Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 10233
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la implantación o mantenimiento del Sistema Integrado de Calidad Turística en Destino para las empresas del municipio de Alcúdia
En sesión extraordinaria celebrada en fecha 17 de setiembre de 2018, el Pleno del Ayuntamiento ha aprobado las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la implantación o mantenimiento del Sistema Integrado de Calidad Turística en Destino para las empresas del municipio de Alcúdia. El plazo otorgado para su solicitud se contará desde la publicación de la correspondiente convocatoria -que no de las presentes bases-.
Lo que hacemos público.
En Alcudia, a 1 de octubre de 2018.
El alcalde,
Antoni Mir Llabrés
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA IMPLANTACIÓN O MANTENIMIENTO DEL SICTED POR EMPRESAS DEL MUNICIPIO DE ALCÚDIA
PRIMERA. - OBJETO
El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones para implantar o mantener la implantacióń del Sistema Integral de Calidad Turística para empresas del municipio de Alcúdia.
Què es el Sistema Integral de Calidad Turística?
Es un proyecto de mejora de la calidad de los destinos turísticos promovidas por TURESPAÑA y por la FEMP, que trabajan con empresas y servicios turísticos de hasta 32 oficios diferentes, con el objetivo de mejorar la experiencia y satisfacción del y de la turista.
Los principales objetivos de la convocatoria son:
- Mejorar la competitividad de las empresas de Alcúdia a la vez que se mejora la destinación.
- Mejorar la gestióń interna, especialmente en los procesos relacionados con la satisfacción de la clientela.
- Participar en el mayor proyecto de calidad turística desarrollado en España, junto con más de 5.000 empresas distinguidas.
- Recibir asistencia técnica que ofrece apoyo para la mejora.
- Optar a un distintivo de calidad turístico.
SEGUNDA. - CONSIGNACIÓ PRESUPUESTÀRÍA
Para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesióń de subvenciones objeto de esta convocatoria hay creado adecuado y suficiente a la partida del año 2018: TÚ 432 479 000.
La cantidad total máxima de las subvenciones convocadas es de 2.000 €, con cargo a las mencionadas aplicaciones presupuestarías del presupuesto de gastos.
TERCERA. - DESTINATARIOS DE LA CONVOCATÒRÍA
Pueden optar a esta convocatoria de subvenciones aquellas empresas que durante el año 2018 hayan solicitado la adhesión o renovación al Sistema Integral de Calidad Turística al municipio de Alcúdia.
CUARTA. - ACCIONES SUBVENCIONABLES
Se pueden acoger a esta convocatoria de subvenciones las empresas del término municipal de Alcúdia que se hayan adherido o renovado el Sistema Integral de Calidad Turística durante el año 2018 a la destinacióń Alcúdia con los servicios de consultoría acreditados por la consecución de esta distinción de calidad.
QUINTA. - GASTOS SUBVENCIONABLES
Son objeto de subvencióń los gastos de consultoría, con un máximo de un 50% del coste total (IVA excluido), para llevar a cabo la implantacióń o mantenimiento del SISTEMA INTEGRAL DE CALIDAD TURÍSTICA durante el año 2018.
CICLOS |
COSTE MÁXIMO SUBVENCIONABLE (IVA EXCLUIDO) |
1er y 3er Ciclo |
200 € / empresa (150 € si tiene más de un establecimiento) |
2dónde y 4rt Ciclo |
150 € / empresa (100 € si tiene más de un establecimiento) |
Ciclo seguimiento (5è año) |
150 € / empresa (100 € si tiene más de un establecimiento) |
Ciclo renovación (6è año) |
150 € / empresa (100 € si tiene más de un establecimiento) |
Empresas que convalidan |
0 € /empresa (planes de calidad homologados o reconocidos) |
NO SON OBJETO DE SUBVENCIÓ:
- El IVA.
- Otros gastos que tienen que ser abonadas a la Agencia de Turismo de las Islas Baleares, como por ejemplo la inscripcióń u otras cuotas.
- Otros gastos que sean necesarios para conseguir el distintivo como consecuencia de carencias, irregularidades o mejoras necesarias a los establecimientos.
SEXTA. -PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓ DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓ
El plazo de presentacióń de solicitudes será̀ de 15 días hábiles, contadores a partir del día siguiente de haberse publicado la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (que tendrá lugar con posterioridad a la publicación de las presentes bases).
Las instancias tienen que ir dirigidas al Alcalde del Ayuntamiento de Alcúdia y se tienen que presentar en el registro general del Ayuntamiento de Alcúdia hasta antes de las 14h del último día de admisióń o por cualquier de los medios previstos al artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.
