Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 9322
Aprobación definitiva modificación presupuesto modalidad crédito extraordinario y suplemento de crédito
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 7 de agosto de 2018, sobre el expediente de modificación de créditos del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con Remanente Líquido de Tesorería, que se hace público con la siguiente distribución:
A) Créditos extraordinarios
Aplicación Presupuestaria |
N.º |
Descripción |
Euros |
|
---|---|---|---|---|
1532 |
63900 01 |
1 |
Pavimentación C/ Vaumera (Crestatx) |
136.268,64 € |
1532 |
63900 02 |
2 |
Pavimentación i renovación de las conducciones de agua potable, pluviales y saneamiento en la C/Lluna, Palou y Fred |
321.536,45€ |
160 |
62900 01 |
3 |
Ejecución tuberia impulsión de agua pluvial en un tramo de la C/Totxo, con arqueta de bombeo. |
80.066,85€ |
1531 |
63900 01 |
4 |
Rehabilitación del firme en el camino de acceso del polideportivo, Ctra. d´Inca y Hort d´en Guineu. |
106.255,80 € |
1532 |
63900 01 |
5 |
Rehabilitación de adoquines de un tramo de la C/ Goleta i C/ Lluc |
98.622,79 € |
1650 |
63900 01 |
6 |
Remodelación del alumbrado público de las diversas zonas del municipio. (10 zonas). |
145.602,14€ |
|
|
|
TOTAL GASTOS |
888.352,72 |
B) Suplementos de crédito:
Al tratarse de obras que se financiaban parcialmente con un préstamo que finalmente no se va a concertar, debemos proceder a la baja por anulación de los créditos correspondientes a estas aplicaciones hasta el límite de la subvención recibida, para luego suplementar las aplicaciones con el remanente de tesorería, dándoles el tratamiento de inversiones financieramente sostenibles.
BAJAS POR ANULACIÓN:
Aplicación Presupuestaria |
N.º |
Descripción |
Bajas |
Crédito Restante: |
|
---|---|---|---|---|---|
3420 |
63900 02 |
1 |
Mejora pavimento pistas tenis |
-29.699,00 |
50.567,56 |
3420 |
63900 04 |
2 |
Mejora vestuarios 3 y 4 polideportivo |
-25.715,00 |
43.784,93 |
3420 |
63900 03 |
3 |
Cierre pista polivalente polideportivo |
-40.013,44 |
68.112,97 |
B) Suplemento de crédito
Aplicación Presupuestaria |
N.º |
Descripción |
Crédito inicial |
Suplem. Cto. |
Cto. definitivo |
|
---|---|---|---|---|---|---|
3420 |
63900 02 |
1 |
Mejora pavimento pistas tenis |
50.567,56 |
30.099,00 |
80.666,56 |
3420 |
63900 04 |
2 |
Mejora vestuarios 3 y 4 polideportivo |
43.784,93 |
25.715.00 |
69.499,93 |
3420 |
63900 03 |
3 |
Cierre pista polivalente polideportivo |
68.112,97 |
40.413,44 |
108. 526,41 |
|
|
162.465,46 |
96.227,44 |
258.692,90 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 171.3 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, la interposición del recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Sa Pobla, a 10 de septiembre de 2018.
El Alcalde Presidente, Biel Ferragut Mir.