Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 9693
Delegación de la Secretaría del Consorcio TICMALLORCA (Consorcio de Tecnologías de la Información y de las comunicaciones de Mallorca)
El artículo 2 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares atribuye, expresamente, a los consorcios el carácter de entidades locales, cuando estén constituidos por entes locales entre sí o con otras administraciones públicas que tengan por objeto esencial la prestación de servicios y de obras que sean competencia de los entes locales.
La jurisprudencia exige que, en los consorcios locales, las funciones de secretaría e intervención sean ejercidas por funcionarios con habilitación de carácter estatal (STS de 30 de abril de 1999 y 18 de septiembre de 2001, STSJ Castilla-la Mancha de 30 de abril de 2008, STSJ del País Vasco de 13 de octubre de 2008 y STSJ de Andalucía de 3 de septiembre de 2009).
El artículo 20.1 de los Estatutos del Consorcio TICMALLORCA (Consorcio de Tecnologías de la Información y de las comunicaciones de Mallorca) establece que el cargo de secretario del Consorcio lo ejerce el titular del Consejo Insular de Mallorca o la persona funcionaria en quien delegue.
El día 27 de octubre de 2016 se delegó la Secretaría del Consorcio en el Sr. Nicolau Conti Fuster, secretario de entrada adscrito al servicio de Asistencia Técnica a los municipios del Departamento de Desarrollo Local del Consejo de Mallorca.
Se considera necesario tener prevista la suplencia del secretario delegado del Consorcio TICMALLORCA (Consorcio de Tecnologías de la Información y de las comunicaciones de Mallorca) para los supuestos de enfermedad y ausencia legal o reglamentaria.
Por todo eso, resuelvo:
1. Delegar en la Sra. Margarita Marqués Moyá, secretaria-interventora adscrita al Departamento de Desarrollo Local, las funciones de Secretaría del Consorcio TICMALLORCA (Consorcio de Tecnologías de la Información y de las comunicaciones de Mallorca) para los supuestos de enfermedad y ausencia legal o reglamentaria del Sr. Nicolau Conti Fuster
2. Comunicarlo a las personas interesadas y al Consorcio TICMALLORCA (Consorcio de Tecnologías de la Información y de las comunicaciones de Mallorca).
3. Publicarlo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 19 de septiembre de 2018
El secretario general,
Jeroni M. Mas Rigo