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AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU
Núm. 10651
Bases de la convocatoria de becas de estudios para el curso 2018/2019
EXTRACTO DEL ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2018, POR LA CUAL SE APRUEBAN LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE BECAS DE ESTUDIOS PARA EL CURSO 2018/2019.
BDNS (Identif.): 418065
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarios
Se pueden acoger a esta convocatoria las familias con estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:
6.1.- Que el estudiante esté empadronado en el municipio de Santa Eulària des Riu con una antigüedad mínima de 3 años.
6.2.-Requisitos académicos:
6.2.1.- Para los/as estudiantes universitarios/as, estar matriculados en el curso 2018/2019 de al menos el 80% de los créditos previstos en el Plan de Estudios. Cuando se trate del resto de créditos para alcanzar la titulación, se exigirá estar matriculado de un mínimo de 24 créditos.
Para los/as estudiantes de ciclos formativos, tanto de grado superior como de grado medio, estar matriculados del 100% de los créditos previstos en el Plan de Estudios.
6.2.2.- Tener nota media igual o superior a 5.
6.2.3.- Se deberá haber aprobado, en el curso anterior, el mínimo de créditos según la siguiente relación:
CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y GRADO SUPERIOR |
||
CURSOS |
RAMAS DE CONOCIMIENTO |
PARA OBTENER LA AYUDA |
PRIMERO |
TODAS |
Aprobado |
SEGUNDO |
TODAS |
Haber aprobado como mínimo el 85% de los créditos matriculados en el curso anterior |
GRADO UNIVERSITARIO |
||
CURSOS |
RAMAS DE CONOCIMIENTO |
PARA OBTENER LA AYUDA |
PRIMERO |
TODAS |
Aprobado |
RESTO CURSOS |
ENSEÑANZAS TÉCNICAS (Ingenierías y Arquitectura) |
Haber aprobado como mínimo el 65% de los créditos matriculados en el curso anterior |
CIENCIAS |
Haber aprobado como mínimo el 65% de los créditos matriculados en el curso anterior |
|
CIENCIAS DE LA SALUD |
Haber aprobado como mínimo el 80% de los créditos matriculados en el curso anterior |
|
CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS / ARTES Y HUMANIDADES |
Haber aprobado como mínimo el 90% de los créditos matriculados en el curso anterior |
MÁSTER UNIVERSITARIO |
||
CURSOS |
RAMAS DE CONOCIMIENTO |
PARA OBTENER LA AYUDA |
PRIMERO |
TODAS |
Aprobado |
SEGUNDO |
TODAS |
Haber aprobado el 100% de los créditos matriculados en el curso anterior |
(Criterios de baremación en el anexo II).
6.3.- Los estudiantes solicitantes que se presenten como emancipados o con independencia familiar y económica, deberán acreditar que cuentan con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual (declaración de la renta y documentación de una vivienda a su nombre o contrato de alquiler).
6.4.- Tendrán prioridad aquellas solicitudes de familias con alumnos que cursen una primera titulación cuyo nivel educativo no sea inferior a uno obtenido anteriormente.
6.5.- No encontrarse bajo ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiarios de subvenciones establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6.6.- No tener deudas con el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.
Segundo. Objeto de la convocatoria
3.1.- Esta convocatoria está destinada a familias con estudiantes de estudios presenciales universitarios, de estudios técnicos superiores, estudios de formación profesional, ciclos de grado medio y grado superior o de cualquier enseñanza reglada que se tenga que hacer presencialmente en el territorio nacional y no puedan cursarse en Ibiza.
3.2.- En el caso de estudios de formación profesional, ciclos de grado medio y grado superior u otras enseñanzas regladas no superiores se tendrá que dar también la condición de que no exista centro docente adecuado en Ibiza o, en caso de que exista, se deberá demostrar que no se ha obtenido plaza.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en las Bases de ejecución del presupuesto y los presupuestos municipales del año 2018, aprobados inicialmente en pleno en sesión ordinaria celebrada en fecha 5 de diciembre de 2017 y publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº 150, de fecha 09/12/2017 y publicada la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº007 del 13/01/2018.
Cuarto. Dotación económica
4.1.- Para las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 35.000€, con cargo a la partida 2311-48004 del ejercicio presupuestario del año 2018.
4.2.- La gestión de ayudas será competencia del Área IV de Acción Social, Patrimonio Histórico y Cultural, Bienestar Social, Educación, Juventud, Fiestas, Deportes y Formación.
4.3. La dotación económica por solicitante se establecerá según los criterios establecidos en el artículo 13 de estas bases.
4.4.- Se otorgará una ayuda complementaria a la establecida por los criterios de evaluación de 400€ por la excelencia académica de grado universitario.
Quinto. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes
7.1.- El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOIB del extracto de la convocatoria por parte de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
7.2.- Las solicitudes se presentarán en los registros generales de entrada del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu en las siguientes direcciones:
7.3.- Para información, orientación, y recoger la documentación, pueden acudir al Centro de Información Juvenil del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu (C/ San Lorenzo, 16, esquina C/ San Juan, tel. 971 31 90 65), de lunes a viernes de 9 a 14 h y a las oficinas municipales de Jesús y Es Puig d’en Valls y también en la página web del Ayuntamiento (www.santaeulariadesriu.com).
Sexto. Solicitud y documentación necesaria
8.1.- Las solicitudes se formularán mediante modelo de instancia debidamente cumplimentado que será facilitado por el Ayuntamiento (modelo anexo I).
8.2.- Documentación que se debe adjuntar al solicitar la subvención (**):
*El Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu podrá requerir en cualquier momento de la tramitación de la solicitud, los documentos que considere necesarios, a fin de garantizar la correcta adjudicación de la ayuda según los criterios de evaluación establecidos.
En Santa Eulària des Riu, a 08 de octubre de 2018.
El Alcalde,
Vicente Marí Torres