SÉPTIMA. - PRESENTACIÓ DE DOCUMENTACIÓ Y TRAMITACIÓ DE SOLICITUDES:
- Las solicitudes de subvención se tienen que formalizar según el modelo del anexo y de las presentes bases y tienen que ir acompañadas de la documentacióń siguiente:
1- Una Copia cotejada del DNI del/de la representante de la empresa.
2- Una Copia cotejada del NIF de la empresa solicitante.
3- Una Copia cotejada del documento acreditativo del alta de la IAE en el supuesto de empresario individual y copia compulsada de la escritura de constitucióń y alta de IAE (en el supuesto de S.A., S.L. y similares o fotocopia de la declaracióń censal de alta en los casos de obligados tributarios (036).
4- Un certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con las administraciones y con la Seguridad Social. Respecto de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento convocante, la entidad interesada podrá autorizarlo para consultar este extremo.
5- Una Copia cotejada de la factura de prestacióń de servicios de consultoría.
6- Un Certificado bancario de los datos de la cuenta corriendo donde se solicita que se efectúä el ingreso de la subvencióń que, si procede, se conceda.
7- Una declaracióń responsable ante la autoridad administrativa de no incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas a los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo II)
OCTAVA. - ENMIENDA DE DEFICIÈNCIES
Si la solicitud o la documentacióń presentadas fueran incorrectas o incompletas, el Ayuntamiento de Alcúdia requirierà la rectificacióń o cumplimientos necesarios, los cuales tendrán que ser aportados en un plazo de 10 días habilidosos, a partir del correspondiente requerimiento. Si en el plazo mencionado la persona interesada no enmienda la documentacióń incorrecta o no presenta la documentacióń requerida, el Ayuntamiento de Alcúdia considerarà que desiste de su peticióń, después de haber tomado la resolucióń pertinente, de acuerdo con el artículo 71.1 de la Ley 30/92, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo comúń.
NOVENA. - OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIÀRÍAS
Las personas perceptoras de las subvenciones tienen que cumplir las obligaciones establecidas a las disposiciones normativas que le son de aplicacióń: las del artículo 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones; las del artículo 11 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones; y la normativa correspondiente del Ayuntamiento de Alcúdia.
Son obligaciones:
1- Cumplir con el objetivo de la convocatoria de subvenciones.
2- Aceptar y cumplir la normativa aprobada por el Ayuntamiento de Alcúdia.
3- Acreditar ante el Ayuntamiento de Alcúdia la realizacióń de la actividad subvencionada con la correspondiente factura – con definicióń clara de asesoría en la implantacióń del Sistema Integral de Calidad Turística en Alcúdia-.
4- Comunicar en el Ayuntamiento de Alcúdia (Anexo III) la obtención de otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad, así como cualquier eventualidad que altere o dificulte el desarrollo de la accióń subvencionada, a efectos de, si se encuentra de suficiente importancia, modificar el contenido y la cuantía del programa subvencionado, así como la forma y los plazos de ejecucióń y justificacióń de los correspondientes gastos.
El importe de las subvenciones obtenidas por diferentes organismos no podrá̀ superar el total del gasto por los servicios de la consultoría.
5- Facilitar en el Ayuntamiento de Alcúdia toda aquella informacióń complementaría necesaria en lo referente al programa subvencionado.
6- Someterse a las actuaciones posteriores de comprobacióń y control del Ayuntamiento de Alcúdia
7- El Ayuntamiento de Alcúdia comprobará la obtención del distintivo o continuidad por parte de la ATB de las empresas a las que se subvencione.
DECENA. - COMISSIÓ EVALUADORA
Se constituye una comisióń evaluadora, que deliberarà y propondrá la resolucióń de esta convocatoria pública al órgano competente del Ayuntamiento de Alcúdia, la cual estará̀ integrada por los siguientes miembros:
Presidente
Titular: Joan Gaspar Vallori Guayta
Suplente: Joana Maria Bennasar Serra
Vocal-secretario
Titular: Pedro Fullana Barceló
Suplente: Joan Seguí Serra
Vocal
Titular: Marina Benet Puigros
Suplente: Maria Isabel Amengual Bibiloni
UNDÉCIMA. - RÉGIMEN DE CONCURRENCIA
La concesióń de subvenciones regulada por la presente convocatoria pública se llevará a término por concurrencia competitiva, hasta el límite del presupuesto indicado en la base novena y, para cada entidad interesada, hasta el 50% de los gastos subvencionables, teniendo en cuenta los principios de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En el caso de que el número de gastos subvencionables superará el límite presupuestario, el importe de la subvención a otorgar a cada entidad interesada se reducirá proporcionalmente.
DOCENA. - RESOLUCIONES Y RECURSOS
El plazo máximo de la resolucióń de la presente convocatoria será̀ de 3 meses, contadores a partir de la finalizacióń del periodo de presentacióń de solicitudes de subvencióń. Una vez transcurrido este plazo sin que recaiga resolucióń expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes cursadas.
