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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 10959
Corrección de error de la versión castellana del anuncio núm. 10512 publicado al BOIB núm. 127 de 13 de octubre de 2018, titulado “Publicación del acuerdo del Pleno del Consell Insular de Formentera de 28 de septiembre de 2018 sobre la aprobación inicial de la Modificación puntual número 3 del Plan Territorial Insular de Formentera, a propósito de la regulación de los aspectos territoriales de la ordenación turística”

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Visto que al BOIB núm. 127 de 13 de octubre de 2018, se publicó el anuncio núm. 10512 de información pública del acuerdo adoptado por el Pleno del Consell Insular de Formentera de sesión de 28 de septiembre de 2018 respecto de la aprobación inicial de la Modificación núm. 3 del Plan Territorial Insular de Formentera, a propósito de la regulación de los aspectos territoriales de la ordenación turística.

Dado que el tenor literal del enlace de consulta de la documentación puntual que se encuentra en la sede electrónica del Consell que decía el anuncio núm. 10512 publicado al BOIB núm. 127 era el siguiente:

http://conselldeformentera.cat/index.php?option=cómo_contento&view=artículo&id=5787&Itemid=508&lang=can

Examinado el anuncio en versión castellana al cual se hace referencia (anuncio núm. 10512 publicado al BOIB núm. 127 de 13 de octubre de 2018), resulta que hay un error en la dirección electrónica.

Atendido el establecido al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que dice:

Artículo 109. Revocación de actas y rectificación de errores.

1. Las administraciones públicas pueden revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria a primeros de igualdad, al interés público oa el ordenamiento jurídico.

2. Las administraciones públicas podrán, así mismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por lo tanto, hay que rectificar el error cometido a la versión castellana del anuncio núm. 10512 publicado en el BOIB núm. 127 de 13 de octubre de 2018, de la siguiente manera,

Donde dice:

“La documentación  de la modificación puntual se encuentra en el punto de información  electrónica del Consejo, dirección electrónica

http://conselldeformentera.cat/index.php?option=cómo_contento&view=artículo&id=5787&Itemid=508&lang=can

Tiene que decir:

“La documentación  de la modificación puntual se encuentra en el punto de información  electrónica del Consejo, dirección electrónica

http://www.consellinsulardeformentera.cat/index.php?option=com_content&view=article&id=5787&Itemid=508&lang=es

Lo cual se hace público a los efectos oportunos.

Formentera, a 19 de octubre de 2018.

El Presidente del Consell Insular de Formentera,

Jaume Ferrer Ribas.