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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 9797
Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, R24 de fecha 24 de julio de 2018, para Inversiones en las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019

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Texto

Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, R24 de fecha 24 de julio de 2018, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015-2019,  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre, y del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha 24 de julio de 2018, firmó la siguiente resolución,

“INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 4.1- Ayudas a las Inversiones en las explotaciones agrarias  (INEA)

Convocatoria: INEA 2016_1/ R24

Antecedentes

1. Con fecha de 16 de julio de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016 y 26 de juny de 2018.

2. De conformidad con el apartado sexto de la Resolución mencionada, el plazo para presentar las solicitudes terminó el día 30 de junio de 2016.

3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

4.Con fecha 2 de julio de 2018 se publicó en la web http://www.caib.es una propuesta provisional de denegación de la ayuda solicitada por no estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social.

5.Un vez finalizado el plazo establecido en la propuesta provisional de denegación se ha comprobado que la persona beneficiaria señalada en el anexo I se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias.

6.Las actuaciones solicitadas por el interesado cumple con los requisitos establecidos en la convocatoria para poder ser subvencionables.

7.Teniendo en cuenta que el crédito existente cubre la totalidad de las peticiones de esta convocatoria no hay ningún impedimento para resolver este expediente sin afectar lo dispuesto en los apartados séptimo y octavo de la convocatoria.

Fundamentos de derecho

1. Resolución de 10 de julio de 2015 del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias modificadas mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016 y 26 de junio de 2018.

2. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014 a 2020.

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Propuesta de Resolución de Concesión

Por todo ello, se informa favorablemente y propuesta al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos: 

1.Conceder la ayuda solicitada a la persona beneficiaria ANTONI CARBONELL FIGIEROLA por el importe y con el plazo detallado en el Anexo I, del expediente INEA2016_1/049 por un importe de 3.445,04 euros, relativa a la línea de ayuda "Inversiones en las explotaciones agrarias". 

2.Autorizar y disponer el gasto señalada en cada uno de los beneficiarios con cargo a los presupuestos y porcentaje s de cofinanciación detallado s en el Anexo I.

3. Determinar que, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria de referencia, las obligaciones de los beneficiarios serán las indicadas en el Anexo II

4. Publicar la resolución en el “Butlletí Oficial de les Illes Balears”.

 

Interposición de recursos

Contra esta resolución - que no agota la vía administrativa-  podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Palma, 19 de julio de 2018

El gestor de la línea,

Antonio Mestre Ramos

La  jefe de Sección,

Lidia Álvarez Álvarez

El Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural,

Isidre Cañellas Simonet

Conforme con la propuesta, dicto resolución

Palma, 24 de julio de 2018

El vicepresidente del FOGAIBA,

Mateu Ginard i Sampol”

 

ANEXO I  RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CON DERECHO A LA CONCESIÓN DE LA AYUDA (INEA 2016_1). R24

Solicitante

NIF

Nº expediente

Importe  inversiones elegibles (€)

% ayuda

Importe concedido

Cofinanciamiento

Plazo ejecución

Anualidad

Bienes inmuebles

Maquinaria

Instalaciones

Honorarios

TOTAL

CAIB

32,90%

FEADER

53,00%

MAPAMA

14,10%

ANTONIO CARBONELL FIGUEROLA

78219939K

INEA2016_1/049

0,00

1.275,00

5.615,07

0,00

6.890,07

50%

3.445,04

1.133,42

1.825,85

485,75

6 mesos

2018

TOTAL

3.445,04

1.133,42

1.825,85

485,75

Con cargo a la línea FEADER 050460010441104

ANEXO II  OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

-Realizar las inversiones o actividades auxiliadas en el plazo establecido.

-Justificar los gastos relacionados con la inversión para la recepción de los fondos comunitarios en los términos y plazos determinados en la presente Resolución.

-Ejercer la actividad agraria en cualquier explotación y mantener las inversiones realizadas durante al menos cinco años, contados desde la fecha de pago de la ayuda.

-Cumplir las normas comunitarias aplicables a la inversión de la que se trate y las específicas que puedan señalarse en función del tipo de explotación.

-Adoptar las medidas que sean necesarias para proporcionar información al público y dar publicidad.

-Someterse los controles que lleve a cabo la administración, necesarios para comprobar la correcta concesión de la ayuda y el posterior mantenimiento de los compromisos.

-Cumplir los compromisos adquiridos para la concesión de la ayuda.

-Mantener los requisitos y condiciones exigibles respecto a la explotación y al beneficiario, a los que se refiere el apartado tercero de esta Resolución.

Se informa a los beneficiarios que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle Reina Constança, núm. 4 de Palma).

 

Palma, 17 de setiembre de 2018

El director gerente del FOGAIBA

Guillem Rosselló Alcina