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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 9390
Extracto de la Resolución del Presidente por sustitución del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de 29 de agosto de 2018, de convocatoria pública de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para proyectos de atención integral y promoción de la autonomía para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental del año 2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 414783

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.bi 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

Primero. Objeto

El objeto de esta convocatoria y bases reguladoras específicas es la financiación de proyectos de atención integral y de promoción de la autonomía para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental en el ámbito territorial de Mallorca, que se encuentran desconectadas de la red específica y de la atención social especializada.

Segundo. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro que realizan las actividades que son objeto de esta convocatoria y que cumplan los requisitos siguientes:

Estar legalmente constituidas.

  • No tener ánimo de lucro.
  • Tener domicilio social (representación o delegación) en la isla de Mallorca.
  • Estar inscrita en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares, antes de la fecha de la solicitud en el marco de esta convocatoria.
  • Tener capacidad jurídica y de obrar.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con el Consejo de Mallorca y con el IMAS y de las otras obligaciones tributarias y con la Seguridad Social que vengan impuestas por la normativa vigente.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario que establece el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS).
  • Disponer de la autorización para prestar un servicio de atención integral y de promoción de la autonomía, o un servicio de atención diurna o un servicio ocupacional.
  • Acreditar como mínimo 1 año de experiencia en el desarrollo de actuaciones de carácter preventivo, asistencial y de inserción para personas con discapacidad para diagnóstico de salud mental.

Tercero. bases reguladoras

Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017), con sus correspondientes modificaciones (BOIB núm. 96 de 4 de agosto de 2018).

Cuarto. Cuantía

El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de doscientos cuarenta y cinco mil ochocientos cincuenta y un euros con veinte céntimos de euro (245.851,20 €) del presupuesto de gastos del Instituto Mallorquín de Asuntos sociales (IMAS) de la anualidad 2018 con cargo a la partida presupuestaria 40 23128 48006.

Atendiendo al objeto de la presente convocatoria y bases reguladoras específicas, medible en número de módulos de atención / personas atendidas, se establece que este presupuesto corresponde a los siguientes módulos económicos:

Número máximo de módulos: personas atendidas / módulo de atención

Importe unitario máximo del módulo por mensualidad: € / persona atendida-módulo de atención / mes

Número de meses de ejecución

Pressupost total máximo

54

455,28 €

10

245.851,20 €

Quinto. Plazo para presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes es de quince días, hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. De acuerdo con lo establecido en artículo 30.2 de la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se excluyen del cómputo los sábados los domingos y los declarados festivos.

Sexto. Otros datos

La ejecución de los proyectos subvencionable deberá llevarse a cabo en el período comprendido entre el 1 de febrero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018.

El modelo normalizado de solicitud y la documentación que se debe acompañar se encuentra disponible, igualmente, en la web de la sede electrónica del IMAS.

Palma, 6 de septiembre de 2018

El Secretario delegado por sustitución

(BOIB núm. 159 de 28-12-2017)

Joan Viader Soler