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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES

Núm. 10818
Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes, de 15 de octubre de 2018, para adjudicar una ayuda destinada a la prensa diaria escrita en lengua catalana en las Islas Baleares para el año 2018 a Edicions Periòdiques Ara Balears, SL

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Texto

Hechos

1. El 21 de junio de 2018 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 14 de junio de 2018 porla cual se convocan ayudas destinadas a la prensa diaria escrita en lengua catalana en las Islas Baleares.

2. El objeto de esta convocatoria de subvenciones es dar apoyo a los proyectos de prensa diaria escrita en catalán en las Islas Baleares, en papel o en soporte digital, con la finalidad de contribuir a consolidar el espacio de comunicación que se expresa en esta lengua.

3. La actividad subvencionada consiste en la edición, dentro del año 2017, de una publicación en lengua catalana con periodicidad diaria o bien en la ejecución, durante el año 2018, de un proyecto de habilitación de la edición en lengua catalana de una publicación en castellano con periodicidad diaria existente actualmente.

4. La Dirección General de Política Lingüística recibió, durante el plazo de presentación, tres solicitudes para optar a las subvenciones, todas ellas para la línea de correspondiente a publicaciones editadas en lengua catalana durante el año 2017.

5. La empresa Edicions Periòdiques Ara Balears, SL, referida en el año 2017, presentó la documentación siguiente:

· Solicitud de ayuda (reg. nº L19E10940/2018, de 18 de julio de 2018).

· Ficha técnica de la publicación.

· Datos de la publicación, acompañados de la documentación acreditativa (declaración del representante legal de que al menos el 90% de la publicación está redactada en catalán, que se publica y/o actualiza contenidos diariamente, que trata temas de alcance insular o del conjunto del archipiélago balear, que se edita en el momento de publicarse la convocatoria y que tiene una trayectoria mínima de seis meses, que cumple la normativa sobre propiedad intelectual, etc.).

· Certificado del impresor que acredita el número de números imprimidos durante el año 2017 y la tirada de cada número.

· Certificado del impresor que acredita el número de páginas de cada número (incluidas portada, contraportada y suplementos).

· Certificado del impresor que acredita el número de ejemplares distribuidos a las diferentes islas.

· Certificado del OJD que acredita el número de visitas a las páginas de la publicación digital.

· Certificado del OJD que acredita el número de usuarios únicos que la web ha recibido.

· Certificado del director de la publicación que acredita el número medio de ítems de la edición digital que se han actualizado diariamente durante el 2017.

· Muestra integrada por el primer ejemplar imprimido publicado cada mes durante el periodo (en CD).

· Muestra integrada de capturas de pantalla (en CD).

· Autorización para que la Consejería de Cultura, Participación y Deportes efectúe las consultas telemáticas necesarias en el AEAT y TGSS.

· Declaración de otras subvenciones recibidas o solicitadas.

· Declaración responsable sobre la situación relativa al IVA.

· Declaración de no estar sometido a prohibiciones para ser beneficiario de la subvención.

· Relación de los gastos subvencionables imputables al periodo.

La documentación necesaria para identificar al solicitante, así como el modelo D-52, ya se había presentado en una convocatoria de ayudas anterior.

6. El 7 de agosto de 2018 se constituyó la Comisión de Evaluación para examinar las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria y elaborar la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicó el mismo día. Edicions Periòdiques Ara Balears resultó excluida porque no estaba al corriente de pago con la Seguridad Social.

7. Los interesados disponían de un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la lista provisional para enmendar las deficiencias. Dentro de este plazo, Edicions Periòdiques Ara Balears presentó el certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

8. La Comisión de Evaluación se reunió nuevamente el 3 de septiembre de 2018, día en que se aprobó y se hizo pública la lista definitiva de admitidos y excluidos. Se admitieron las solicitudes de Edicions Periòdiques Ara Balears y de Asociació Ona Mediterrània y Asociació Cultural Nou País quedó excluida.

9. La empresa Edicions Periòdiques Ara Balears, SL, editó el diario Ara Balears durante todo el año 2017.

10. Según se desprende de la relación de gastos subvencionables imputables al periodo desglosados por conceptos con una descripción detallada de cada concepto, el importe máximo que el solicitante puede percibir es de 934.015,00 €.

11. El 21 de septiembre de 2018 la Comisión de Evaluación se reunió para valorar la documentación aportada por los solicitantes y calcular el importe que tiene que recibir cada uno, de acuerdo con la puntuación obtenida a partir del baremo especificado en el punto 14 de la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 14 de junio de 2018.

12. La Comisión de Evaluación aplicó el baremo establecido en el punto 14 de las bases de la convocatoria y el resultado fue el siguiente:

Criterio

Baremo

dBalears.cat

Puntos M1

Ara Balears

Puntos M2

Número de ejemplares editados en el 2017

0,00004

60.000

2,4

314.635

12,5854

Número medio de páginas de los números imprimidos en el 2017

0,025

17,33

0,43325

82,05

2,05125

Número de islas en que se distribuyó la edición en papel en el 2017

0,25

1

0,25

3

0,75

Número medio de suscriptores durante el 2017

0,0015

0

0

1.945

2,9175

Media mensual de visitas a páginas de la edición digital en el 2017

Hasta 100.000: 1

Entre 100.001 y 200.000: 2

Entre 200.001 y 300.000: 3

Más de 300.000: 4

185.926

2

383.753,33

4

Media mensual de usuarios únicos de la web en el 2017

Hasta 10.000: 1

Entre 10.001 y 50.000: 2

Entre 50.001 y 100.000: 3

Más de 100.000: 4

62.643,75

3

97.019,5

3

Número medio de ítems periodísticos actualizados por día en la edición digital en el 2017

0,1

21,73

2,173

102

10,2

Número medio de secciones de la edición en papel en el 2017

0,25

0

0

21,5

5,375

Número medio de secciones de la edición digital en el 2017

0,25

3

0,75

15,91

3,9775

TOTAL

11,00625

TOTAL

44,85665

13. Según el punto 2 de la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 14 de junio de 2018, el importe total de esta convocatoria de subvenciones es de 275.000,00 euros, que se preveían desglosar de la manera siguiente: 175.000 € para la prensa diaria en catalán publicada durante el año 2017, y 100.000 € para los proyectos de habilitación de la edición en catalán durante el año 2018.

