Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 9826
Inicio expediente caducidad derechos funerarios
La Junta de Gobierno de fecha 18 de julio de 2018 aprobó las siguientes PROPUESTAS DE ACUERDO:
"PRIMERO.- Iniciar el expediente de caducidad a que se refiere el artículo 106 y siguientes del ordenanza municipal del cementerio y policía sanitaria mortuoria de este Ayuntamiento, respecto de las siguientes sepulturas:
1.1.-) Sepultura núm. 3, nombre propietario Bartolomé Seguí y hermanos, no consta fecha inscripción título.
1.2.-) Sepultura núm. 4, nombre propietarios tres cuartas partes la Sra. Antònia Ramis Bonet y una cuarta parte la Sra. Angela Pericàs Gomila, fecha inscripción título 19 de febrero de 2009.
1.3.-) Sepultura núm. 87, propiedad por mitades de Gaspar Mi Aguiló Fuster y Gabriel Fuster Fontanet, fecha inscripción título 24 de junio de 1998.
1.4.-) Sepultura núm. 134, propiedad de la Sra. Ana Torres Calvo y de la Sra. Francisca Torres Calvo, fecha inscripción 21 de noviembre de 1995.
1.5.-) Sepultura núm. 140, propiedad de herederos del Sr. Bartolomé Verd Amengual, fecha inscripción 3 de noviembre de 1932.
1.6.-) Sepultura núm. 154, herederos de José Pujadas Seguí, fecha inscripción 27 de octubre de 1932.
1.7.-) Sepultura núm. 242, propiedad de herederos del Sr. Jaume Vidal Jaume, fecha inscripción 11 de noviembre de 1932.
1.8.-) Sepultura núm. 254, propiedad de herederos del Sr. Rafel Morey Coll, fecha inscripción 16 de febrero de 1950.
1.9.-) Sepultura núm. 271, propiedad de herederos del Sr. Jaume Coll Llabrés, fecha inscripción 14 de agosto de 1889.
1.10.-) Sepultura núm. 283, propiedad de herederos del Sr. Isabel Real Jaume, fecha inscripción 11 de agosto de 1887.
1.11.-) Sepultura núm. 286, propiedad de la Sra. Ana Torres Calvo y de la Sra. Francisca Torres Calvo, fecha inscripción núm. 21 de noviembre de 1995.
1.12.-) Sepultura núm. 368, propiedad de herederos de Juan Quetglas Ferrer y Miquel Martorell Sampol, fecha inscripción 17 de noviembre de 1910.
1.13.-) Sepultura núm. 402, propiedad de herederos de Gabriel Sampol Melis, fecha inscripción 6 de enero de 1905.
1.14.-) Sepultura núm. 415, propiedad de herederos de los Sr. Pedro, Jaime, Antonio, Miguel y Francisca Llabrés Gelabert, fecha inscripción 12 de abril de 1932.
1.15.-) Sepultura núm. 488, propiedad de herederos de Damián Socías Coll, fecha inscripción 10 de abril de 1958.
1.16.-) Sepultura núm. 492, propiedad del Sr. Mateo Pujadas Mateu y germanos Maria, Catalina y Juana Pujadas Mateu, fecha inscripción 20 de octubre de 1932.
1.17.-) Sepultura núm. 504, propiedad de la Sra. Margarita París Siente, fecha inscripción 18 de octubre de 1932.
1.18.-) Sepultura núm. 518, propiedad de los hermanos Bartolomé, Margarita, Catalina y Maria Siguió Frontera, fecha inscripción 3 de diciembre de 1932.
1.19.-) Sepultura núm. 552, propiedad de herederos del Sr. Nadal Nicolau Figuerola, fecha inscripción 7 de abril de 1982.
1.20.-) Sepultura núm. 579, propiedad de la Sra. Magdalena Socías Prats, fecha inscripción 9 de diciembre de 1983.
1.21.-) Sepultura núm. 663, propiedad de los herederos del Sr. Pedro Pujadas López, fecha inscripción 27 de diciembre de 1938.
1.22.-) Sepultura núm. 724, propiedad de los herederos del Sr. Pedro Amer Sastre, fecha inscripción 14 de febrero de 1946.
1.23.-) Sepultura núm. 728, propiedad del Sr. Pedro Juan Mateu, no consta fecha inscripción.
1.24.-) Sepultura núm. 767, propiedad del Sr. Juan Cifre Cifre, fecha inscripción 21 de febrero de 1958.
1.25.-) Sepultura núm. 809, propiedad de las Sras. Catalina y Barbara Rullàn Ferragut, fecha inscripción 5 de noviembre de 1986.
1.26.-) Sepultura núm. 827, propiedad del Sr. Guillermo Ferrer Ferrer, fecha inscripción 21 de febrero de 1958.
1.27.-) Sepultura núm. 843, propiedad de los herederos del Sr. Lorenzo Duran Cuele, fecha inscripción 7 de marzo de 1958.
1.28.-) Sepultura núm. 909, propiedad del Sr. Pablo Oliver Sanchez, fecha inscripción 7 de diciembre de 1956.
1.29.-) Sepultura núm. 1050, propiedad de la Sra. Margarita Llompart Amer, fecha inscripción 1 de junio de 1962.
