Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA - PALMAACTIVA-

Núm. 10382
PalmaActiva.- Bases de la convocatoria de los Premios Audiovisuales Palma Film Office 2018 (Publicado extracto en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ID 417996)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por resolución de gerencia núm. PAC 201800412, de fecha 03 de octubre 2018, se aprobó la convocatoria y las bases reguladoras de los Premios Audiovisuales Palma Film Office 2018. Se publican las citadas bases para general conocimiento.

Contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde su aprobación, y en este caso no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo tendrá que presentarse en el Registro de este Organismo o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada. Se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, puede interponerse directamente recurso contencioso administrativo, según lo establecido en el artículo 123 antes mencionado y el 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de su aprobación. Esto sin perjuicio de cualquiera otro recurso o acción que se considere pertinente.

Palma, 03 de octubre de 2018

La gerente en funciones

Josefa Peláez Gallego

BASES DE LOS PREMIOS AUDIOVISUALES PALMA FILM OFFICE 2018

Palma Film Office es un servicio gratuito de PalmaActiva que tiene como objeto facilitar información sobre localizaciones en Palma, facilitar la obtención de autorizaciones de fotografía y rodaje, y apoyar al tejido empresarial y profesional del sector.

Con estos objetivos, PalmaActiva establece la IV convocatoria anual de los Premios Audiovisuales, un concurso que se tramita por concurrencia competitiva.

1. Objeto del concurso

Los Premios Audiovisuales de PalmaActiva tienen una doble finalidad:

- Promover la ciudad de Palma como localización de producciones audiovisuales.

- Impulsar el desarrollo económico local y el apoyo a la profesionalización en el sector.

2. Categorías y destinatarios de los Premios

Pueden optar a los Premios las producciones audiovisuales que se presenten a cualquiera de las tres categorías del concurso siempre y cuando cumplan con uno de los tres siguientes criterios:

- O bien que incluyan de forma destacada ubicaciones y escenarios interiores y/o exteriores reconocibles de Palma. Su temática es libre, con las limitaciones que más adelante se señalan.

- O bien que el/los participante/s tengan su residencia instalada en Palma.

- O bien que en el caso de ser una empresa que presente la obra, ésta tenga domicilio fiscal en Palma.

Las obras tienen que ser originales y creadas por parte de los solicitantes al concurso. No pueden optar a los Premios las producciones audiovisuales que contengan más de un 15% de material no original sobre la totalidad de la obra. Los solicitantes tienen que tener disponibilidad sobre la obra en calidad de autores.

No se aceptarán las obras que tengan un carácter o contenido puramente publicitario de alguna marca, bien, producto o servicio. La organización se reserva el derecho de exclusión de los trabajos que presenten contenidos violentos, obscenos, xenófobos, discriminatorios, tipificados como delito o cualquiera otro contenido que atente contra la dignidad de las personas.

Tampoco se pueden presentar obras audiovisuales que con una fecha de producción superior a cinco años desde el establecimiento de la convocatoria de este concurso o que se hayan presentado con anterioridad a otro concurso de PalmaActiva; ni aquellas premiadas anteriormente a cualquiera otro concurso de PalmaActiva.

Los premios constan de tres categorías, cada una con un solo premio.

Para cada categoría de premio se elevará propuesta de obra premiada y una obra finalista, de forma que si una obra premiada a una categoría renuncia o no accede al premio, accederá el finalista de la misma categoría. Si este también renunciara, se declarará la categoría desierta. Igualmente la comisión evaluadora podrá proponer la declaración de desierto de una o varías categorías de premio:

1. Premio Vídeo Promocional de Palma, con un importe de 2.000 €. Las obras presentadas a esta categoría tienen que tener una duración mínima de 20 segundos y máxima de 40 segundos.

2. Premio Animación Digital, con un importe de 4.000 €. Las obras presentadas a esta categoría tienen que tener una duración máxima de 10 minutos, se tienen que presentar en formato digital y pueden ser de cualquier temática y técnica de animación.

3. Premio Cortometrajes, con un importe de 4.000 €. Las obras presentadas a esta categoría tienen que tener una duración máxima de 30 minutos y su temática es libre (ficción, documentales, etc.).

Cada participante, individual o colectivo, puede presentar el número de producciones audiovisuales que considere a las tres categorías, pero únicamente puede ser galardonado con un premio.

Pueden participar en estas tres categorías tanto las personas físicas como las jurídicas legalmente constituidas bajo cualquier fórmula, si su objeto social –de las personas jurídicas- está relacionado con el sector audiovisual y la producción y/o comercialización de filmaciones.

En la obra audiovisual tienen que figurar su título y su autoría, y, si se tercia, la entidad o el titular de esta. Las obras se tienen que presentar en su idioma original y si este no es el catalán o el castellano, con subtítulos en uno de estos dos idiomas.

Los beneficiarios no se tienen que encontrar en ninguna de las circunstancias previstas en el  artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Los premios que se concedan se publicarán en la Base nacional de datos de subvenciones y su importe estará sujeto a las retenciones fiscales vigentes que correspondan en cada momento.

