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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 9610
Acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Mallorca de aprobación inicial del «Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de la isla de Mallorca (PDSRNPMA)»

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Texto

El Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión de día 13 de septiembre de 2018, ha adoptado los siguientes:

«ACUERDOS

1r.- Aprobar inicialmente, de conformidad con lo que establece el artículo 13 de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial, el «Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de la isla de Mallorca (PDSRNPMA)», con el objeto y alcance que define la documentación técnica que se adjunta y que se integra por la documentación sustantiva y ambiental siguiente:

MEMORIA Y ANEXOS 1 A 11

Memoria

Anexo 1. Metodología bolsa tipo

Anexo 2. Diagrama de flujo

Anexo 3. Equipamientos existentes para la prevención de residuos

Anexo 4. Evaluación del estado de consecución de los objetivos de los actuales planes

Anexo 5. Equipamientos para la prevención y gestión de residuos – Nueva propuesta

Anexo 6. Patologías territoriales

Anexo 7. Proceso Participativo

Anexo 8. Costes de explotación

Anexo 9. Definiciones y acrónimos

Anexo 10. Marco Normativo

Anexo 11. Análisis de alternativas de ubicación de las nuevas instalaciones

NORMATIVA PLAN DIRECTOR SECTORIAL DE RESIDUOS NO PELIGROSOS DE LA ISLA DE MALLORCA (PDSRNPMA) (Articulado) que incluye ANEXO I y II

PDSRNPMA Articulado

Anexo I Cartográfico: Equipamientos PDSRNPMA

Anexo II: Descripción, características de las instalaciones del Servicio Público y condiciones de entrada y salida

DOCUMENTO DE ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO y ANEXOS 1 A 5

Anexo 1: Identificación de impactos ambientales de los equipamientos existentes

Anexo 2: Identificación en el territorio de las áreas que potencialmente podrían acoger equipamientos para la prevención y gestión de residuos según el planeamiento urbanístico

Anexo 3: Mapa de fragilidad paisajística

Anexo 4: Cartografía

Anexo 5: Análisis de alternativas de ubicación de las nuevas instalaciones.

2n.- Disponer la tramitación del «Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de la isla de Mallorca (PDSRNPMA)» siguiendo el procedimiento establecido a la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial, y en consecuencia ordenar la apertura de un plazo de información pública de cuarenta y cinco días hábiles, de toda la documentación integrante del señalado Plan, mediante la publicación de anuncios en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en dos de los diarios de mayor circulación de la isla de Mallorca, y en el correspondiente portal Web del Consejo Insular de Mallorca, a fin de que cualquier persona o entidad pueda formular las alegaciones que estime pertinentes. En este trámite se incluye la puesta a disposición del público del proyecto de «Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de la isla de Mallorca (PDSRNPMA)» y de toda la documentación ambiental en los términos que contemplan la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares.

3r.- Solicitar el informe previsto en el artículo 13.1.c) en concordancia con el artículo 10.1.d) de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial, con relación al ámbito de las competencias respectivas, al Gobierno de las Islas Baleares, a todos los ayuntamientos de la isla y a la Delegación del Gobierno a la Comunidad Autónoma, que tendrá que ser emitido en un plazo de dos meses.

4t.- Solicitar los informes sectoriales que se pronuncian detalladamente en el informe del servicio jurídico de Ordenación del Territorio del Consejo de Mallorca de día 12 de julio de 2018.

5è.- Someter la documentación integrante del «Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de la isla de Mallorca (PDSRNPMA)» así como toda la documentación ambiental efectos previstos a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares, a consulta de las administraciones, órganos y entidades públicas y privadas señaladas en el documento de alcance de día 23 de noviembre de 2017 formulado por la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares.

Palma, 17 de septiembre de 2018

El secretario general

Jeroni Miquel Mas Rigo