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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 10322
Resolución del director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la que se inicia el expediente de abintestato (DGTPFP 207/2018 PATRIM)

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Texto

Hechos

1. El 1 de octubre de 2018, con número de registro de entrada L15E20236, entró en la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas el escrito de la señora Nuria Requejo de la Fuente en el que indica que ha tenido conocimiento de la muerte de su amigo el señor Fernando Galarza de Nicolás, con DNI ......... 452Q, de estado civil soltero y vecino de Palma de Mallorca, que no otorgó testamento y en la creencia de que no tiene familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad.

2. Adjunta al mencionado escrito:

Una copia compulsada de la certificación literal de defunción del Registro

— Civil de Palma de Mallorca, de 26 de septiembre de 2018.

Una copia compulsada de la Subdirección General del Notariado y de los  Registros, de 27 de septiembre de 2018, la cual indica que el señor Galarza no otorgó testamento.

Fundamentos de derecho

1. La Compilación de derecho civil de las Illes Balears, aprobado por Decreto Legislativo 79/1990, de 6 de septiembre, modificada por la Ley 7/2017, de 3 de agosto (Boletín Oficial de las Illes Balears, n.º 96, de 5 de agosto).

2. Los artículos 41 bis y 41 ter de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en especial el artículo 58.3.

4. La Ley 15/2015, de 2 de julio, de la jurisdicción voluntaria, en especial la disposición transitoria segunda y la disposición final octava la cual modifica la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6. La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

7. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

8. El Código civil, aprobado por Real Decreto de 24 de julio de 1889, en particular el título III del libro III, sucesiones (art. 657 a 1087).

9. El escrito de la directora de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de 17 de mayo de 2018, en el cual se que considera que los expedientes de de abintestato no deben ser informados por la Abogacía y que el único informe preceptivo es el del Servicio de Patrimonio.

10. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Boletín Oficial de las Illes Balears, n.º 97, de 2 de julio).

11. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (Boletín Oficial de las Illes Balears, n.º 97, de 2 de julio).

12. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Boletín Oficial de las Illes Balears, n.º 120, de 8 de agosto).

13. El Decreto 49/2016, de 22 de julio, por el que se nombra al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Boletín Oficial de las Illes Balears, n.º 93, de 23 de julio).

14. La Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 18 de diciembre de 2015 por la que se modifica la Resolución de 7 de julio de 2015 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.

Por todo ello dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Iniciar el expediente de abintestato, DGTPFP 207/2018 PATRIM, referido al señor Fernando Galarza de Nicolás.

2. Publicar la resolución de inicio en Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de las Illes Balears i en la página web del Servicio de Patrimonio.

3. Publicar la resolución de inicio en los siguientes tablones de anuncios:

— del ayuntamiento del último domicilio del señor Galarza (Palma);

— del ayuntamiento donde nació el señor Galarza (Melilla);

— de los ayuntamientos donde se encuentren los bienes del señor Galarza.

Estos edictos deberán ser expuestos durante el plazo de un mes.

4. El plazo del procedimiento para resolver el expediente es de un año.

5. Cualquier persona interesada que se crea con igual o mejor derecho que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las otras entidades territoriales (consejos insulares y ayuntamientos) para suceder al señor Fernando Galarza de Nicolás pude presentar las alegaciones y aportar los documentos que considere oportunos antes de la resolución del procedimiento en el Servicio de Patrimonio, plaza de la Drassana, 4, 2n, 07012 Palma.

Palma,  3 de octubre de 2018

El director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

José Luis Gil Martín

Por delegación de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas (BOIB 101/2015)