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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES

Núm. 10820
Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes, de 15 de octubre de 2018, para denegar una ayuda destinada a la prensa diaria escrita en lengua catalana en las Islas Baleares para el año 2018 a Associació Cultural Nou País

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Texto

Hechos

1. El 21 de junio de 2018 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución de la consejera<A[consejera|consellera]> de Cultura, Participación y Deportes de 14 de junio de 2018 por<A[por|para]> la cual se convocan ayudas destinadas a la prensa diaria escrita en lengua catalana en las Islas Baleares.

2. El objeto de esta convocatoria de subvenciones es dar apoyo a los proyectos de prensa diaria escrita en catalán en las Islas Baleares, en papel o en soportete digital, con la finalidad de contribuir a consolidar el espacio de comunicación que se expresa en esta lengua.

3. La actividad subvencionada consiste en la edición, dentro del año 2017, de una publicación en lengua catalana con periodicidad diaria o bien en la ejecución, durante el año 2018, de un proyecto de habilitación de la edición en lengua catalana de una publicación en castellano con periodicidad diaria existente actualmente.

4. La Dirección General de Política Lingüística recibió, durante el plazo de presentación, tres solicitudes para optar a las subvenciones, todas ellas para la línea de correspondiente a publicaciones editadas en lengua catalana durante el año 2017.

5. Associació Cultural Nou País, con NIF G66746694, que edita el diario www.directe.cat, presentó la documentación siguiente:

  • Solicitud de ayuda (reg. nº 11223/2018, de 25 de julio de 2018). La documentación se había presentado en sobre abierto en la oficina de Correos de Sant Antoni de Vilamajor el día 21 de julio de 2018.

  • Ficha técnica de la publicación.

  • Datos de la publicación, acompañados de la documentación acreditativa (declaración del representante legal de que al menos el 90% de la publicación está redactada en catalán, que se publica y/o actualiza contenidos diariamente, que trata temas de alcance insular o del conjunto del archipiélago balear, que se edita en el momento de publicarse la convocatoria y que tiene una trayectoria mínima de seis meses, que cumple la normativa sobre propiedad intelectual, etc.).

  • Certificado del OJD que acredita el número de visitas a las páginas de la publicación digital.

  • Certificado del OJD que acredita el número de usuarios únicos que la web ha recibido.

  • Certificado del director de la publicación que acredita el número medio de ítems de la edición digital que se han actualizado diariamente durante el 2017.

  • Modelo D-52 de declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados.

  • Muestra de varias capturas de pantalla.

  • Autorización para que la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Cultura, Participación y Deportes efectúe las consultas telemáticas necesarias en el AEAT y TGSS.

  • Declaración de otras subvenciones recibidas o solicitadas.

  • Declaración responsable sobre la situación relativa al IVA.

  • Declaración de no estar sometido a prohibiciones para ser beneficiario de la subvención.

  • Relación de los gastos subvencionables imputables al periodo.

La documentación necesaria para identificar al solicitante ya se había presentado en la convocatoria de ayudas anterior.

6. El 7 de agosto de 2018 se constituyó la Comisión de Evaluación para examinar las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria y elaborar la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicó el mismo día.

Associació Cultural Nou País resultó excluida porque no estaba al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y porque la publicación no se adaptaba a los requisitos de la convocatoria.

La Comisión de Evaluación, una vez revisada la documentación presentada por el solicitante y después de haber consultado la publicación www.directe.cat, consideró que en realidad se trataba de un medio editado desde Cataluña y que no trataba diariamente contenidos relativos a la actualidad de las Islas Baleares. De hecho, en todo el año 2017, al cual se refiere la convocatoria, sólo aparecen cinco noticias en la sección Islas Baleares, dos de las cuales son anteriores a la fecha en que se constituyó la sociedad (el 24 de mayo de 2017).

7. Los interesados disponían de un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la lista provisional para enmendar las deficiencias. Dentro del plazo establecido, Associació Cultural Nou País presentó el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y presentó alegaciones en el sentido que «El periódico digital www.directe.cat es un medio digital que cubre todos los territorios de habla catalana y tiene en su hombre tres secciones destacadas, Comunidad Valenciana, Islas Baleares y Cataluña donde<A[donde|dónde]> se indexan las noticias territorialmente por<A[por|para]> centenares a lo largo del año 2017» y que «El periódico digital www.directe.cat informa desde las Islas de toda la información que se produce en las Islas y en todos aquellos territorios de habla catalana».

8. Día 3 de septiembre de 2018 la Comisión de Evaluación se reunió para evaluar las alegaciones presentadas.

9. La Comisión de Evaluación revisó nuevamente la información de que disponía ya que, no obstante las alegaciones presentadas, Associació Cultural Nou País no aportó ninguna documentación que permitiera acreditarlas. La Comisión de Evaluación se reafirmó en sus conclusiones de la sesión de fecha 7 de agosto.

Por este motivo, la Associació Cultural Nou País apareció como excluida en la lista definitiva de admitidos y excluidos publicada el mismo día, dado que la publicación www.directe.cat no se ajusta al objeto de la convocatoria.

10. El día 21 de septiembre de 2018 la Comisión de Evaluación se reunió para valorar la documentación aportada por los solicitantes y calcular el importe que tiene que recibir a cada uno. La Comisión de Evaluación elaboró el informe, debidamente motivado, que sirvió de base para elaborar la propuesta de resolución.

11. La directora general de Política Lingüística firmó con fecha de 27 de septiembre de 2018 la Propuesta de resolución para denegar una ayuda destinada a la prensa diaria escrita en lengua catalana en las Islas Baleares para el año 2018 a Associació Cultural Nou País.

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]> de derecho

1. Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística en las Islas Baleares.

2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma.

4. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por<A[por|para]> el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

5. Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6. Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por<A[por|para]> el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías<A[consejerías|conselleries]> de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 9/2017, de 7 de abril.

7. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de diciembre de 2010 por<A[por|para]> el cual se recibe el Plan<A[Plan|Plano]> General de Normalización Lingüística aprobado por<A[para|por]> el Consejo Social de la Lengua Catalana el 18 de junio de 2009.

8. Orden de la consejera<A[consejera|consellera]> de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por<A[por|para]> la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.

9. Resolución de la consejera<A[consejera|consellera]> de Cultura, Participación y Deportes de 14 de junio de 2018 por la cual se convocan ayudas destinadas a la prensa diaria escrita en lengua catalana en las Islas Baleares.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Denegar una subvención a Associació Cultural Nou País, con NIF G66746694, por<A[por|para]> la edición del diario www.directe.cat, de la convocatoria de ayudas destinadas a la prensa diaria escrita en lengua catalana en las Islas Baleares para el año 2018, dado que no se ajusta al objeto de la convocatoria.

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera<A[consejera|consellera]> de Cultura, Participación y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Palma, 15 de octubre de 2018

La consejera<A[consejera|consellera]> de Cultura, Participación y Deportes

Francesca Tur Riera