3. Presentación de solicitudes y documentación

Se pueden presentar solicitudes desde que se publique esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta el 31 de octubre de 2018.

Las solicitudes se tienen que presentar mediante modelo oficial de participación, que se puede obtener electrónicamente en el portal web http://www.palmaactiva.com o físicamente en la sede de PalmaActiva, en la C/Socorro, 22, Palma, en horario de 9 a 14 h, de lunes a viernes laborables.

Las solicitudes presentadas por personas físicas –tanto individuales como colectivas- tienen que estar firmadas por todos los miembros. Las presentadas por personas jurídicas tienen que estar firmadas por sus representantes legales. La baja o renuncia de uno de los solicitantes o la modificación de la persona jurídica comportará la no valoración de la obra.

Las solicitudes se pueden enviar por correo electrónico a la dirección palmafilmoffice@palmaactiva.com .Si se presentan sin firma o certificado electrónico se los requerirá que las firmen presencialmente.

Si se opta por la presentación presencial, se tiene que hacer al Registro General de las oficinas de PalmaActiva (c/Socorro, 22, Palma), en horario de 9 a 14h en días laborables, de lunes a viernes, y presentar toda documentación en uno sobre cerrado donde se indique: Premios Audiovisuales 2018, PalmaActiva, nombre de la obra que concursa y nombre completo del solicitante.

Tanto las solicitudes presentadas por correo electrónico como las presentadas físicamente se tienen que acompañar con los siguientes documentos:

a.- Fotocopia del DNI/NIE/ CIF del solicitante/s.

b.- Fotocopia del DNI/ NIE /CIF del representante de la persona jurídica, si procede, y carácter de la representación.

c.- Fotografía de quien dirige la obra (300 ppp en jpg y máximo 1Mb).

d.- 2 fotografías de la obra audiovisual en formato digital (300 ppp en jpg y no superior a 1Mb).

e.- Biofilmografia de quien dirige y, si procede, de la empresa productora (máximo de 400 caracteres).

f.- Las obras presentadas se entregaran mediante una URL válida donde el Jurado las pueda visualizar. Si el autor/a no quiere hacer pública la obra, puede entregar una URL en formato privado y/o oculto (modo de visualización disponible en la mayoría de plataformas de difusión de vídeo como Youtube, Vimeo, etc.)

Quienes opten a las categorías de Animación digital y Cortometrajes también tendrán que presentar los siguientes documentos:

g.- Sinopsis de la obra (máximo de 300 caracteres).

h.- Presentación de un resumen de la obra, con una duración máxima de 60 segundos, se entregaran mediante una URL válida donde el Jurado la pueda visualizar. Si el autor/a no quiere hacer público el resumen de la obra, puede entregar una URL en formato privado y/o oculto (modo de visualización disponible en la mayoría de plataformas de difusión de vídeo como Youtube, Vimeo, etc.)

Las obras presentadas en la categoría de Cortometrajes, si disponen –por lo tanto, con carácter no obligatorio– se pueden acompañar con un certificado de gestión medioambiental de la producción y distribución de la obra presentada a concurso, AENOR ISO AMBIENTAL 14001:2015 u otro sistema similar.

Una vez presentada la solicitud con sus correspondientes documentos anexos, si se observan defectos, el órgano competente requerirá al interesado que en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles los enmiende, con la indicación que si no lo hace se considerará que ha desistido de la  solicitud presentada.

4. Órganos y funciones

La organización y la dirección de la actividad corresponden a PalmaActiva, como también la competencia para resolver dudas e incidencias, aprobar instrucciones y aprobar definitivamente los Premios. Instruye el expediente el área de Promoción Económica del organismo, área gestora del expediente, que llevará las tareas de registro y de admisión de las solicitudes y de enmiendas.

El órgano competente para resolver las diferentes fases de la convocatoria y del otorgamiento de los Premios es la Gerencia de PalmaActiva. La resolución de PalmaActiva pone fin a la vía administrativa.

El concurso consta de dos órganos:

A. Comisión Técnica integrada por dos técnicos/as de PalmaActiva.

B. Jurado integrado por profesionales del sector audiovisual, críticos de cine y otras personas de reconocido prestigio en este sector.

Una vez determinados sus integrantes se publicará la composición en la web de PalmaActiva. Las votaciones y las deliberaciones del Jurado son secretas. El Jurado está en facultad para poder proponer declarar desierto algún premio o todos.

Presidirá los anteriores órganos la gerente de PalmaActiva y ejercerá las funciones de secretario/aria el personal técnico de PalmaActiva que designe la Presidencia del órgano.

5. Fases y criterios de selección

El concurso consta de dos fases:

a. Primera fase de comprobación de las solicitudes de participación. La Comisión Técnica comprobará las solicitudes presentadas en el plazo máximo de 10 días naturales y para las que presenten defectos requerirá a los solicitantes que los enmienden en el plazo de 10 días hábiles.

 b. Segunda fase de valoración. En el plazo máximo de 30 días naturales el Jurado valorará las obras presentadas y emitirá propuesta de otorgamiento de Premios, que elevará al órgano de gobierno competente de PalmaActiva.