Cosa que se comunica para que se tome conocimiento y tenga los efectos pertinentes y a reserva de los términos que resulten de la aprobacióń del acta de la sesióń. Esto significa que contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, conforme disponen el arte 109 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo comúń y el artículo 52.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, de bases de régimen local y otra normativa complementaría, se pueden interponer los recursos siguientes:
Directamente, el recurso contencioso-administrativo, regulado en los artículos 45 y siguientes de la Ley de la jurisdiccióń contenciosa-administrativa, de 13 de julio de 1998, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente de haber recibido el presente acuerdo de notificacióń.
Potestativamente, el recurso de reposicióń, regulado en los art. 116 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones publiques y procedimiento administrativo comúń, ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de haber recibido el presente acuerdo de notificacióń.
Contra la desestimacióń por silencio del recurso de reposicióń, que se producirá̀ al haber transcurrido un mes desde la presentacióń sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, se podrá̀ interponer el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimacióń presunta.
No obstante, el anterior, si fuera el caso, se puede ejercitar cualquiera otro recurso que se estime pertinente.
Las resoluciones de concesióń de esta convocatoria se notificarán oficialmente a las entidades interesadas mediante su publicacióń al BOIB. Se expondrán también en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alcúdia y se colgarán también en la página web del Ayuntamiento de Alcúdia (www.alcudia.net).
ANEXO I
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA IMPLANTACIÓN O MANTENIMIENTO DEL SISTEMA INTEGRAL DE CALIDAD TURÍSTICA EN DESTINO (SICTED) POR EMPRESAS DEL MUNICIPIO De ALCÚDIA
1. Persona física/jurídica solicitante: ..................................................................................................................
2. NIF/CIF solicitante: .......................................................................................................................................
3. Domicilio: .....................................................................................................................................................
4. Teléfono: ................................................. Correo electrónico: .......................................................... Fax: ..........................................
5. Nombre y apellidos del representante de la persona jurídica (en su caso): ...........................................................................................
6. NIF: ............................................................................ Teléfono: ...................................................................
SOLICITA:
Participar a la convocatoria pública para la concesión de subvenciones por la implantación o mantenimiento del Sistema Integral de Calidad Turística en Destino (SICTED) por empresas del municipio de Alcúdia en el presente ejercicio 2018. A dedo afecto, se adjunta la documentación exigida a la convocatoria.
Tomar en consideración la factura de gastos adjunta, por importe de _____________.
La concesión de una subvención por importe máximo de ______(50% base imponible factura).
A ___________, ___ d ____________ de 2018.
Firma
SR. BATLE DEL EXCEL·LENTISSIM AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO INCURRIR EN CABEZA DE LAS PROHIBICIONES ESTABLECIDAS Al ARTÍCULO 13 DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE; GENERAL DE SUBVENCIONES
El Sr./a ......................................................................................, titular del NIF ..........................., representando de la entidad .............................................................., con el CIF .................................... y domicilio, a los efectos de notificaciones, a.................................. ........................................................................................................................, comparece a la Secretaría del Ayuntamiento de Alcúdia y
DECLARO
Que ................................................................................................................. no incurre en ninguna de las prohibiciones establecidas al artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario/a de una subvención.
Y, para que conste, lo firmo.
Alcúdia, ...........................
Ante mí,
El secretario
SR. BATLE DEL EXCEL·LENTISSIM AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
ANEXO III
DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A SUBVENCIONES O AYUDAS OBTENIDAS Y/O SOLICITADAS DE OTRAS INSTITUCIONES PÚBLICAS O PRIVADAS, PARA REALIZAR LA MISMA ACTIVIDAD
El Sr./a ............................................................................................, titular del NIF ..........................................., representando de la entidad .............................................................., con el CIF .................................... y domicilio, a los efectos de notificaciones, a.................................. ........................................................................................................................, comparece a la Secretaría del Ayuntamiento de Alcúdia y
DECLARO
Que en relación a la documentación presentada en la convocatoria pública para la concesión de subvenciones por la implantación o mantenimiento del Sistema Integral de Calidad Turística en Destino (SICTED) por empresas del municipio de Alcúdia en el presente ejercicio 2018 (marcar y rellenar, en su caso):
□ No haber solicitado/recibo otras ayudas económicas con este objeto.
□ Haber solicitado las siguientes ayudas económicas para esta actividad:
Entidad subvencionadora_______________________________________
Cuantía________ Recibida ( ) Concedida y no recibida ( )
Denegada ( ) No resuelta ( )
Y, porque conste, lo firmo.
En Alcúdia, ...........................
SR. BATLE DEL EXCEL·LENTISSIM AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA