Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y COOPERACIÓN
Núm. 9341
Resolución de la Consejera de Servicios Sociales y Cooperación relativa a la solicitud de la entidad Fundación NEMO para la convocatoria del concierto social de los servicios de desarrollo infantil y atención temprana de la red pública y concertada de atención temprana en el ámbito de los servicios sociales de las Islas Baleares, para el año 2018/2019
Hechos
1.- En fecha 17 de julio de 2018 la Consejera de Servicios Sociales y Cooperación dictó Resolución para la convocatoria del concierto social de los servicios de desarrollo infantil y atención temprana de la red pública y concertada de atención temprana en el ámbito de los servicios sociales de las Islas Baleares, con entidades privadas autorizadas y que no pertenecen a la red pública concertada. Esta Resolución se publicó en el BOIB nº. 90 de 21 de julio de 2018.
2.- En fecha 26 de julio de 2018 la entidad Fundación NEMO con CIF G-57989519 presentó una solicitud para participar en esta convocatoria.
3.- La entidad Fundación NEMO cumple con los requisitos establecidos en la convocatoria y solicita concertar 6.072 sesiones que son las que actualmente tiene autorizadas, de acuerdo con los puntos 4 y 8.2 de la Resolución de la Consejera de 17 de julio de 2018 mediante la cual se convoca este concierto. Por lo cual la concertación de todas las sesiones solicitadas por la entidad Fundación NEMO según el precio de referencia máximo de 33,27 euros por sesión resulta un importe de: 202.015,44 euros.
4.- En fecha 16 de agosto de 2018, el Director General de Dependencia emitió Propuesta de Resolución relativa a la solicitud de la entidad Fundación NEMO para la convocatoria del concierto social de los servicios de desarrollo infantil y atención temprana de la red pública y concertada de atención temprana en el ámbito de los servicios sociales de las Islas Baleares, con entidades privadas autorizadas y que no pertenecen a la red pública concertada, para el año 2018/2019.
5.- En fecha 3 de Septiembre Intervención General ha informado favorablemente el expediente.
Fundamentos de derecho
La Ley 4/2009, de 11 de junio, de Servicios Sociales de las Islas Baleares.
El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se tienen que someter los conciertos sociales.
El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la Presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Resolución de la Consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 17 de julio de 2018, para la convocatoria del concierto social de los servicios de desarrollo infantil y atención temprana de la red pública y concertada de atención temprana en el ámbito de servicios sociales de las Islas Baleares, con entidades privadas autorizadas y que no pertenecen a la red pública concertada, para el año 2018/2019. BOIB nº. 90 de 21 de julio de 2018.
Por todo eso, dicto la siguiente
Resolución
1.- Aprobar el expediente de concierto social con la entidad Fundación NEMO para 6.072 sesiones, que representan el 100% de las sesiones solicitadas, al precio de 33,27 euros por sesión, por un importe total de 202.015,44 euros (IVA exento).
2.- Autorizar y disponer un gasto a favor de la entidad Fundación NEMO con CIF G-57989519, por importe de 202.015,44€ (IVA exento), con cargo en las siguientes partidas y anualidades:
- 2018, 55.095,12€ correspondientes a los meses de septiembre a noviembre de 2018, con cargo en la partida 17301.313B01.26104.00 (o equivalente que la sustituya), de los presupuestos de la comunidad autónoma para el año 2018.
- 2019, 146.920,32€ correspondientes a los meses de diciembre a agosto de 2019, con cargo en la partida 17301.313B01.26104.00 (o equivalente que la sustituya), de los presupuestos de la comunidad autónoma para el año 2019.
3.- El concierto se regirá por las estipulaciones del documento en que se formalice el concierto y por el Pliego general de prescripciones técnicas.
4.- Notificar esta Resolución a la persona interesada.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Servicios Sociales y Cooperación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, a 4 de Septiembre de 2018
La Consejera de Servicios Sociales y Cooperación Fina Santiago Rodríguez