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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 10520
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 9 de octubre de 2018 de corrección de errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 14 de diciembre de 2017 (BOIB nº 156, de 21 de diciembre) por la cual se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de auxiliar de enfermería que dependen del Servicio de Salud de las Islas Baleares, convocado mediante resolución del director general del Servicio de Salud de 23 de agosto de 2017 (BOIB nº 106, de 29 de agosto)

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Texto

Hechos

1. El 21 de diciembre de 2017 se publicó en el BOIB nº 156 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 14 de diciembre de 2017 por la cual se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de auxiliar de enfermería que dependen del Servicio de Salud de las Islas Baleares, convocado mediante resolución del director general del Servicio de Salud de 23 de agosto de 2017 (BOIB nº 106, de 29 de agosto).

2. Se han advertido errores en las listas publicadas en el anexo de la resolución.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar, asimismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Por todo eso dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar los errores observados en la Resolución en cuestión que se concretan en:

El siguiente aspirante debe añadirse a la lista de personas admitidas (eliminándose de la lista de personas excluidas):

DNI

 APELLIDOS Y NOMBRE

50728215

 RUIZ ALBERTOS, MARIA ROSA

Los siguientes aspirantes deben añadirse a la lista de personas excluidas (eliminándose de la lista de personas admitidas), por los motivos que se indican a continuación:

DNI

APELLIDOS Y NOMBRE

MOTIVO DE EXCLUSIÓN

28612333

BORREGO GIL, CONSUELO

No aporta título de catalán

41440139

BUFI JOVER, MARIA LOURDES

Tasa insuficiente o pago no acreditado

43141107

CUBO MORAGUES, NURIA

No aporta título de catalán

X9361344E

EL GHAZOUANI , CHAIMAA

No cumple el requisito 2.1.a de las bases de la convocatoria

X9014238

ENNAJI , SABAH

No aportar título de catalán; no cumple el requisito 2.1.a de las bases de la convocatoria

42028797

ESPINEL APARICIO, MARIA LOURDES

No aporta título de catalán

52270644

GARCIA BOHORQUEZ, MARIA DEL CARMEN

No aporta título de catalán, No alega la titulación requerida

43024070

MARTÍNEZ GARCÍA, Mª VICTORIANA

No aporta título de catalán

43150838

MARTINEZ MASCARO, ISABEL M

No aporta título de catalán

53258122

MORA CORONADO, BARBARA

Solicitud no registrada, Solicitud fuera de plazo

21423504

NICOLAS CARCELES, ANA MARIA

No aporta título de catalán

11936366

PRADA ALONSO, ANA ISABEL

No aporta título de catalán

43183000

RODRIGUEZ ARROYO, SANDRA

No aporta título de catalán

41537773

SERVERA PERONA, VERONICA

Tasa insuficiente o pago no acreditado

2. Abrir un nuevo plazo de 10 días hábiles exclusivamente para que las personas afectadas por la presente corrección de errores puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas —que no tendrán carácter de recurso administrativo— o para enmendar, si procede, el defecto o la causa que haya motivado la exclusión, a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la web www.ibsalut es y en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

  

Palma, 9 de octubre de 2018

El director general Julio Miguel Fuster Culebras Por delegación de la consejera de Salud (BOIB 10/2016)