La misma convocatoria preveía que esta distribución era orientativa y que se podía modificar una vez evaluadas las solicitudes de subvención presentadas.

No se ha recibido ninguna solicitud para la segunda línea, consistente en la ejecución, durante el año 2018, de un proyecto de habilitación de la edición en lengua catalana de una publicación en castellano con periodicidad diaria existente actualmente. Por este motivo, la Comisión de Evaluación consideró adecuado incrementar en 5.000 € el importe destinado a la primera línea, en la cual se enmarcan las dos solicitudes con derecho a subvención.

De esta manera, el importe final destinado a esta convocatoria de subvenciones es de 180.000 euros.

14. El resultado de la distribución entre los solicitantes, en función de la puntuación resultante de aplicar el baremo previsto en el punto 14 de la convocatoria, es el siguiente:

Medio

Puntuación

Importe subvención

dBalears.cat

11,00625

35.464,06 €

Ara Balears

44,85665

144.535,94 €

15. El importe que corresponde a Edicions Periòdiques Ara Balears, SL, según el baremo aplicado, es de 144.535,94 euros, que irá a cargo de la partida presupuestaria 26401 455B01 47000 00.

16. La Comisión de Evaluación elaboró el informe preceptivo debidamente motivado que sirvió de base para elaborar la Propuesta de resolución de la directora general de Política Lingüística.

17. Hay crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 26401 455B01 47000 00 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2018.

18. La empresa Edicions Periòdiques Ara Balears, SL, declara que no ha solicitado ni recibido ninguna otra ayuda para la misma finalidad procedente de otras administraciones públicas o de ente públicos o privados, motivo por la cual no se superará el coste de la actividad llevada a cabo.

19. El solicitante de esta convocatoria de subvenciones, Edicions Periòdiques Ara Balears, SL, no está sometido a prohibiciones para ser beneficiario y se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, lo cual ha comprobado la Administración y queda constancia en el expediente.

20. Edicions Periòdiques Ara Balears, SL, se compromete a dejar constancia de la subvención en la contabilidad, o en los libros de registro, o, en el caso de no estar obligado a tener, en la documentación que los sustituya. También se compromete a destinar el importe de la subvención a la financiación de la publicación objeto de la ayuda.

21. Edicions Periòdiques Ara Balears, SL dispone de un mes a contar desde la fecha en que se le notifique la resolución de concesión para aportar la cuenta justificativa que figura en el anexo 7 de la Resolución de 14 de junio de 2018 por la cual se convocan ayudas públicas destinadas a la prensa diaria escrita en catalán en las Islas Baleares, debidamente rellenada y acompañada de la documentación mencionada el punto 16 de las bases específicas de la convocatoria, la cual, de acuerdo con el punto 7 de estas bases específicas, tiene que referirse exclusivamente a actuaciones y gastos llevados a cabo dentro del año 2017 y que correspondan a gastos producidos durante el periodo en que se ha llevado a cabo la actividad subvencionada.

22. En el caso que Edicions Periòdiques Ara Balears, SL reciba una ayuda para la misma finalidad procedente de otras administraciones públicas o de entes públicos o privados y este, aisladamente o en concurrencia con ayudas de la misma Administración o de otras entidades públicas o privadas, supere el coste de la actividad llevada a cabo, el beneficiario tendrá que reintegrar el exceso obtenido, de acuerdo con el punto 19 de las bases específicas de la convocatoria y el artículo 44.4 del texto refundido de la Ley de subvenciones.

23. La directora general de Política Lingüística firmó con fecha de 27 de septiembre de 2018 la propuesta de resolución para adjudicar una ayuda destinada a la prensa diaria escrita en lengua catalana en las Islas Baleares para el año 2018 a Edicions Periòdiques Ara Balears, SL.

Fundamentos de derecho

1. Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística en las Islas Baleares.

2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma.

4. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por  el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

5. Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6. Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 9/2017, de 7 de abril.

7. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de diciembre de 2010 por el cual se recibe el Plan General de Normalización Lingüística aprobado por el Consejo Social de la Lengua Catalana el 18 de junio de 2009.

8. Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.

9. Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 14 de junio de 2018 por la cual se convocan ayudas destinadas a la prensa diaria escrita en lengua catalana en las Islas Baleares.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Conceder una subvención de 144.535,94 euros a Edicions Periòdiques Ara Balears SL, con NIF B57806762, por la edición del diario Ara Balears el año 2017.

2. Autorizar y disponer un gasto a favor de Edicions Periòdiques Ara Balears, SL, con NIF B57806762, de 144.535,94 euros con cargo en la partida presupuestaria 26401 455B01 47000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2018.

3. Informar al beneficiario de que el pago de la subvención se hará de acuerdo con lo que dispone el apartado 16 del anexo 1 de la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 14 de junio de 2018.

4. Informar al beneficiario de que la aceptación de la subvención implica el cumplimiento de las obligaciones recogidas en la base 10 del anexo mencionado.

5. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Cultura, Participación y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

  

Palma, 15 de octubre de 2018

La consejera de Cultura, Participación y Deportes

Francesca Tur Riera