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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 9824
Extracto de la Resolución de Presidencia de 17 de septiembre de 2018 de convocatoria pública de ayudas económicas del IMAS a entidades que llevan a cabo actividades en materia de servicios sociales para el año 201

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 416103

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.bi 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual es consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

Objecto

El objetivo de la convocatoria y de las bases reguladoras específicas, el criterio y el procedimiento de concesión de las ayudas económicas adicionales a la financiación de las actuaciones en mate ria de servicios sociales, las realidades de las asociaciones y las sensaciones sentido a nim de lucre des de dia 1 de gener de 2017 i fins al 31 de desembre de 2017.

Segundo. Beneficiarios

Podrán encontrar una Asociación en el campo de la convocatoria de las Entidades y las Asociaciones que presentan un proyecto que Haya terminada entre Otras actividades que extiende en el campo de la convocatoria, que reúne a los Segmen Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.

b) No tener ánimo de lucro.

c) Tener domicilio social (representación o delegación) en la isla de Mallorca.

d) Estar inscrita en el Registro Unificado de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o en el corresponsal, abanderado de los datos de la soledad en el marco de la convocatoria.

e) Tener capacidad jurídica y de obrar.

f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones Económicas con el Consejo de Mallorca y con el IMAS y con las obligaciones Tributarias y con el Seguro social que los impone por la normativa Vigente.

g) No incurrir en ninguna de las prohibitions para ser beneficiario que establece el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

No hay obstáculo, que los excluidos de esta convocatoria quelas entidades a las que se haya otorgado una subvención o tenga concierto o haya tenido a lo largo de 2017 contratos de servicios con el IMAS, respecto del ejercicio 2017. A estos efectos , se requerirá informe preceptivo y vinculante del servicio Jurídico Administrativo.

Tercero. bases reguladoras

Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017).

Cuarto. Cuantía

El importe máximo que se destina a la convocatoria de 300.000,00 €, con cargo a la partida 40.23142.48905 del presupuesto de gastos del IMAS para el año 2018, (núm. Referencia contable: 22018012704).

Quinto. Plazo para presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes es de quince días hábiles, a contar a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Según el artículo 30.2 de la Ley 39/15, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicos, excluyéndose del cómputo los sábados los domingos y los declarados festivos.

 

Sexto. Otros datos

Los proyectos subvencionables habrán de haberse llevado a cabo entre el 1 de enero de 2017 hasta 31 de diciembre de 2017.

El modelo normalizado de solicitud y la documentación que se tiene que adjuntar se encuentra disponible, igualmente, en la sede electrónica del Consejo de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/).

 

Palma, 21 de septiembre de 2018

La secretaría delegada (BOIB núm. 109, de 5-09-2017) Mª Ángeles Vanrell Julià