Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 9612
Acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Mallorca relativo al régimen de suspensión de licencias y autorizaciones vinculado a la aprobación inicial del «Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de la isla de Mallorca (PDSRNPMA)»
El Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión de día 13 de septiembre de 2018, ha adoptado los siguientes:
«ACUERDOS
1r.- Aprobar el régimen de suspensión de licencias y autorizaciones que se transcribe a continuación, en aplicación del artículo 13 de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre (LOT) y que cuenta con el informe favorable de la Comisión de Coordinación de Política Territorial de día 12 de julio de 2018:
Primero.- Suspender el otorgamiento de aquellas licencias, autorizaciones y actuaciones que, a pesar de cumplir las determinaciones legales vigentes, se considera que impiden o dificultan la viabilidad del Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de la isla de Mallorca (PDSRNPMA) aprobado inicialmente para afectar a las previsiones recogidas en el Plan para las zonas de equipamientos para la prevención y gestión de residuos señalados en los planos anexos al articulado (normativa) del Plan.
Se excluyen de esta suspensión todas aquellas licencias, autorizaciones y actuaciones que hayan iniciado su tramitación con una anterioridad mínima de tres meses al día de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) del acuerdo de aprobación inicial del Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de la isla de Mallorca (PDSRNPMA).
Segundo.- Suspender la tramitación, aprobación y ejecución de aquellos instrumentos de planeamiento y de ejecución urbanística que se considere que impidan o dificulten la viabilidad del Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de la isla de Mallorca (PDSRNPMA), para afectar a las previsiones recogidas en el Plan para las zonas de equipamientos para la prevención y gestión de residuos señalados en los planos anexos al articular (normativa) del Plan.
Se excluyen de esta suspensión, todos aquellos instrumentos de planeamiento y de ejecución urbanística que hayan finalizado el periodo de información pública correspondiente a la aprobación inicial el día de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) del acuerdo de aprobación inicial del Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de la isla de Mallorca (PDSRNPMA).
Tercero.- El control del cumplimiento de lo que prevén los anteriores apartados se realizará mediante informe preceptivo y vinculante que, con anterioridad a la aprobación inicial, tendrá que solicitar la administración municipal correspondiente a la Dirección Insular de Residuos del Consejo Insular de Mallorca; este informe tendrá que ser emitido en un plazo máximo de 30 días. En caso de que no se emita el informe dentro del plazo establecido, se podrá continuar con la tramitación de las licencias, autorizaciones, actuaciones o instrumentos afectados.
2n.- Disponer la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos de la entrada en vigor del régimen aprobado de suspensión de licencias y autorizaciones en aplicación del artículo 13 de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre (LOT) en concordancia con lo que dispone supletoriamente el artículo 10.1.b del mismo cuerpo legal.
Palma, 17 de septiembre de 2018
El secretario general
Jeroni Miquel Mas Rigo