1.30.-) Sepultura nüm. 1200, propiedad de los Sres. Francisca, Gabriel Antònia Company Planas y del Sr. Vicente Amengual Suave, fecha inscripción 24 de abril de 1965.
1.31.-) Sepultura núm. 1221, propiedad del Sr. Sebastian Bergas Bujosa, data inscripción 15 de enero de 1971.
1.32.-) Sepultura núm. 1226, propiedad del Sr. Gabriel Pujol y de la Sra. Gertrudis Pujol, fecha inscripción 13 de noviembre de 1970.
1.33.-) Sepultura núm. 1231, propiedad de los Sres. José Mas Zandalinas, Francisco Mas Recober, Guiliermo Beltrán y Damian Mas, fecha inscripción 3 de mayo de 1976.
1.34.-) Sepultura núm. 1253, propiedad del Sr. Juan Bohigas Pascual, fecha inscripción 20 de junio de 1975.
1.35.-) Sepultura núm. 1333, propiedad del Sr. Juan Rubert Coll y de la Sra. Francisca Maura Beltràn, fecha inscripción 15 de diciembre de 1975.
1.36.-) Sepultura núm. 1372, propiedad del Sr. Juan Santiago Santiago y de la Sra. Antónia Santiago Moreno, fecha inscripción 15 de diciembre de 1975.
1.37.-) Sepultura núm. 1379, propiedad del Sr. Rafael Pons Garau y de la Sra. Bàrbara Pons Beltràn, fecha inscripción 22 de marzo de 1977.
1.38.-) Sepultura núm. 1383, propiedad de la Sra. Francisca Llabrés Llabrés, fecha inscripción 22 de marzo de 1977.
1.39.-) Sepultura núm. 1939, propiedad del Sr, Antoni Serra Mateu, fecha inscripción 15 de enero de 2002,
1.40.-) Sepultura núm. 2224, propiedad del Sr. Cristobal Expósito Fernàndez y de la Sra. Amalia Fernàndez Ruiz, fecha inscripción 30 de enero de 1989.
1.41.-) Sepultura núm. 2272, propiedad del Sr. Nicolàs Fernàndez Santiago, fecha inscripción 13 de febrero de 1989.
1.42.-) Sepultura núm. 2440, propiedad del Sr. Mateo Bosch Marco y de la Sra. Antònia Salas Llobera, fecha inscripción 4 de mayo de 2000.
1.43.-) Sepultura núm. 2493, propiedad del Sr. Francisco Garcia Martínez y de la Sra. Luz Divina Díaz Rayo, fecha inscripción 9 de agosto de 2000.
SEGUNDO.- Conceder un plazo de treinta días de información pública, a contar desde la publicación de este acuerdo en el BOE, por que, aquellas personas que puedan tener cualquier derecho encima estas sepulturas, lo aleguen acrediten mediante escrito motivado en el que tendrán que acompañar aquellos documentos en el que lo fundamenten y a que se refiere el arte. 87 y siguientes del ordenanza municipal. Esta información además de publicación en el BOE, en el BOIB se realizará mediante anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, al semanario Jueves y a dos diarios de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
TERCERO.- Advertir a aquellas personas que finalmente acrediten sus derechos encima una unidad de entierro que, antes de que el Ayuntamiento se lo reconozca y por que no se declare definitivamente la caducidad, tendrán que ponerse la corriente de las tasas de conservación abonando la correspondiente liquidación de los últimos cinco años y hacer además las reformas necesarias de seguridad, sanidad ornamento a que se refiere el arte. 36 del ordenanza municipal, solicitando a estos efectos la correspondiente licencia municipal de obras.
CUARTO.- Finalizado el plazo de información pública se procederá por la Junta de Gobierno Municipal a la declaración definitiva de caducidad de las sepulturas antes relacionadas respecto de las cuales no se hubiera acreditado ningún derecho o bien que, acreditándolo, los titulares no hubieran cumplido con el establecido al apartado 3 de esta propuesta de acuerdo. Estos titulares podrán, a cargo suyo y en el plazo de quince días a contar desde la notificación de la declaración definitiva de caducidad, retirar los elementos complementarios de carácter ornamental o funerarios, y los restos que pudiera haber, trasladándolas a una otro unidad de entierro.
QUINTO.- Finalizado el expediente y en todo caso agotado el plazo de quince días a que se refiere el apartado anterior, y respecto de aquellas sepulturas donde se declare la caducidad de sus derechos, el Ayuntamiento, en lugar de depositar los restos a la fosa común tale como prescribe el ordenanza, lo hará a una unidad de entierro municipal donde serán estos identificados por su sepultura de procedencia. Transcurrido el plazo de cinco años, y sin que nadie se haya interesado por los restos, serán finalmente depositados a la fosa común.
Por necesidades de interés público se podrá avanzar este traslado a la fosa común mediante decreto de la alcaldía debidamente motivado"
El presente acuerdo se publica a los efectos de lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debido a la imposibilidad de llevar a término la notificación personal por los medios establecidos, habiéndose publicado el presente acuerdo en el Boletín Oficial del Estado núm. 214 de fecha 4 de septiembre de 2018.
Inca, 5 de septiembre de 2018
El Alcalde
Virgilio Moreno Sarrió