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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE INCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE INCA

Núm. 9380
Juicio Verbal 267/2014

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Texto

SENTENCIA

En Inca, a 15 de enero de 2016

Doña MIREN GOTZONE BLANCO ALORDA, juez de apoyo al JAT del  Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, adscrita al Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Inca, he visto los presentes autos del juicio verbal núm. 267/2014, seguidos en virtud de demanda interpuesta por la mercantil “CÁRNICAS SUÑER, S.A –representada por la procuradora de los tribunales, doña MARÍA DOLÇA TORTELLA, y defendido por el letrado don MIQUEL JORDI GIRART TOUS- contra la mercantil “HISPALIS GALAICO, S.L.”  –en situación de rebeldía procesal-, sobre reclamación de cantidad.

 FALLO

 ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por la mercantil “CÁRNICAS SUÑER, S.A” –representada por la procuradora de los tribunales, doña MARÍA DOLÇA TORTELLA, y defendido por el letrado don MIQUEL JORDI GIRART TOUS- contra la mercantil “HISPALIS GALAICO, S.L.”  –en situación de rebeldía procesal-. En consecuencia, CONDENO a “HISPALIS GALAICO, S.L.” a abonar a “CÁRNICAS SUÑER, S.A” la cantidad de 593,05 euros. Dicha cantidad devengará los intereses de demora ordinarios desde la fecha de interposición de la demanda (23/04/2014), hasta la fecha en que se dicta la presente resolución. Desde la fecha de esta sentencia, se devengarán los intereses de demora procesales del artículo 576 de la LEC, hasta su total pago.

Al ser la cuantía del proceso inferior a 3.000 euros, de conformidad con el artículo 455.1 de la LEC, la presente resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno.