NIELL CRESPI, LAURA

18,696

9

*3195

MILIAN CALATAYUD, JAVIER

18,406

10

*1849

SUAU MOLINA, BERNAT

18,151

11

*3362

SALAS SOLER, MARIA LUISA

18,054

12

*1627

CASTELL TOMÁS, ANTONIO

17,692

13

*2569

GÓMEZ MARTÍ, ALBERTO

17,422

14

*5192

COMPANY NICOLAU, MARIA SALOME

17,402

15

*5765

LLULL GONZALEZ, JUAN JOSE

17,333

16

*5674

MAYOL GÓMEZ, SILVIA

17,209

17

*7942

ROMERA MARTINEZ, TERESA

16,863

18

*3843

RUBIO AGUILO, FERNANDO

16,464

19

*4703

MORATA CASELLAS, HUGO

16,448

20

*8152

OLIVER FONSECA, ELORA

15,854

21

*3517

ARAMBURU-ZABALA RIERA, MARINA

15,840

22

*2260

AYMAT GUAL DE TORRELLA, ANTONIO

15,577

23

*0660

MARTI ALBERTI, MATEU

15,556

24

 

Mallorca

Turno de reserva de personas con discapacidad

DNI

Apellidos, nombre

Total

Posición

*5457

AMENGUAL PIZARRO, MARIA DEL CARMEN

19,393

1

Mallorca

Promoción interna vertical

DNI

Apellidos, nombre

Total

Posición

*1153

SAEZ FONT, EUGENIO

29,602

1

*7310

ARNAO SAEZ, AMPARO

27,350

2

*5060

SAN GIL LÓPEZ-QUESADA, IRENE

27,116

3

*5650

SAURA AGUILO, MARIA DEL CARME

25,653

4

*7830

MARTI BALLESTEROS, FRANCISCA

24,033

5

*1330

CORREDOR IBAÑEZ, MERCEDES

23,599

6

*9540

RIPOLL MARTÍNEZ DE BEDOYA, BLANCA CATALINA

22,748

7

*3918

CLADERA TORRES, PAULA

21,133

8

 Mallorca

Promoción interna cruzada

DNI

Apellidos, nombre

Total

Posición

*6098

TROYA ENRIQUEZ, JESUS MIGUEL

22,783

1

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