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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA

Núm. 10047
Resolución del Consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 26 de septiembre de 2018 por la cual se amplía el plazo de presentación de solicitudes de la Resolución de 21 de agosto de 2018 por la cual se convocan subvenciones destinadas a fomentar la cooperación empresarial en el ámbito del comercio mediante el apoyo a las asociaciones de productores de ámbito autonómico

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Texto

Hechos

1.  En fecha 1 de septiembre de 2018 se publicó la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la cooperación empresarial en el ámbito del comercio mediante el apoyo a las asociaciones de productores de ámbito autonómico (BOIB nº. 108).

2.  Las subvenciones comprendidas en esta convocatoria están incluidas dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2018, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018.

3.  El apartado primero de la Resolución establece que el objeto de la convocatoria es financiar el fomento de la cooperación empresarial en el ámbito del comercio mediante el apoyo a las asociaciones de productores de ámbito autonómico balear.

4.  Para conseguir el objetivo descrito en el párrafo anterior y los establecidos en el artículo 2.1 de las bases reguladoras antes mencionadas, especialmente el fomento de la cooperación empresarial en el ámbito del comercio, el Gobierno de las Islas Baleares quiere dar apoyo a las asociaciones de productores de ámbito autonómico balear.

5.  En consecuencia y por motivos de estacionalidad estival, con el fin de alcanzar una mejor ejecución de los proyectos y favorecer a todos los beneficiarios para que haya una mayor garantía de cumplir las actividades de todos ellos, y con el fin de cumplir los objetivos fijados en el Plan Estratégico de este Gobierno, es coherente y necesario ampliar el plazo de presentación de solicitudes hasta el 15 de octubre de 2018.

Fundamentos de derecho

  1. El artículo 2.7 del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB nº. 120, de 8 de agosto de 2015), modificado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero (BOIB nº. 23, de 28 de febrero de 2016), el cual atribuye a la Dirección General de Comercio y Empresa el fomento en materia de comercio y empresa.

  2. La Orden de la consejera de Comerç, Industria y Energía de 8 de abril de 2008, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio y servicios (BOIB nº. 52, de 17 de abril) y se fijan las bases para esta convocatoria de subvenciones, todo eso de acuerdo con el Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

  3. El Texto refundido de la Ley de subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, aprobado por medio del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

  4. La Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 21 de agosto de 2018 por la cual se convocan subvenciones destinadas a fomentar la cooperación empresarial en el ámbito del comercio mediante el apoyo a las asociaciones de productores de ámbito autonómico.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

Primero. Ampliar hasta el 15 de octubre de 2018 el plazo de presentación de solicitudes de la Resolución de 21 de agosto por la cual se convocan subvenciones destinadas a fomentar la cooperación empresarial en el ámbito del comercio mediante el apoyo a las asociaciones de productores de ámbito autonómico.

Segundo. Modificar el apartado sexto de la Resolución de convocatoria, de día 21 de agosto, en los términos siguientes:

El plazo para presentar las solicitudes es hasta el día 15 de octubre de 2018.

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Trabajo, Comercio e Industria en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 26 de septiembre de 2018

El consejero de Trabajo, Comercio e Industria Iago Negueruela Vázquez