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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 9886
Resolución del director general de Agricultura y Ganadería, de 20 de septiembre de 2018, relativa a la decisión favorable a la modificación del expediente técnico de la indicación geográfica Hierbas de Mallorca para incluir también la denominación Herbes de Mallorca

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Texto

El 11 de enero de 2018, tuvo entrada escrito de la Asociación de Fabricantes de Bebidas Espirituosas de Mallorca en que comunicaba que habían aprobado que una vez resuelto favorablemente el expediente técnico de la Indicación Geográfica Hierbas de Mallorca por parte de la Comisión Europea, se iniciara la tramitación de una modificación para poder incluir la denominación en catalán Herbes de Mallorca, en aplicación del Reglamento (CE) 110/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de bebidas espirituosas.

El 14 de julio de 2018 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Resolución de 21 de junio de 2018 del director general de Agricultura y Ganadería en que se daba publicidad a la tramitación de la modificación del expediente técnico de la Indicación Geográfica Hierbas de Mallorca para incluir, también, la denominación Herbes de Mallorca y se establecía un plazo de dos meses para oponerse.

Una vez agotado el plazo preceptivo desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del mencionado anuncio, no consta que se haya presentado ninguna oposición a dicha modificación.

El 18 de septiembre de 2018 el jefe del Servicio de Calidad Agroalimentaria propuso que se dictara una resolución favorable a la tramitación de la modificación del expediente técnico de la Indicación Geográfica Hierbas de Mallorca en cuanto a incluir también la denominación Herbes de Mallorca.

Para dictar esta Resolución es competente en materia de denominaciones de origen la persona titular de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la Presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El procedimiento de modificación se tramita de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (CE) 110/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de las Indicaciones Geográficas de bebidas espirituosas y el Real decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a estas, modificado por el Real decreto 149/2014, de 7 de marzo.

El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas, establece que los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente.

Por todo ello, y de acuerdo con la atribución competencial que prevé el artículo 16 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Artículo 1

Denominación

Emitir una decisión favorable a la modificación del expediente técnico de la Indicación Geográfica Hierbas de Mallorca para incluir, también, la denominación Herbes de Mallorca.

 

Artículo 2

Expediente técnico

Publicar el expediente técnico modificado en que se ha basado esta decisión favorable en el portal web del Gobierno de las Illes Balears, accesible mediante el enlace siguiente:

http://www.caib.es/sites/qualitatagroalimentaria/ca/herbes_de_mallorca-46247/

Artículo 3

Comunicaciones

Comunicar esta Resolución al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a fin de que tramite la solicitud de modificación ante la Comisión Europea.

Artículo 4

Notificación i publicación

Notificar esta Resolución al solicitante y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears con la finalidad de garantizar que la decisión favorable se haga pública y que cualquier persona física o jurídica legítimamente interesada disponga de vías de recurso.

Palma, 20 de septiembre de 2018

El director general

Mateu Ginard i Sampol