La valoración del Jurado se basará en los 8 criterios que se mencionan a continuación, cada uno de los cuales se puntuará de 0 a 10 puntos, hasta sumar un total máximo de 80 puntos:

1.- Calidad artística y técnica de la obra audiovisual.

2.- Originalidad del planteamiento.

3.- Combinación del número y la originalidad de los escenarios.

4.- Información incluida sobre la ubicación y la historia de cada lugar.

5.- Valores positivos aportados sobre la imagen de la ciudad de Palma o elementos de localización: ubicaciones, localizaciones y escenarios de la ciudad/municipio de Palma.

6.- Impacto económico y social / sostenibilidad ambiental.

7.- Las solicitudes individuales que presenten mujeres y los colectivos en los cuales el 50% o más de los integrantes, sean mujeres.

8.- El argumento principal de la obra presentada trate sobre alguna de las temáticas siguientes: la inserción laboral, la investigación de trabajo, la formación, la emprendiduría, el mundo de la empresa.

6. Acto de clausura y entrega de los premios

Los nombres de los proyectos ganadores se anunciarán en acto público en el cual se entregarán los Premios. En ningún caso se comunicarán antes. Las fechas y el lugar donde se desarrollará el acto, los determinará la organización y los comunicará con antelación a los participantes a través del portal web de PalmaActiva.

Aceptar el premio implica la cesión no exclusiva a PalmaActiva de los derechos de reproducción, comunicación pública, divulgación y distribución gratuita de las obras premiadas con el fin de promocionar los Premios de PalmaActiva y la ciudad de Palma como destino para hacer filmaciones y grabaciones.

PalmaActiva se reserva el derecho de utilizar las obras participantes en el web http://web.palmaactiva.com/pfo/ y a comunicaciones de carácter institucional, sin que esto suponga retribución o compensación. En todo caso, se hará mención del nombre del autor o de la autora.

Los Premios se abonarán proporcionalmente, por parte alícuotas, entre los solicitantes de la obra galardonada; si es una persona jurídica el abono se hará íntegramente a esta.

7. Obligaciones de los beneficiarios

Participar en el concurso implica aceptar estas Bases. También implica la autorización expresa a la organización para usar fotogramas, fotografías, trailers y extractos de las obras presentadas para actos promocionales y de difusión del concurso, tanto por canal web y redes sociales como por canales audiovisuales, la cual se hará siempre para fines promocionales y sin ninguna finalidad comercial ni lucrativa.

Así mismo, los datos que se envíen para la selección de las obras podrán aparecer en los medios publicitarios y de promoción del concurso. PalmaActiva se reserva el derecho de exhibición de los proyectos ganadores.

Son obligaciones de los beneficiarios:

a. Cumplir estas Bases.

b. Someterse a las actuaciones de comprobación, y también a cualesquier otros de revisión y control financiero que puedan llevar a cabo los órganos de control competentes.

c. Hacer publicidad del premio, con el mínimo que acuerde la organización, ya sea mediante la participación en entrevistas de medios de comunicación, publicidad en el portal web del solicitante, mención del premio concedido en su publicidad ordinaria, etc.

d. Estar al corriente en cuanto a las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y no haber sido sancionado para la obtención de premios, ayudas o subvenciones públicas, en el momento de su pago.

e. Si se encuentra en alguna de las causas de incumplimiento, reintegrará la cuantía recibida.

f. Las obras no tienen que lesionar derechos de autor ni otros derechos de terceros, tanto por las imágenes como por las partes sonoras. El solicitante garantiza la indemnidad de PalmaActiva ante cualquier reclamación de terceros.

8. Incumplimientos

Se consideran incumplimientos de las finalidades establecidas en estas Bases:

1.- La falsedad en los datos aportados, el plagio y el incumplimiento de la ley de derechos de autor.

2.- La obtención del premio dinerario falseando las condiciones requeridas.

3.- El incumplimiento de dar la publicidad adecuada al premio dinerario recibo.

Los reintegros se tienen que hacer en la forma establecida en el título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, artículos 36 a 43, con derecho de audiencia de las personas interesadas.

9. Aplicaciones presupuestarias

El crédito total asignado en esta convocatoria es de 10.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 40 43320 4890000 NNTT EN EL DESENV. EMPLEAS.- TRANSF. DINAMIZACIÓN ECONOMICA del vigente presupuesto 2018 de PalmaActiva.

 

10. Régimen jurídico

La concesión de las subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el art. 58 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la ley de subvenciones; el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, Texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB; el Ordenanza municipal de subvenciones (BOIB núm. 35, de 12 de marzo de 2015), y las Bases de ejecución del Presupuesto por el año 2018. La convocatoria está presidida por los principios de igualdad y no discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia y objetividad