Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 10895
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de octubre de 2018 por el que se resuelve el concurso público para el otorgamiento de una licencia para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en frecuencia modulada, convocado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de octubre de 2017
El Decreto 36/2008, de 4 de abril, por el que se regula el régimen jurídico aplicable al otorgamiento de títulos habilitantes para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por ondas terrestres y a la inscripción de estos títulos en el Registro de títulos habilitantes para la radiodifusión sonora en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears, establece el procedimiento que debe regir la tramitación y la adjudicación del concurso para la concesión de los títulos habilitantes para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial.
La adjudicación de los títulos habilitantes para la prestación del servicio de radiodifusión sonora para emisoras comerciales y para emisoras educativas, culturales y sin ánimo de lucro, así como para las emisoras de carácter local, se hará mediante concurso público, de acuerdo con la convocatoria del Consejo de Gobierno, y se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears, previa aprobación de las bases, que corresponde a la consejera de Innovación, Investigación y Turismo, que se publicarán igualmente en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
La Resolución del consejero de Innovación, Investigación y Turismo de 6 de septiembre de 2017, publicada en el BOIB el 23 de septiembre de 2017, aprobó las bases que regirán la convocatoria y el procedimiento del concurso público para la concesión de una licencia para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en frecuencia modulada.
Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de octubre de 2017, se aprobó la convocatoria del concurso público para el otorgamiento del título habilitante para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en frecuencia modulada.
Una vez llevado a cabo el procedimiento administrativo establecido en las bases reguladoras, la comisión de valoración, con el asesoramiento externo previsto con respecto a las ofertas técnicas, ha formulado con fecha 2 de octubre de 2018 a la vicepresidenta y consejera de Innovación, Investigación y Turismo la propuesta de adjudicación provisional de la licencia para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en frecuencia modulada de carácter comercial (95,7 MHz - Palma) (exp. núm. 2/2017) a la entidad Balearmedia-Grupo Balear de Medios de Comunicación, SLU (NIF B57334310), con una valoración total de 358,43 puntos (99,53 puntos de la propuesta económica, 84 puntos de la propuesta tecnológica y 174,9 puntos de la propuesta de programación), para que la eleve al Consejo de Gobierno para su resolución, de acuerdo con el punto 17 de la Resolución del consejero de Innovación, Investigación y Turismo por la que se aprueban las bases que regirán la convocatoria y el procedimiento de este concurso.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Innovación, Investigación y Turismo, en la sesión del día 19 de octubre de 2018, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero. Adjudicar la licencia provisional para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en frecuencia modulada de carácter comercial (95,7 MHz - Palma) (exp. núm. 2/2017) a la entidad Balearmedia-Grupo Balear de Medios de comunicación, SLU (NIF B57334310), con una valoración total de 358,43 puntos (99,53 puntos de la propuesta económica, 84 puntos de la propuesta tecnológica y 174,9 puntos de la propuesta de programación).
Segundo. Notificar este acuerdo a los interesados y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra este acuerdo —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, 19 de octubre de 2018
La secretaria del Consejo de Gobierno
Pilar Costa i Serra