Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
PUERTOS DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 9607
Notificación de acuerdo de inicio de expediente sancionador por presunta infracción en materia de puertos
Por desconocimiento de la persona interesada; por ignorar el lugar de la notificación o bien, intentada esta, no se haya podido practicar, y para dar cumplimiento a lo que prevén los artículos 42.2 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se notifica a la persona que se relaciona a continuación que Puertos de las Illes Balears ha acordado el inicio de un expediente sancionador por presuntas infracciones administrativas tipificadas en la Ley 10/2005, de 21 de junio, de Puertos de las Illes Balears, donde figura la persona que se detalla en el anexo adjunto.
En caso de reconocimiento voluntario de la propia responsabilidad por parte de la persona interesada, comunicado a Puertos de las Illes Balears en cualquier momento de su tramitación antes de la notificación de la propuesta de resolución, la cuantía de la sanción propuesta se reducirá en un 40 % en caso de infracciones leves; un 30 %, en infracciones graves; y un 20 %, en infracciones muy graves.
La persona interesada tendrá un plazo de 15 días para formular alegaciones a la iniciación del expediente, proponer pruebas y concretar cuáles serán los medios que utilizará. De no efectuarse alegaciones sobre el contenido del acuerdo de inicio en el plazo establecido, la iniciación podrá considerarse propuesta de resolución por contener un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad imputada.
El expediente señalado está en las oficinas de Puertos de las Illes Balears sitas en la calle Vicente Tofiño, 36, de Palma (Coll d’en Rabassa), teléfono 902 024 444.
Palma, 14 de septiembre de 2018
El director gerente de Puertos de las Illes Balears
Pedro Puigdengoles Briones
ANEXO
Núm. exp.: 7287/2018
Persona expedientada: Alejandro Robas Madrid.
Precepto infringido: art. 98 f de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de Puertos de las Illes Balears.
Sanción: 500 €.